Buenas, Tengo amigo con empresa pequeña que por consejo de su abogado ha presentado Concurso de Acreedores de Continuidad sin Ceses de Facultades del administrador (o sea de él); va totalmente perdido.
Pregunta: Esto quiere decir que mi amigo puede seguir actuando sobre las cuentas bancarias (pagar nóminas, seguros sociales,etc) o necesitará antes el OK del administrador Concursal ?
#1 tiene que atenerse a lo que le digan en el auto de declaración de concurso , y entonces se le pondrán unos límites a lo que puede o no hacer , y si necesita autorización del administrador concursal , o no.
En el tiempo que media entre el auto y el nombramiento de administradores concursales , puede disponer en teoría PERO sólo puede realizar las operaciones indispensables y que haría normalmente , de no mediar el concurso.
#1nasticman:por consejo de su abogado
Pregunta: Esto quiere decir que mi amigo puede seguir actuando sobre las cuentas bancarias (pagar nóminas, seguros sociales,etc) o necesitará antes el OK del administrador Concursal ?
en serio no le pregunta a su abogado cuando ha hablado con el para que le aconseje y vienes a un foro a preguntar?