#30 Y se cumple?
Pero a ver, entonces son agresiones confirmadas o no ¿?, es que si no estamos discutiendo sobre nada, o como mucho que la incidencia por grupo es igual de alta que la que ya conocíamos (de uno de esos grupos en concreto) :/
#29 Empieza a contar mínimo con 5 generaciones de sangre pura, cristianos viejos
Y cuidado que no se te cuele algún sarraceno o judío.
#31 Vaya si se cumple.
Se cumple en delitos de robo con violencia, imagínate en agresiones sexuales.
En que país escandinavo dejaron de publicar las estadísticas de violación, cuando sólo el 6% perpetraba el 70+% de las violaciones?
Cual era la pregunta original?
edit: huele bastante mal que una respuesta que se les dio en febrero la saquen ahora en diciembre...
#7 sí y no. Porque esta correlación no son dos hechos aislados a los cuales pones en una grafica y por alguna razón tienen un valor creciente o decreciente.
Se podría analizar desde el perfil criminalístico de las personas hasta su comportamiento social para poder buscar razones de porque ocurren estas agresiones, pero no se hace. Porque no interesa.
Me parece curioso que si se segregue por sexos para calificar a los hombres como potenciales violadores pero cuando literalmente eso acaba implicando que el problema lo tiene el morito/inmigrante ya entonces no, hay que analizar bien las gráficas XD
Se incluyen también turistas? Un pantallazo dónde se ponen números pero dónde no se ve de manera detallada el trabajo metodológico es cuanto menos raro. Imagino que será sacado del INE.
Aún así no entiendo, en teoría la gente es expulsada por cometer esos delitos. Que hacemos? Prohibir inmigrantes en España?
Existe una estadística o tabla llamada "CONDENADOS POR" ¿?, porque de verdad todo da ya mucha pereza tanta ambigüedad innecesaria. ¿ Tan difícil es ?
No es un poco raro que el numero de agresiones sexuales y de agresiones sexuales con penetracion en el caso de españoles sea EXACTAMENTE el mismo numero?
Y no se por qué, pero tb me huele muy raro que no pongan la pregunta que hicieron en el congreso. No me extrañaría que fuera algo en plan: cual fue el porcentaje de españoles/extranjeros que cometieron delitos de caracter sexual en ceuta y melilla
#46siddartahh:en teoría la gente es expulsada por cometer esos delitos.
Dime donde está la teoría, porque tenemos probablemente de las leyes más laxas de extranjeria de la EU en cuanto a inmigración se refiere y en ningún capitulo viene que se expulse a nedie por cometer un delito. Por no hablar de que no hay apenas medios para echar a delincuentes del país
Me parece bien que se publiquen esas estadísticas. También me gustaría saber la renta media de los agresores sexuales. Porque si resulta que todos los agresores ganan más de 650000 euros al año, y resulta que estos son sólo un 1% de la población o igual ni eso. La solución es bien fácil deportados a los ricos para que no haya más agresiones.
Exijo que se publique ese dato!!! Malditos ricos que nos violan y lo tienen callado...
...
¿Veis el sin sentido de hacer ciertos análisis y comparativas?
#55 Artículo 57 de la LO 4/2000:
Cuando los infractores sean extranjeros y realicen conductas de las tipificadas como muy graves, o conductas graves de las previstas en los apartados a), b), c), d) y f) del artículo 53.1 de esta Ley Orgánica, podrá aplicarse, en atención al principio de proporcionalidad, en lugar de la sanción de multa, la expulsión del territorio español, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo y mediante la resolución motivada que valore los hechos que configuran la infracción.
Asimismo, constituirá causa de expulsión, previa tramitación del correspondiente expediente, que el extranjero haya sido condenado, dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año, salvo que los antecedentes penales hubieran sido cancelados.
En ningún caso podrán imponerse conjuntamente las sanciones de expulsión y multa.
La expulsión conllevará, en todo caso, la extinción de cualquier autorización para permanecer legalmente en España, así como el archivo de cualquier procedimiento que tuviera por objeto la autorización para residir o trabajar en España del extranjero expulsado. No obstante, la expulsión podrá revocarse en los supuestos que se determinen reglamentariamente.
#56 ya, pero es que no se han publicado estadisticas. se han publicado cuatro numeros en referencia a delitos de caracter sexual en relacion a extranjeros y españoles sin contexto ni ninguna otra informacion. delitos cometidos en españa? en santander? en valcascajo del morriño? condenados o solo investigados? incluye agresiones de pareja, solo entre desconocidos, ambos? etc etc etc