Los equipos o deportistas individuales que vienen entrenando en instalaciones cubiertas deberán solicitar un certificado a su Federación Territorial, visado por la Junta de Castilla y León, especificando claramente en qué grupo de actividad se encuentra dicho equipo o deportista, de cara a conocer si los mismos entran dentro de las excepciones establecidas para la práctica deportiva oficial. Hay equipos o deportistas que sabemos con claridad dónde están clasificados y que pueden entrenar con normalidad; también quienes no pueden hacerlo (escuelas, grupos de tecnificación…), pero hay otros grupos que no está claro y de esa manera podremos unificar las autorizaciones para entrenar.
Excepcionalmente se permite realizar de forma normalizada, en instalaciones deportivas cerradas y al aire libre:
§ La Actividad deportiva de deportistas profesionales, DAN y DAR.
§ Las Competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, competiciones de selecciones autonómicas y las competiciones internacionales, incluyendo los entrenamientos, que se desarrollen en Castilla y León y que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas (regidas por el Protocolo armonizado para COAE del CSD-CCAA).
§ Las Competiciones oficiales de ámbito autonómico, incluyendo los entrenamientos, cuyas fases regulares de competición den acceso directo o desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal (regidas por el Protocolo armonizado para COAE del CSD-CCAA).
§ Las Competiciones oficiales federadas de ámbito autonómico clasificatorias para competiciones oficiales de ámbito estatal, incluidos sus entrenamientos, para las que será obligatorio el uso de mascarilla (tanto en espacios interiores como al aire libre) siempre que sea inevitable el contacto físico, (regidas por la Guía para competiciones en el ámbito autonómico de la JCYL).