Bueno, en la cárcel va a poder comer tranquilo.
#90 Una lata corta así que es tan peligrosa como una navaja.
Y no, la lista de amnistía no tiene nada que ver. En Plaza Podemos lo mismo un argumento así sirve, en el mundo real no.
#90 Un objeto con filo puede hacerte cortes importantes igualmente aunque no sea un cuchillo táctico. Solo tienes que ver lo que pasa en las prisiones y los 'pinchos'.
#89 No tengo ni idea del contexto histórico que envuelve la diferencia entre hurto y robo.
Pero más que el riesgo de como pueda acabar todo ello, lo que yo creo que se castiga es el impacto que tiene en la persona que sufre en sus carnes tal delito.
Al fin y al cabo, la mayoría de robos se dan con lo puesto, sin armas ni objetos punzantes. Y ahí el riesgo de acabar muerto es bajo, nulo.
Luego habría que valorar el contexto del agravante de objeto punzante. Que va más allá de robo/hurto.
Pero vaya, que ni idea xd
Venga, venga... Una lata es claramente un plan fríamente pensado para asaltar y atracar. A otro con ese cuento.
Y sí, la lista de los amnistiado (perdonados) no deja de responder a lo que preguntas... Pero no tengo los datos, me temo.
#95 Que tiene que ver un plan friamente pensado con que utilizar un trozo de lata es tan peligroso como una navaja? Andas mezclando cosas sin sentido en todos tus comentarios.
El delito castiga utilizar violencia o intimidación y empuñar un trozo de hojalata amenazando con cortar con él es intimidar. Da igual que lo haya planeado con 30 meses de antelación o sea un arrebato.
Y no, la amnistía fiscal no tiene nada que ver con penas bajas por corrupción. deja de mezclar conceptos inconexos.
Pero para 4 años y pico? Siendo el objetivo un puto bocadillo?. No digo que no le metan un buen paquete, por que he leido que le pego un tajo a la panadera, aunque no le llego a hacer nada... Pero me sigue pareciendo 4 años una barbaridad y una injusticia, por todo lo que veo en este país.
#96
Yo no mezclé nada, te contesté a una de tus preguntas, que no iban con el tema.
Y me da igual, me sigue pareciendo un exceso 4 años, cuando el objeto a robar ha sido un bocata, y aunque las formas no fueron las mejores ni de lejos, comparado con otros delitos.
Lo de fríamente es una suposición mía, para lograr entender como te cascan 4 años de prisión. Sin haber herido a nadie.
#99
Me sigue pareciendo ridícula la actuación del fiscal.
#98polaritySYS:Siendo el objetivo un puto bocadillo
No se castiga el objetivo, se castiga el no valorar la vida ajena lo suficiente como para no amenazar violentamente con un elemento peligroso para robar. Es irrelevante que robes 1 millón o un bocata, lo que se castiga es que pongas en peligro vidas ajenas para llevarte algo.
Si hubiese sido con una escopeta sin tampoco haber hecho daño a nadie veríais bien los 4 años, o tampoco?
#99Soy_ZdRaVo:Es irrelevante que robes 1 millón o un bocata
Para condenar por robo si, da lo mismo.
Pero para aplicar la atenuante del 242.4 es clave la cantidad robada y los medios empleados para ello. Y yo creo que el tema acabará por ahí.
En Barcelona muchos jueces acaban condenando por esta vía, condenando por menos de 2 años y posibilitando que el autor del robo no entre en prisión.
Deja de hacerte el listillo, por favor. No entiendo de derecho, pero estoy seguro que si vas con una escopeta te van a meter más años en un delito, que si no llevas nada.
Que me inventé?
#104 El delito es robo con armas o elementos peligrosos y por eso le están pidiendo casi 5 años, porque ya llevaba un arma.
esgrimió un objeto metálico similar a una lata de bebida rota
No una lata rota, sino algo similar. Algo metálico, roto a propósito para cortar o clavar. Esgrimido por una persona que valora más un bocadillo que la vida ajena.
Venga, sigue viendo el bocadillo.
#8 Exacto, lo que pasa que la noticia para crear polémica, omite la agresión.
Podría perfectamente haberse cargado a alguien y la noticia seguiría siendo la misma.... La fiscalia pide 4 años por robar un bocadillo.
Lo dicho, si robas desde el despacho, con el móvil o quedando para tomar un gin no pasa nada.
Pero pobre de ti como robes con un pincho.
#108+1 Y ese es un problema de la sociedad actual. La gente que tergiversa la verdad para crear una opinión dispar a la esperada (manipulación) y luego el receptor, que acepta todo lo que le cuentan (el ignorante).
Yo estoy con Leoshito, habría que encerrar a los políticos que roban pero dejar libres a los ciudadanos de a pie que te amenazan con rajarte la garganta para robarte
A mi me parece bien considerar una lata cortada un arma, te pueden hacer un estropicio muy serio, pero no es tan peligrosa como una navaja o un cuchillo ni de coña. Para perforarte un pulmón o llegarte al corazón con una lata cortada hay que esforzarse muy mucho no me jodas. Me sorprendería mucho que le metan la máxima condena por lo de la lata, supongo que le caerá el mínimo de robo con amenaza con objeto cortante.
#113 eso es porque no te has llevado media mano abriendo una lata de corned beef, con algo de mantenimiento podrías hasta afeitarte con ellas.
Le pondran alguna multa al notas y alguna medida de alejamiento y au.
#7 Si realmente se estuviera muriendo de hambre la ley le ampara. Algo que se llama extrema necesidad te permite robar cualquier tipo de alimento sin perjuicio alguno si realmente te estas muriendo de hambre. Asi que pls no nos la metas doblada anda.
