Varias dudas autónomo

Encofrado

Hola,

Pues como dice el título tengo varias dudas sobre trabajar cómo autónomo, ya que nunca me he metido en ello y estoy bastante, pero bastante verde. El tema es que me han contactado para impartir una formación en un centro, específicamente un CP (Certificado de Profesionalidad). Así por encima la persona que me contactó me dijo lo siguiente:

1) Hacen contrato de autónomo.
2) Facturan por horas. Según el número de alumnos inscritos en el curso será de 20 €/hora, 25 €/hora o 30 €/hora.
3) El módulo formativo a impartir són unas 240 horas.

El lunes acudiré al centro para tener más detalles, ya que según ella era para comentar las condiciones más en detalle y el contenido de la formación. Dicho esto tengo varias dudas que me gustaría que las pudieséis resolver lo mejor posible:

No les he informado de si estoy/no estoy dado de alta cómo autónomo, ¿debería decírselo?

En caso de que me seleccionasen (que no contratado, vamos que aún no he firmado ni nada), ¿debería acudir de inmediato a la administración que me pertoque para darme de alta?

Si hace un tiempo que no he estado trabajando, ¿la empresa que me contrata puede saber que he estado sin trabajar durante ese tiempo?

Si nunca me he dado de alta cómo autónomo hasta la fecha, ¿les perjudica o beneficia en algo?

¿Cómo puedo detectar si lo que me ofrecen es en calidad de TRADE o de falso autónomo?

Dependiendo de la respuesta anterior, ¿es posible negociar que la cuota de autónomo mensual la paguen ellos?

¿Puedo decidir que porcentage de IRPF me pueden aplicar, o lo aplican ellos a su criterio?

Amplío con más información por si sirve.

Mi perfil es de programador informático aunque desde hace un tiempo estoy en paro. Tengo dos años acumulados de experiencia en el sector. Dicho esto aclaro lo siguiente sobre la oferta de trabajo:

Todavía están en fase de entrevistas, por lo que aún no se han decidido. En este punto me estoy planteando el decirles que actualmente estoy dado de baja de autónomo, ¿como lo véis?

Más cosas, el tema sería trabajar en sus oficinas, e imagino que (a falta de profundizar este lunes) haré uso de su equipamiento (pc, material del aula, etc.), de ahí que pregunte sobre si es posible que me hagan TRADE o falso autónomo.

Por el momento no se me ocurre nada más, iré ampliando según vaya avanzando.

También agradecería cualquier enlace o fuente de información que me pueda ayudar a resolverlo.

Gracias.

pineda

no eres autónomo, y para trabajar para ellos te obligan a sacarte el autónomo. No se donde dudas en que es un falso autonomo

B

Trabajar para ellos, en sus instalaciones, a las horas que ellos digan y sin los derechos y deberes de ser un trabajador por cuenta ajena porque cuando quieran pueden darte carpetazo. Y encima te piden que seas autónomo o estar dado de alta.

Las señales son muy claras.

Si vas a seguir dando clases o estando como tal, pues te puede interesar, pero para algo momentáneo y ocasional darte de autónomo es un quebradero de cabeza.

2 1 respuesta
Encofrado

#3 Me lo estoy pensando, ya que realmente estoy interesado en matricularme del máster en formación del profesorado de secundaria, hacer las prácticas correspondientes y apuntarme a las listas de interinos, pero aún así pueden pasar años hasta que me llamen (al menos visto desde el panorama en donde vivo, Murcia), y esto es algo en lo que pillar algo de experiencia y pasta (aunque no mucha), de ahí que me plantee hacerlo durante un tiempo prolongado.

De todas formas, el lunes hiré a que me cuenten más y qué saco en claro de todo esto.

Gracias.

Iwywnsb
  • No tienes por qué decirles si estás dado de alta como autónomo. A ellos ni les va ni le viene, siempre y cuando estés dado de alta cuando vayas a empezar a dar las clases.

  • La empresa no puede saber que has estado sin trabajar durante ese tiempo a no ser que lo digas tú.

  • Si nunca has estado de alta como autónomo hasta la fecha a ellos ni les perjudica ni les beneficia en nada, ya que no dependes de ellos en esta relación laboral. Al que sí beneficia es a ti, porque podrías acogerte a la famosa tarifa plana y pagarías 60€ por mes durante los primeros 12 meses, para ir subiendo progresivamente hasta llegar a los 289€ (base mínima) cuando pasen 2 años y medios o 3 años (ahora no recuerdo exactamente cuánto tiempo).

