La mejor manera para tratar con un policia es tratarle bien y sin pasarte de listo. Si le vacilas acabaras mal, y si te pasas de listo con estrategias varias tambien acabaras mal
#267 ¿Sabes, a caso, que ámbitos y qué competencias pertenecen a le educación? ¿Dar las gracias o decir por favor? Para nada... De hecho, hay políticos corruptos(por ejemplo) y seguro que son de familias educadas, pero no por eso dejan de ser chorizos. La educación es la base de toda civilización y de todo progreso, con una visión de futuro progresista no se puede pensar en una policía dirigida por archimillonarios que sólo quieren tenernos controlados. De todas maneras, estoy contigo #268, la humanidad lleva en si misma grandes cualidades y grandes defectos. Envidia, avaricia, humildad, etc. Pero con una buena base se podrían potenciar mas las cualidades, estoy seguro.
Yo lo tengo claro, si no he hecho nada no tengo por qué temerles. Que vengan todo lo chulos y prepotentes que quieran, más lo seré yo. Me paso su autoridad por el forro de los cojones, el mismo respeto con el que ellos me traten será el mismo que les profese yo.
Si en cambio vienen de manera educada, acreditándose como polícias y dando razones de por qué me requieren, serán atendidos de la misma manera.
Perdon por el ladrillo , espero rebatir los puntos de una información que dieron en este mismo foro.
Cacheo y registro de mochilas
Como en la identificación, debe estar motivado y tienen que hacerte saber el motivo el cacheo o registro de mochila o enseres. Si no es así te puedes negar.
1-Toda actuacion policial tiene que estar motivada, un motivo judicial aceptado puede ser este :
-Persona con actitud esquiva ante la proximidad de agentes de la autoridad.
2-Consejo: no os negueis o podrias incurrir en un ilicito penal de desobediencia a la autoridad .El cacheo tiene que realizarlo un agente de tu mismo sexo.
1-Completamente cierto , solo una excepcion es ante mujeres terroristas.
2-Tambien un agente de diferente sexo puede cachearte el bolso y puede pedirte que te pegues las ropas al cuerpo a efectos de controlar bultos sospechosos para pedir refuerzo del mismo sexo.Si te niegas a enseñarle la mochila puede que se achante un poco o puede que se ponga en plan borde, puede retenerte.
1-Directamente te puede llevar a dependencias policiales en un entorno mas reservado que respete tu dignidad o podrias incurrir en un ilicito penal de desobediencia a la autoridad y dependiendo de la negativa puede ser en caracter grave que tiene pena de carcel.
2-Normalmente si te niegas suele ser que el agente le pique mas la curiosidad de que tienes dentro.Cuando miren la mochila o enseres debe ser por encima, como una cajera del super. No pueden empezar a cotillear en tus cosas o leer tus papeles.
1-Dependiendo de los motivos que causaron el cacheo pueden ser mas estrictos o no, pero pueden perfectamente sacar todos y cada uno de los obejtos portados.
2-No se puede leer mensajes de moviles , correo etc por parte del agente que podria incurrir en un delito .
Control, registro de vehículo e identificación de ocupantes.
- Pueden pedirte los papeles del vehículo y pedirte la documentación de los ocupantes.
1-cierto - No pueden hacerte preguntas sobre el viaje (¿de donde vienes?, ¿A donde vas?...), no tienes ninguna obligación de responder, tampoco caben preguntas sobre quienes sois o de que os conocéis. Si empiezan así tu corta en seco.
1-Pueden hacerlo , tienes derecho de no responder.
2-Una actitud esquiva suele volver a picar la curiosidad al agente . - Solo tienen derecho a un registro visual del vehículo y enseres para comprobar que no llevas nada que pueda ser delictivo.
1-Visual y tactil.
2-Es logico si tienes que abrir un cenicero se abre con las manos , nada mas .... - Durante el registro tienes derecho a estar presente y ver lo que hacen, también a tener
dos testigos.
1-Puedes estar presente en el registro , los 2 testigos no son necesarios.
Vigilantes y guardas de seguridad.
1-> ni puta idea xD
Seguimientos
- Teóricamente pueden seguirte, pero necesitan una orden judicial para intervenir el teléfono, correo o para entrar al domicilio.
