Por eso, es q no tiene mucho sentido, precisamente uno de mis pagadores es el paro xD
Entonces la superclavada por quedarte parado y encontrar curro y luego mi otro yo que cobro mas no tuvo que hacerla.
EL KARMA? XD
Por eso, es q no tiene mucho sentido, precisamente uno de mis pagadores es el paro xD
Entonces la superclavada por quedarte parado y encontrar curro y luego mi otro yo que cobro mas no tuvo que hacerla.
EL KARMA? XD
#212 No llego a 12600. Así que en principio no tendría. Pero ya lo consultaré para estar totalmente seguro.
#213 https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Campanas/comp_Renta/columnas__contenedor_Columnas/col_columna1/AYUDA/Preguntas_frecuentes/Quien_tiene_obligacion_de_declarar/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar.shtml
Tu estarías aquí:
El límite se fija en 12.643 euros anuales, salvo para los contribuyentes fallecidos con anterioridad al 5 de julio de 2018, que se mantiene en el límite de 12.000 euros, en los siguientes supuestos:
Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.
Haz el borrador por si acaso, que yo estoy igual que tú y me devuelven 80€. Si toca pagar no la hagas.
Me podéis ayudar por favor? Estoy perdidisimo con esto.
En el ejercicio 2017 no tuve que presentar declaración porque no llegaba a los mínimos que piden.
En 2018 he trabajado en 3 empresas diferentes. He solicitado el certificado de IRPF y me pone lo siguiente:
"No consta que haya presentado la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2017. Asimismo se le informa que de los datos que dispone la Administración Tributaria a la fecha de expedición del presente certificado, no consta información relativa a rentas/rendimientos imputables por el IRPF al solicitante arriba referenciado.
Y para que conste a los efectos oportunos,
Documento firmado electrónicamente (Real Decreto 1671/2009) por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con fecha 2 de abril de 2019."
Que significa esto?
#218 imagino que al haberla hecho el primer día por la mañana, empezarán a resolver por orden de entrada... no debería ser " de los primeros " en cobrar?
#222 Por lo que dices entiendo que entre los 3 trabajos y la ayuda no llegas a los 12000. Aunque no tengas obligacion de presentarla, te va a salir a devolver esas retenciones del 2% seguramente
En el borrador os sale a la hora de elegir la comunidad autónoma vuestra comunidad? A mi no me sale País Vasco/Bizkaia/Vizcaya.
#223 No llego, no. Lo tengo calculado. Como esos trabajos eran temporales (de un mes) pues no vi la necesidad de tributar más del 2%. Pero veo que al final me va a lastrar.
#224 las declaraciones del pais vasco se hacen en su respectiva hacienda foral que es distinta de la estatal
A mí me ha salido a devolver y este año me lo volveré a gastar en mi hermanita pequeña, que está metida en bellas artes y necesita un portátil y una tableta gráfica.
Por lo pronto una Wacom Intuos Pro M por aquí y me sobra 1€, la quiero con locura pero apenas puedo verla, si lo escribo por aquí porque se que en su vida lo leerá y me sirve para redimirme
Alguno sabe como conseguir el numero de referencia de alguna manera? No encuentro la declaración del año pasado y la clave de referencia que tenía de otros años ya no me vale.
Solo tengo la posibilidad de pedir cita en hacienda?
#231 Puedes obtener la referencia haciendo login en el sistema cl@ve (si no estás dado de alta, te puedes dar de alta gratis: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/BUCV-JDIT/Pi24c31h
También puedes obtenerlo utilizando tu certificado electrónico, pero imagino que si no guardas ni la renta/borrador del años pasado, tampoco tendrás certificado digital xd
#219 los años que la he hecho siempre han tardado menos de un mes haciéndola los primeros días. Te diría que la anterior creo que tardaron menos de dos semanas.