  • Lo que te ofrecen es TRADE, sí, y si el contrato no es como tal en caso de inspección hay movida fijo: ellos te ponen los horarios, el material, con sus instalaciones, acogiéndote a sus clientes y sin alta por su parte. Esto deberías hablarlo con una gestoría, que en caso de darte de alta como autónomo necesitarás, para ver cómo se tiene que tramitar.

  • Puedes negociar que paguen ellos la cuota mensual, al fin y al cabo es negociación de un servicio que tú ofreces y una necesidad que ellos tienen. Ellos son tus clientes (y no tus empleadores), poder puedes incluso negociar que te paguen más, otra cosa es que ellos acepten. Si les dices que va a ser tu primera vez como autónomo sabrán que pagarás 60€ al mes durante el primer año y quizás sí que accedan, otra cosa es cuando suba la cuota si ellos aceptarán cubrir ese aumento, o directamente si seguirás trabajando con ellos para entonces.

  • El IRPF no lo decide la empresa pues serías autónomo, y en autónomo es una cantidad fija

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rayka

Tus ingresos vendrían de una sola empresa, trabajas bajo sus condiciones, con sus materiales, no son tus alumnos sino los del centro donde impartas la formación... Lo veo como autónomo económicamente dependiente, sí, pero te van a decir que nanai y vas a tributar y tener los mismos derechos y obligaciones que un autónomo normal.

Habría que ver si se considera formación reglada para determinar si estaría exento de iva, y en cuanto al irpf, te retendrian o el 15% o el 7% por inicio de actividad.

2 respuestas
Iwywnsb

También puedes verlo de esta forma: si te cogen nada te impide buscar más academias e impartir más clases al mismo tiempo y así ganar más dinero. Al ser autónomo podrías tener varios clientes (academias), o incluso programar aplicaciones/webs/lo que programes y venderlas a otros clientes. También puedes optar a ayudas por inicio de actividad, que a veces están bastante bien. No sé qué edad tienes, ni las ayudas que hay en Murcia, pero en Catalunya tienen un programa muy bueno para jóvenes que inician actividad por primera vez y que entran por el programa de "Garantía juvenil" y la ayuda está realmente bien.
Lo que te debe quedar claro con esto es que autónomo implica moverse mucho. Mucho, mucho. Si no tienes claro esto, y no vas con esa mentalidad o no te ves con esa actitud plantéate si te interesa realmente, más que nada porque vas a tener que hacer una serie de trámites, vas a tener que contratar a un gestor y estar pendiente de guardar cierta documentación durante 4 años mínimo (facturas de ingresos y gastos), para algo que te va a dar un ingreso puntual. Pero esto ya es decisión tuya, y que valores cuánto necesitas ese dinero, si tienes opción real a seguir luego, si te compensa toda la burocracia, o si puedes conseguir otros clientes. Y también el hecho de que lleves 2 años en el paro influye.

Yo, como autónomo desde hace 5 años, te diré que estoy muy contento de la decisión que tomé tras 7 años de asalariado. En mi caso yo soy autónomo de verdad (no soy TRADE me refiero). Me monto mi horario como quiero, cada trabajo que hago me encanta (no sólo porque me encanta mi profesión, sino porque cada trabajo es en un sitio distinto y me supone un reto distinto y me mola no tener esa rutina monótona), y yo pongo mis condiciones, que a veces son más laxas y a veces más duras. Pero siempre depende de mi decisión.
Pero ojo, que no es todo tan Mr. Wonderful de "sé tu propio jefe". Que hay meses en los que facturo 0€ y aún así pago 289€ de cuota. O momentos en los que voy peor y la incertidumbre/miedo es brutal. Y también sé que no tengo paro, ni tengo pensión practicamente, ni derecho a formación gratuita para trabajadores, y en caso de baja médica cobro una puta mierda, a partir del 4 día, y sigo pagando los 289€ de cuota a no ser que sea una baja de larga duración. Ah, y si pasa algo, obviamente respondo yo.

Es valorar pros y contras, y mirar a presente y a futuro.

nachetetote

#1 Precisamente yo estoy estudiando admin y finanzas y lo que te puedo contar es:

Que el autónomo se tiene que registrar es en la segurdiad social.

Luego el patrimonio de tu empresa tiene que ser avalado igual que el tuyo, es decir te pueden avalar la casa si te va mal y quitarte todo lo que tienes, a parte puedes poner el capítal que quieras sin nada a cambio.

