Buenas!
Expongo la duda que tengo en mente:
En caso de querer beneficiarme de la rebaja de impuestos para la adquisición de una vivienda habitual al 5% en vez del 10%, los requisitos en Cataluña son;
Tener 32 años o menos.
Una base imponible en la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas que no exceda de 30.000 euros una vez deducido el mínimo personal y familiar.
Constituir la vivienda habitual. Se considera vivienda habitual la que se ajusta a la definición y requisitos establecidos por la normativa del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Es en el ultimo requisito donde surgen mis dudas. Es necesario el padrón en esa vivienda para que sea vivienda habitual o con facturas de luz agua, gas y teléfono es suficiente?
Gracias por la ayuda!