Hay perros de todas las edades, raza y condición... Animales dejados aquí por sus antiguos propietarios por múltiples razones, y animales recogidos en la via publica en diferentes circunstancias.
Entre tal variedad siempre habrá alguno de ellos que se ajuste a sus circunstancias: espacio disponible, tiempo para cuidarle, etc.
¿Cómo adoptar un animal en el Centro de Control Zoosanitario?
Si desea adoptar un animal, los trámites a seguir y requisitos a cumplir son los siguientes:
Ser mayor de edad y aportar el D.N.I. o pasaporte.
Identificar con microchip al animal que desea adoptar y abonar el importe del mismo.
Vacunar frente a la rabia a aquellos perros con mas de tres meses de edad y abonar el importe de la vacunación.
Firmar un documento de adopción aceptando la propiedad del animal.
Hacerse cargo de los tratamientos preventivos u obligatorios que a partir de este momento necesite su animal.
Para hacer su elección, consulte los horarios del Centro de Control Zoosanitario. pincha aquí para ver horarios
Venga provisto de su D.N.I. y un collar o transportín para recoger su animal.
Venga con el suficiente tiempo para poder tomar una decisión sin precipitaciones.
“La decisión de adquirir un animal de compañía” . "Antes de adoptar un animal, dedique unos minutos a reflexionar sobre la decisión de adoptar un animal de compañía".
HORARIO GENERAL (Salvo adopciones, animales entregados por su propietario y servicio de vacunación antirrábica)
- Lunes a Viernes de 9,30 a 13, 30 horas y de 16,00 a 19,00 horas
- Semana de San Isidro y meses julio, agosto y septiembre: de 9,30 a 13,00 horas y de 16,00 a 18,00
ADOPCIONES Y ANIMALES ENTREGADOS POR SU PROPIETARIO
- Solo cita previa
- Horario de solicitud de cita previa, de lunes a viernes (salvo festivos):
o Mañanas: de 8,30 a 14,00 horas (Semana de san isidro, julio, agosto y septiembre hasta las 13,00 horas)
o Tardes. de 15,00 a 20,00 horas (Semana de san Isidro, julio, agosto y septiembre hasta las 19,00 horas).
Dirección: Ctra. Colmenar Viejo km. 14.500
Teléfono: 91.734.43.79
La decisión de adquirir un animal de compañía
La tenencia de animales está regulada por diferentes normas legales. En concreto, en Madrid, vienen recogidas en la Ley de Protección de Animales Domésticos 1/90 y el Decreto 11/93 que la desarrolla, así como en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales del Ayuntamiento de Madrid de 31 de agosto de 2001.
Antes de adoptar un animal debe ser consciente de la responsabilidad que implica. NO ACTÚE IMPULSIVAMENTE. Va a poner en su vida un animal que, en el caso de animales adoptados en un centro de acogida, ya ha sufrido un abandono, y no queremos que haya una segunda vez...
* Si tiene dudas, conteste este formulario y responda con sinceridad:
¿Es consciente de que el cachorro que ahora tiene en sus manos va a crecer, se hará adulto y le tendrá que educar y, quizás, ya no le resulte tan “mono”?
SI NO
¿Tiene suficiente tiempo libre para atenderle correctamente, sacarle a pasear, etc?
SI NO
¿Todos los miembros de su familia están de acuerdo en tener un animal en casa?
SI NO
¿Sabe que cuando llegan las vacaciones también hay que contar con el animal y, quizás, no pueda ir a sitios que antes podía?
SI NO
¿Es realmente consciente que un animal necesita cuidados, que puede enfermar y necesitar atención veterinaria y que debe asumir los costes que ello implica?
SI NO
SI SE HA RESPONDIDO “SI” A TODAS LAS CUESTIONES :
“ ENHORABUENA, VD PUEDE SER UN MAGNIFICO PROPIETARIO”
SI SE HA RESPONDIDO AL MENOS “NO” A UNA DE ELLAS:
“ QUIZÁS EL MOMENTO ACTUAL NO ES EL MÁS ADECUADO PARA TENER UN ANIMAL, PIÉNSELO BIEN ANTES DE DECIDIRSE, TIENE QUE ESTAR COMPLETAMENTE SEGURO”
Evitemos que este año se abandonen tantos animales que el año pasado y deambulen perdidos por nuestras calles y carreteras
Animales Disponibles:
http://www.munimadrid.es/VeterinariaWeb/galeria.jsp
Salu2