Hay otra forma que se le llama la empresa individual que yo te recomendaria esta pprque el patrimonio solo es para la empresa y no afecta el tuyo personal

1 respuesta
Encofrado

#6 En este caso sería no reglada, ya que es una acción formativa donde luego se concede un Certificado de Profesionalidad. Este tipo de acciones/cursos por norma están indicados para gente que está en el paro.

Aprovecho para agredecer a las personas que habéis respondido, me ha servido de mucho :thumbsup:

L

#8 Y que tiene que ver lo que te pregunta con lo que dices?

B

#1 al precio que pones, 240h distribuidas a cuantos meses? Tienes que tener en cuenta la cuota de autónomo y el gestor que te cobrarán cada mes y por otro lado saber si el precio que te dicen es con iva no incluido.

k-vothe

#6 yo estoy en una situación parecida en la que me voy a dar de autónomo para poder facturar a una empresa extranjera que no tiene sede en España.

La diferencia es que voy a trabajar desde casa y sobre el papel puedo gestionarme mis horarios pero tengo que trabajar un mínimo de X días al año para la empresa (aunque en la práctica haré un horario de oficina normal porque es cuando me tendré que conectar a las reuniones y la gente estará disponible). Consideráis este caso un falso autónomo?

Y tengo una duda en relación al IRPF, se retiene el 7% o 15% en cada factura y luego se hace la declaración anual? Quiero decir, retienes X dinero en cada factura o en los trimestrales pero luego es reconciliado en base a todo lo que hayas facturado al año? Supongo que el IRPF que pagarás no es el mismo si facturas 10.000€ año que si facturas 100.000€...

1 respuesta
rayka

#12 Aunque normalmente hablamos de autónomo económicamente dependiente y ahí englobamos todo, tanto al TRADE como al falso autónomo, en realidad son dos figuras distintas:

  • Falso autónomo: estás como autónomo pero realmente reúnes todas las condiciones para ser un trabajador por cuenta ajena, es decir, trabajas para una empresa que organiza el trabajo y los medios de producción, y tú apenas tienes ni voz ni voto en cuanto a la organización, el trabajo a realizar, ni nada.

  • TRADE: estás como autónomo, usas tus propios medios de producción, te organizas más o menos como quieres, no tienes empleados y, al menos, el 75% de tus ingresos vienen de una misma empresa.

El caso del OP es más el de un falso autónomo, pero ponte a pelearlo... Suerte que accedan a catalogarlo como TRADE.

Tu caso, sería más bien TRADE, según lo veo así de primeras.

En cuanto al IRPF, los empresarios individuales en estimación directa normalmente presentan el modelo 130 trimestralmente, que es un pago a cuenta de la declaración de la renta. Igual que al trabajador por cuenta ajena le retienen una parte de su nómina y después se hacen cuentas para ver si tiene que pagar más o le devuelven en la declaración, los autónomos pagan el 20% de su beneficio cada trimestre a cuenta, y se hacen las mismas cuentas en la renta. Esto suele ser así en las actividades empresariales. En las profesionales, que supongo será tu caso, te retienen un porcentaje en tus facturas, que suele ser el 15% o el 7% en caso de inicio de actividad. Si el 70% o más de tus ingresos han llevado retención, no tienes obligación de presentar este modelo 130 trimestralmente, simplemente sería hacer la declaración de la renta y ya se regulariza todo ahí.

Peerooo estás diciendo que vas a facturar a una empresa extranjera, empresa que no está obligada a retenerte, por lo que ya no cumples la condición anterior y tendrías que presentar esos modelos 130 que te decía, pagando cada trimestre el 20% del beneficio acumulado obtenido. Además, claro está, de presentar la declaración de la renta en su momento.

2 1 respuesta
Encofrado

#13 Es como dices tal cual (me refiero a mi caso) de todas formas no ha llegado a buen puerto porque pedían como requisito tener un certificado del que no disponía, y ni aún diciéndoles que estoy en proceso de sacármelo (cosa que es verdad) ha servido de nada.

De todas maneras este hilo me ha servido para aclarar dudas e informarme 👍

1 respuesta
B

#14 Agente exclusivo de seguros, ¿me equivoco?

Tú te formas, tú arriesgas, yo te pago las migajas.

Si es que son la hostia.

1 respuesta
Benzebenze

#15 No sé si has leído el hilo, pero es un tema de dar clases.

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