pero cuando van a mandar los sms....
#53 800 Euros que siempre han sido tuyos. El resto que te han robado, si es "para" hacienda.
#54 Hacienda no te "da" nada. Te devuelve lo robado de mas.
Ban para los dos
Todos los años igual. Pero los han habido peores. La conciencia equivocada de que hacienda te da, regala o paga aun aparece de vez en cuando.
Pues el año pasado me devolvieron 160 €, este año me tocaria pagar 40, wtf.
No se si estoy haciendo algo mal, me parece raro.
una duda, si el contrato de alquiler esta a nombre de mi compañero de piso, pero la cuenta desde donde se paga cada mes es la mia... quien lo hace?
el porque esta a su nombre? yo porque en los datos de movimientos de dinero se ve que el dinero va de mi cuenta a la del dueño? los dos? (poniendo la mitad del alquiler)
#62 Hombre está claro que es mio, pero si no tuviera alquiler ya me dirás que me devuelve. Un mojón como el sombrero de un picaor.
Todos los años la misma mierda con la renta....
He intentado entrar a ver mi borrador con lo del numero de referencia RENO pero en mi declaración de 2013 no tengo nada en la casilla que pide, por lo que he pedido acceso por Cl@ve
He rellenado unos datos y ahora ¿que?
¿Me van a mandar un código por correo ordinario o como? Yo pensaba que esto se podía hacer todo online y rápido.... :mad:
Yo haciendo la de este año he visto que el año pasado se me pasó meter la deducción de la Comunidad de Madrid por alquiler...fuck. He leído que se puede solicitar una rectificación pero no se si estoy en plazo, lo que leo es bastante confuso.
#70 Eso es siempre y cuando tengas la fianza depositada en la comunidad de Madrid. Yo el año pasado la tenía mi casero en casa, este año si que la pillo ^^
#25 Hola, quiere decir eso que yo no tengo derecho verdad? Me fuí de alquiler en junio del 14... y no me entero de mucho de lo que pone. ¿Puedes echarme un cable?
Creo que me equivoco y tengo que ir más por estos tiros, http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/Segmentos/Ciudadanos/Vivienda/Tributaciondel_alquiler_devivienda/Arrendatario_IRPF.shtml
¿Puede ser?
#71 Sí, sí. Estaba depositada, el problema es que se me pasó la deducción de la comunidad de Madrid y puse solo la estatal, menudo idiota estoy hecho.
#53 Hablando de alquiler, en la casilla 564 y 565 donde pones la cantidad que se le paga al arrendatario, la pongo pero no se suma a las deducciones, ¿es normal?
Meto la casilla 415 (que es una cantidad) de mi declaración del año pasado, y me dice:
"Corrija los siguientes errores
Referencia errónea, revise la longitud y debe finalizar con una letra"
EDIT: Soy idiota.
A mi el año pasado me salía 3000 y pico€ a pagar pero haciendo ingeniería fiscal made in Monedero se me quedó en 800€
#63 Yo en el 2013 me devolvieron 400 , en el siguiente 800 pero a pagar yo y con unos ingresos muy parecidos... xddddddd
A ver si tira la mierda web ya.
Error de conexión SSL
:palm:
#62 ¿Y eso de la nueva ley con lo de alquileres y declaración es verdad? Porque entonces en el caso de cambiarme de piso ya no me devolverían 800, sino 100 o menos...
#74 Si no te se suma a las deducciones es porque no cumples los requisitos de base imponible y demás...vamos, que cobras más de lo que deberías para solicitar una deducción por alquiler.
#80 Tienes que diferenciar entre la deducción en la parte estatal y en la autonómica.
En cuanto a la estatal, partir del 1 de enero de 2015 se suprime la deducción que los arrendatarios de vivienda pueden aplicarse por el alquiler de su vivienda habitual.
Se contempla el establecimiento de un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados con anterioridad a 2015, de manera que la supresión sólo afectará a nuevos alquileres. Aquellos que tengan contratos anteriores podrán seguir aplicando la deducción hasta que éstos expiren.
Para los contratos anteriores al 1 de enero de 2015, los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20€ podrán aplicarse una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un límite máximo (base máxima de deducción) que varía en función de su base imponible pudiendo ser:
9.040€, siempre que la base imponible sea menor a 17.707,20€
9.040 - 1,4125 x (BI-17.707,20), cuando la base imponible sea mayor de 17.707,21 y menor o igual a 24.107,20€
En cuanto a la autonómica, depende de tu comunidad autónoma, los requisitos varían de una a otra.
No hay dios que entienda lo de la deduccion de los alquileres, que si estatal, que si por provincia, que si en una tienes que presentar que se deposito la fianza, parece que este hecho asi de mal aposta.
lo dudas?
como de facil es darte de alta en una compania telefonica y como de dificil es darte de baja?
pos extrapola a todo
Explica mejor tu situación.
Dicha deducción no es para alquileres, sino para gente que ha invertido en la compra de su vivienda habitual. Las deducciones por alquileres son otra cosa y varían en función de la autonomía.
#69 ¿No tienes nada en la casilla 415 de la declaración de la renta, aunque sea 0,00?
Supongo que has pedido que te manden la carta de invitación... pues nada, a esperar a recibirla y luego ya continúas con el proceso de registro.
#86 Entonces no parece que sea eso...revisa bien las condiciones de esa deducción para ver si no cumples alguna, porque ya te digo que si después de rellenar la casilla de 'cantidades satisfechas al arrendador' y el NIF del mismo, te sigue poniendo 0€ en la casilla de deducción, es que no te corresponde por alguna razón.
#88 Voy a ver si trasteo por ahí y encuentro la posible solución, sino pediré cita para ir personalmente. Gracias majo.