Josué Insúa interpuso en Madrid una demanda contra un establecimiento, reclamando los 0,38 euros que le cobraron en concepto de canon por la compra de dos CDs vírgenes, uno destinado al juicio y otro a la grabación de una distribución de Software Libre. El Juzgado decreta que deben devolverse ambos cánones, disponiendo en su parte dispositiva:
FALLO: Estimando, en su integridad, la demanda interpuesta por D. Josué Insua Ayuso asistido por el Letrado D. Francisco Javier de la Cueva González-Cotera contra xxx, declarándola en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a devolver al actor la cantidad abonada en concepto de canon para reproducción de copia privada en cuantía de 0,38 euros que devengará el interés legal incrementado en dos puntos desde la data de la presente resolución, sin imposición de costas.
...
...
Tinguaro González ha obtenido una resolución favorable en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ordenando la devolución del importe del canon, 0,88 euros, por suponer el cobro de lo indebido. De esta manera, la nueva sentencia sigue la línea abierta por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Alcalá de Henares y por la Audiencia Provincial de Málaga en sus resoluciones de fechas 15 de junio de 2005 y 19 de septiembre de 2006, respectivamente.
...
...
FALLAMOS: Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Don Eduardo Serrano Muñoz contra la sentencia dictada en fecha veintiocho de junio de 2005 por el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de los de Málaga en sus autos civiles 1362/2004, debemos revocar y revocamos dicha resolución absolutoria condenando a la demandada a la devolución al demandante del importe reclamado, es decir, la cantidad de diecinueve céntimos de euro a la que se aplicará el correspondiente interés procesal. Todo ello sin hacer especial atribución de las costas causadas en una y otra instancia, y desestimando la petición subsidiaria de plantear cuestión de inconstitucionalidad respecto del artículo 25.1 de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996.
...
...
PD: creo que no esta repetido :S
PD2: si nos ponemos todos asi haremos fuerza escalonada, pues los comerciantes tienen mas peso en estos temas y si se mosquean algo pondran de su parte pa parar los pies a la SGAE no?? digo yo... vamos
PD3: http://derecho-internet.org/taxonomy/term/42 =^=