Buenas.
Tengo una duda. En un trabajo ¿cuándo están obligados a pagarte el desplazamiento al mismo? En concreto, si estás en un trabajo, ya unos años, y te cambian la ubicación de las oficinas a un lugar a las afueras de la ciudad, donde hay que ir en bus, tranvía, coche... ¿Están obligados a costearte ese transporte público/gasolina?
Lo digo porque tu firmaste tu contrato estando en una ubicación, alquilaste el piso, por ejemplo, en una zona cercana para estar más cómodo y, luego, te lo cambian sin llegar a un consenso. ¿Hay alguna obligación de la empresa en tener que pagar a los empleados el desplazamiento? (al menos a los que ya estaban, no así a los nuevos que firmarían, en el futuro, sabiendo ya la la nueva ubicación).
Gracias.