-1-cierto - Si sospechas que eres objeto de seguimientos denúncialo judicialmente, recaba todos los datos que puedas: descripción de las personas que te siguen, tipos de vehículos y matriculas, dispositivos de seguimiento que hayas encontrado (GPS, micros, cámaras...). Es sabido que seguramente no irá a ninguna parte la denuncia pero por lo menos sabrás si eres objeto de una investigación legal o no. Ten en cuenta que pueden detenerte para intimidarte. O en el caso de personas que te siguen incluso hazles ver que sabes que te siguen o plántales cara yendo hacia ellos para pedirles explicaciones.
1-Una detencion tiene que apuntarlas en 2 libros uno de los cuales va al fiscal y otro al juez , por tanto es imposible detener para intimidar ya que el agente incurriria en un delito muy grave de detencion ilegal .
La detención
Ante una detención, las Fuerzas de Seguridad del Estado (FSE) pueden jugar con la intimidación, el miedo y el desconocimiento para usarlos en nuestra contra. Es por eso que debemos mantener la calma y exigir de quien nos detenga el cumplimiento de los derechos reconocidos por la Constitución Española (CE) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr). Como detenidas, el único deber que tenemos es el de identificarnos, dando nuestro nombre, fecha de nacimiento y dirección (es decir, llevar el DNI u otro documento válido). Fuera de esta “obligación”, a todas nos asisten unos derechos que probablemente sólo se cumplirán si somos nosotras quienes los exigimos:
NUESTROS DERECHOS (Art. 17 CE y Art. 520-527 LECr)
- Durante la detención: Desde el momento que un miembro de las FSE nos del “¡alto!”, Tenemos una serie de derechos: quien nos pare tiene que identificarse como FSE (mostrando su número de placa)
1-Falso , un agente uniformado ya es considerado judicialmente como agente de la autoridad y puede detenerte bajo COP , congruencia oportunidad y proporcionalidad , es decir si es necesario la rapidez no le es necesario la identificacion por placa o numero de identidad.
; tiene que informarnos de si se nos está reteniendo para identificación o si se nos deteniendo y, en el caso de detención, deben informarnos de qué se nos acusa y en qué condición se nos detiene (sí se nos va a aplicar incomunicación, deben decírnoslo); también tenemos derecho a no ser esposadas si no hemos intentado huir y no nos hemos resistido a la detención.
1- A efectos legales la retencion no existe , o detencion o libertad.
2- Si se detiene se te tiene que informar del motivo de la detención , de tus derechos de la 520LEC ( lo de las pelis ... tienes derecho a un abogado etc...)
3-La incomunicacion solo es aplicable en casos de terrorismo.
4-Durante la detencion , el uso de grilletes sera el agente el que decida como llevarlos , si llevarlos . A efectos practicos excepto en minusvalidos se esposa.
5-Hay muchas formas de engrilletar que son mas incomodas y molestas , siempre iran ligadas a los principios de COP ( congruencia oportunidad y proporcionalidad).
- En comisaría: En comisaría podemos encontrarnos en tres situaciones distintas, a saber:
a) Detenidas para identificación: si no llevamos el DNI ni ninguna identificación, las FSE pueden “retenernos en comisaría”, pero sólo “el tiempo mínimo imprescindible para la identificación”. Aún no estamos “realmente” detenidas y por ello, aunque pueden limitar nuestra libertad de movimientos, no pueden quitarnos nada, ni impedir que usemos teléfonos si están a nuestro alcance (móvil, cabina...) y, sobre todo, no nos pueden pedir que hagamos ninguna declaración.
1.LA retencion no existe , estas detenido para identificacion y tienes derecho a abogado si lo solitas . Esta identificacion puede durar poco o mucho dependiendo de los medios que se tengan a disposicion.
2-Cuantas más derechos solicites mas tiempo tardaras en que te identifiquen . EJEMPLO:
1Quiero abogado . 2 horas
2Habeas corpus - depende el juez , como sea fin de semana no sales.
3interprete - Muchisimo tiempo
b) Detenidas (Art. 520 LECr): desde que se nos informa de la detención, las FSE nos tienen que llevar ante un juez en el tiempo mínimo “imprescindible para hacer averiguaciones” (con un máximo de 72 horas; 24 horas en casos de menores de edad). En este tiempo, tenemos derecho a no declarar nada, o manifestar que sólo declararemos ante el juez, o a mentir en la declaración (lo cual no recomendamos desde nuestro grupo N. de T.). También tenemos derecho a que nuestra detención sea comunicada por las FSE a quien nosotras digamos, derecho a designar abogado (basta con dar su nombre) o a recibir uno / una de oficio, podemos pedir el reconocimiento por un / una médico forense, debemos recibir comida, bebida y unas condiciones de trato e higiene mínimas. Si somos extranjeras, tenemos derecho a un intérprete y a que se comunique la detención a nuestro consulado. Además, si decidiésemos declarar, tenemos derecho a hacerlo en cualquier lengua co-oficial.