#109 Prueba a leer en alto lo que acabas de escribir mientras te miras al espejo. A ver si consigues no reírte.
a mi me parece correcto, si coge el bocadillo y simplemente sale por patas me pareceria exagerado, pero no es asi
Ya tenemos Sentencia
Un juez condena a un año y nueve meses de prisión a un joven por robar un bocadillo para "enriquecerse"
Un juez de Barcelona ha condenado a un año y nueve meses de cárcel a un joven que robó un bocadillo el pasado mes de marzo en una panadería del centro de la capital catalana. La sentencia considera que el joven cogió el bocadillo "con la intención de enriquecerse", no porque tuviera hambre, y que para hacerlo usó una lengüeta de una lata de bebida contra una dependienta. Por todo ello, el juez ha fallado que el joven cometió un delito de robo con intimidación y uso de instrumento peligroso en establecimiento público. La defensa ha recurrido el fallo ante la Audiencia de Barcelona. La Fiscalía pedía tres años y seis meses de cárcel.
En un sucinto párrafo, el titular del juzgado de lo penal 28 de Barcelona, Ricardo Yáñez, ve probado que el joven acudió a primera hora de la mañana a una panadería y que "con la intención de enriquecerse" cogió un bocadillo del mostrador. Además del ánimo de lucro que ve el juez en el robo, la clave para condenar por un delito de robo con intimidación es que para llevarse el bocadillo el joven "esgrimió un objeto metálico cortante similar a una parte de lata rota" e hizo "ademán de cortar" a una dependienta. La sentencia reconoce que el joven no profirió amenaza alguna y que "arrojó" el bocadillo al suelo la panadería, sin llegar a comérselo.
El acusado y varios testigos coincidieron en que dicho objeto metálico es la lengüeta de una lata. Sobre la supuesta intimidación, la dependienta declaró en el juicio que se apartó "de forma instintiva" cuando vio que el joven tenía una lengüeta en la mano –con la que se autolesionó en los brazos antes del robo–, sin concretar si el joven intentó cortarla. Añadió además que en el momento del robo no sintió miedo y que dejó que el joven se marchara sin llamar a la policía. Sí telefoneó a los Mossos dos horas después de la sustracción del bocadillo, cuando el joven volvió a la panadería para increparlas, sin robar nada en esta ocasión.
La sentencia destaca además que el joven arrojó el bocadillo al suelo al salir de la tienda al encontrarse "levemente" bajo los efectos del alcohol. De ahí que el juez haya apreciado la circunstancia atenuante de embriaguez y haya rebajado la pena a un año y nueve meses de cárcel, que el joven no cumplirá al carecer de antecedentes.
"La insignificancia del botín sustraído (un bocadillo) explica por qué no se reclama importe alguno en concepto de responsabilidad civil, pero no suprime la existencia de valor del bien ni, por supuesto, la relevancia jurídico penal del bien jurídico protegido, significativa al mediar la intimidación con instrumento peligroso", asevera el juez. En otras palabras: que el bocadillo fuera barato es secundario, lo que importa es que se robó con un "instrumento peligroso", esto es, la lengüeta de una lata.
El magistrado se reafirma en la tesis de que robar un bocadillo supone un enriquecimiento ilícito guiado por el ánimo de lucro y concluye que hacerse con un bien para comer "resulta un ejemplo palmario del propio lucro" ya que el hecho de que el bocadillo no pueda venderse al día siguiente y se done a la beneficencia, como sucede en la panadería donde se produjo el robo, "no permite anticipar esa donación o, peor aún, suprimir su valor por ser reducido o no determinado".
Tampoco acepta el juez el alegato de la defensa de que el robo se produjo porque el joven tenía hambre porque no se aportó "documentación alguna" de que el acusado hubiera intentado conseguir ayudas sociales. Para negar que el robo se cometiera por necesidad, el magistrado hace referencia además a que el "aspecto" del joven, que se encuentra en riesgo de exclusión social, "es el normal de una persona del barrio" en el que se encuentra la panadería y que el acusado tiró al suelo el bocadillo después de robarlo, lo que, a su juicio, "deshace por completo la tesis de quien se hace con comida para subsistir". Prevalece en cualquier caso, zanja el juez, el "ánimo agresivo" para robar el bocadillo mediante la lengüeta de una lata.
La defensa recurre
La defensa del joven, que ejerce la penalista Mònica Caellas, ha presentado recurso de apelación a la sentencia ante la Audiencia Provincial de Barcelona. En síntesis, la defensa reclama la absolución del joven ya que para condenar por robo hace falta un perjuicio económico que no se da en el caso del bocadillo. "Con el máximo respeto, decir que el acusado actuó 'con intención de enriquecerse' atenta al sentido común y a las más elementales reglas de la lógica", sostiene el recurso.
Niega la letrada además, en base a lo declarado por los testigos, que durante el juicio se acreditara que el joven usó la lengüeta de la lata para intimidar a la dependienta, de la que recuerda que dijo no haberse alterado por el robo, una reacción "propia de quien acaba de presenciar un hurto y no de una víctima de un robo con intimidación".
El miedo que sí sintió la dependienta cuando el joven volvió a la tienda al cabo de dos horas fue el que provocó la llamada a los Mossos y la denuncia que abrió el caso, no la sustracción inicial del bocadillo, recuerda la defensa. "La falta de miedo del primer episodio [el del robo del bocadillo] demuestra la inexistencia de intimidación típica del robo en el momento de la sustracción", zanja el recurso.
Asimismo, Caellas niega que la lengüeta de lata pueda considerarse un medio igual de peligroso que un arma y afea que este objeto se tenga en cuenta dos veces para dictar la condena (una al considerarlo clave para la intimidación y otra al considerarlo el arma para perpetrar el robo), algo que conculca el principio de no castigar dos veces por el mismo hecho.