Si has comunicado formalmente (¿burofax?) que te vas en el tiempo indicado en el contrato, yo dejaría de pagar a partir de la fecha declarada, me iriía del piso y buscaría un forma de oficializar la entrega de llaves. Y, a partir de ahí, reclamar todo lo reclamable. O sea, que no te quedes en el piso esperando que te dejen irte ni esperes que la entrega de llaves y la fianza sucedan en el mismo momento.
Si puedes personarte en la oficina, con las llaves, yo lo haría, aunque te digan que deberías de pedir cita y blablabla. Diles que o te dan la cita en ese momento o te devuelven el depósito y cada uno por su lado. Jugar a que eres un rallado resulta. Lo peor que pueden hacer es no atenderte y llamar a la policía para que te largue, cosa que no les conviene en absoluto.
#3 La cuestión es que devolver las llaves formalmente te legitima para reclamar el depósito. Si las dejas por ahí pueden decir que has sudado de cumplir tu parte y por lo tanto hasta que no lo hagas ellos no tiene por qué cumplir la suya.