1-Hasta aqui perfecto .
También tenemos derecho a corregir nuestra declaración hasta que se ajuste a lo que queramos decir, y a estar asesoradas por nuestras abogadas tanto durante la declaración, como después, manteniendo una entrevista privada: no pueden tomarnos declaración sin la presencia de nuestr@ abogad@. En el caso de acusación de “delitos cometidos por persona integrada o relacionada con bandas armadas”, la detención policial podrá prolongarse otros 2 días (5 en total), con autorización judicial motivada (Art. 520 bis).
1 - Sinceramente aqui es donde me dado cuenta que no tienen ni idea , esto no es EEUU.
2- Puedes declarar o no , pero no puedes cambiar tu declaracion policial una vez hecha , te puedes negar a firmar la que has realizado pero jamas cambiarla de nuevo.
3- Los abogados jamas y repito jamas pueden asesorar durante una declaracion , pueden hacer lo de protesto porque se esta coaccionando o alguna ilegalidad , pero JAMAS ASESORAR DURANTE UNA DECLARACION.
4- Se puede tomar declaracion sin abogado y se deja constado en diligencias(Papeles que se envian al juzgado del detenido) , siempre que el detenido no quiera que le asista abogado.
- En el registro domiciliario (Art. 545-588 LECr). Para que se pueda ejecutar un registro domiciliario hace falta una orden judicial (excepto en casos de terrorismo, persecución y flagrante delito, Art. 553 LECr); Si no es así niégate en rotundo, porque tu consentimiento lo convierte en legal. Para que el registro sea válido tenemos que estar presentes como detenidas o tiene que estar alguien en quien hayamos delegado, o en su defecto dos testigos (normalmente vecinos). Se tiene que levantar acta judicial del registro y lo incautado, acta que deben firmar todos los presentes.
1-Cierto , si no hay autoridad judicial no se puede entrar mas que en esos 3 casos.
Si estamos presentes en el registro, debemos fijarnos: qué se busca, cuánto se tarda, qué se llevan. Si vemos que algo no es nuestro, debemos parar el registro y hacerlo constar en el acta judicial del mismo.
1- En la mayoria de casos hay un secretario judicial que es el que da fe de la actuacion policial , no vas a poder parar un registro aunque si dejar constar que cosas no son tuyas etc etc.
- El Habeas Corpus: La LO 6/1984 regula cómo se presenta un Habeas Corpus y denuncia por detención ilegal o torturas y/o malos tratos, solicitando el paso inmediato a disposición judicial. Esta denuncia, que se hace en el Juzgado de Instrucción, podemos hacerla nosotras como detenidas, nuestra abogada, familiares e íntimos. También puede hacerlo la fiscalía o el Defensor del Pueblo. Sólo debemos emplearlo si tenemos una noción más o menos clara de haber sido detenidos/as de forma ilegal, o en caso de estar recibiendo malos tratos en comisaría.
1-En serio no tiene ni idea , un abogado nunca jamas podra solicitar un habeas corpus , y le ha faltado el fiscal que puede solicitarlo.
2-Un habeas corpus es : Parar todo para decirle al juez oye que mi detencion es ilegal porque se estan incumpliendos ciertos derechos que tengo .....
ALGUNAS RECOMENDACIONES:
Si la policía te pide el DNI, antes de entregarlo solicita que se identifiquen, pregunta por y para qué lo quieren y, si no te van a detener, pide que te lo devuelvan cuanto antes: ¡No te vayas nunca sin tu DNI!
1-Puedes hacerlo , mi consejo no lo hagas , una identificacion la mayoria de las veces es rutinaria para cumplir estadisticas de trabajo .Si te detienen en un sitio público, grita tu nombre y apellidos a la gente.
1-Esto es unas directrices de la banda terrorista ETA que se basaba en el hecho que se les aplica una detencion con incomunicacion , y al gritar el nombre ya se pone sobre aviso de posibles siguientes detenciones de asesinos.
