Permanencia ADSL Movistar.

Optimus-Prai

Buenas a todos! veréis hace 6 meses contrate ADSL con movistar por que en mi Domicilio no llega nada mas que Movistar de forma perri o Jazztel también perri..

El caso es que ahora me voy a mudar a otra vivienda y en esta tengo la opcion de tener Fibra Óptica de Ono , pero no hay fibra de Movistar....

mi pregunta es ¿puedo rescindir el contrato alegando que otra compañía me ofrece un mejor servicio y mas Económico?

En el caso de que no puedo alegar dicha causa , cual seria la sanción a pagar?

Danico

Yo juraria que no tienes contrato de permanencia con moviestar. Por lo menos yo no lo tengo(lo he contratado este mismo mes)

1 respuesta
Optimus-Prai

#2 O_O? Alguien mas puede Corroborarlo? por que me hace un hijo xD

B

Yo contrate con movistar hace mas o menos 6 u 8 meses como tu y si tengo permanencia. La unica solucion para cancelar ese compromiso con movistar seria pagando la penalizacion o llamar a bajas e intentar darles la brasa hasta que te quiten la permanencia.

Si llamas a bajas insisteles en que tienes problemas tecnicos con el adsl, que te va lento, se te corta etc.. intenta ser lo mas pesado posible y si te pasan con el dpto tecnico igual, tu rallales a muerte.

Jorgius

pero si te vas a cambiar de domicilio no tiene que ver no? eso va con la linea de cada uno, si te mudas tienes que contratar otro

2 respuestas
Optimus-Prai

#5 por lo general si te mudas te pueden hacer un traslado de la linea... lo que me sucede es que a donde me mudo telefónica me ofrece desde 3 MB hasta 10 MB y ONO me Ofrece 50 o 100 MB de Fibra...

Los 50 de ONO con la Oferta me salen por 47'95 Sumando ya el Incremento del IVA que entra en vigor este mes que viene..:/

E llamado a Movistar y me quieren Cobrar 84 € ,pero según la Ley 44/2006 de Protección al Consumidor , si una Compañía de ADSL te ofrece mejor servicio a mejor Precio la Permanencia con Tu operador Actual Queda Anulada.

24 días después
F

#5 no sabia lo de la ley, esto me ayudara en el futuro ya que la desconocia y en pasado me hubiece servido.

La ley cita lo siguiente:
“El consumidor podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados”.

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