Con el vago pero inminente despertar de las motos eléctricas en España, estaba pensando ¿qué pasaría con la legislación sobre el acceso de vehiculos a motor en caminos forestales, algo ampliamente prohibido en el país (con matices según la Comunidad Autónoma)?
Me ha surgido la duda al leer en reddit a un tipo preguntando si podía llevar su moto de enduro eléctrica por los montes de otro país y... coño al no producir ruido ni emisiones ¿debería poder, no? ... Pero claro, en la misma premisa ¿un coche eléctrico también?
y si no se puede ¿qué pasa entonces con las bicicletas con motor eléctrico?