#164 toma, para que dejes de ser tan ignorante y de vanagloriarte tanto de tu ignorancia supina.
Artículo 71
Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.
En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.
Ahora dime que no tienen más libertad de expresión que tú y que yo. Tienen tanta que no pueden ser perseguidos por nada que digan en él ejercicio de sus funciones. Aunque acusen de violador a alguien o de putero.
Para ser un firme defensor de la Constitución veo que ni te la has leído.