#19 Pues según el Estatuto de los Trabajadores, en los despidos por causas objetivas e improcedentes, creo (que son la mayoría), te tienen que comunicar el despido con un preaviso de 15 días. A mi cuando me lo hicieron, nos dieron a todo el grupo de trabajo un papel bastante cutre firmado por el jefe de personal en el que se decía que el dia D del mes M estábamos en la calle por el motivo que fuese, y esa notificación ya se considera el preaviso.
Si te dicen que te quedes en tu casa mañana, pues 15 días de salario extra que te tienen que abonar después en concepto de indemnización (además de los 22 días por año trabajado, creo que eran) más tu finiquito con los días que lleves sin cobrar, pagas extras que no tengas prorrateadas, etc.
Eso por no haberte preavisado del despido en los tiempos que marca la Ley, un día de salario por cada uno de los días que falten hasta los 15. Además, en los días desde que se te comunica el despido hasta que se hace efectivo, creo que tienes derecho a un permiso para ausentarte del trabajo durante 6 horas a la semana para buscar empleo de forma activa.