2-Si te detenienen y quieres gritarlo puedes hacerlo tienes derecho a gritar.No aceptes ni toques nada que no sea tuyo.
1-CiertoExige la presencia de tu abogado.
1-Esta a tu disposición.Si te asisten abogadas de oficio, medicas forenses o peritos judiciales, haz que se identifiquen, comprueba que no son policías.
1-Los agentes de la autoridad no pueden utilizar la coaccion y el engaño para conseguir una declaracion por lo que no pueden usar disfraz.
2-Pero por supuesto podeis pedirles sus identificaciones.Es mejor no declarar ante la policía y esperar a llegar al juzgado tras tener la entrevista en privado con tu abogada.
1-Si es un abogado bueno es mejor.Si te sientes mal, pide ser reconocido por un médico para que haya constancia de tu estado físico en comisaría.
1-CIerto.No vayas a comisaría si te cita la policía: ve directamente al Juzgado de Instrucción, al ponerte tú a disposición judicial te ahorras la detención.
1-Si tienes una imputacion te van a detener en los 2 lados , elige el que mas te guste.
2-Hazlo cuanto antes ya que sino te buscaran y podria ser peor delante de tu genteNo firmes nada. Si decides firmar, lee bien antes lo escrito, comprueba que no haya “espacios en blanco” en el documento (ocúpalos firmando o tachando) y firma en todas las páginas (en márgenes y renglones finales).
1-Si decides firmar leetelo bien todo , pero no taches nada porque se dara nulo y vuelta a empezar , si esta actitud se prolonga ilicito penal de desobediencia.No hables con la policía (ni siquiera de cosas que parezcan no relacionadas con la detención). No te creas nada de lo que te digan, intenta mantener la calma. .
1-No tienes porque hablar durante una detencionSi sospechas que te pueden drogar, no comas ni bebas nada. Es algo a valorar con cuidado e individualmente: si la detención se prolonga hay que estar físicamente bien y eso implica alimentarse y descansar. Es importante hacer lo que nos dé más confianza y tranquilidad.
1-Si sospechas que te pueden drogar y no tienes antecedentes psiquiatricos no bebas ni comas nada jajajajajajaja .GRAN GUIA
Tras la puesta en libertad:
- Entérate de sí queda algo pendiente contra ti (denuncias de la policía, posibles sanciones administrativas, nuevas causas pendientes...)
1- Y cancelalas , informate en tu comisario mas cercana , muy importante . - En caso de agresiones o malos tratos, pide reconocimientos médicos durante la detención (es importante tener un primer informe, bien forense bien hospitalario) y repítelos al quedar en libertad con médicos de confianza para tener informes propios.
1-En toda sociedad siempre hay un delicuente que entra como agente de la autoridad , pide revisiones medicas , si las lesiones concuerdan el juez y eso espero los inabilitara y posiblemente si son torturas sera expulsado .
Perdon por las faltas ortograficas , estaba un poco harto de ir punto por punto .
Oponion Personas: estamos en uno de los paises desarrolados mas garantistas , es decir sale muy barato delinquir y en cambio sale bastante caro las sanciones administrativas.
Ejemplo:
Sancion 1/92 : de 300 a 400 euros por escupir a un agente.
Falta contra agente autoridad : normalmente de 90 a 150 euros por un puñetazo en el pecho sin lesiones ni marcas. 6 meses de prision que no es efectiva si no tienes delitos anteriores.
#274 400€ por falta de respeto a agente de la autoridad.
Se pidio 600€ pero la Juez lo dejo al final en 400€. Que por cierto solo fue por decirtes ciertas barbaridades a los agentes, nada de puñetazos ni nada.
pd: No era yo la denunciada.
#278 Dependera de los juzgados, pero por insultos sin agresión es bastante raro esas cantidades , aunque es cierto que de juzgado a otro hay diferente jurisprudencia .
Depués de leerme las diez páginas, hay cada post de flipar, lo más sorprendente es que muy pocos rebaten la opinión del resto, si no se está de acuerdo con unos eres un fascista opresor (policia) y si es al contrario un perroflauta...
Yo siempre uso la lógica, si no has hecho nada un policía no se juega su puesto (o ya no el puesto, una sanción o una reprimenda de un superior...) por tocar los cojones a un cuidadano que no ha hecho nada.
El problema deriva en que si un policía se extralimita en sus funciones hace un flaco favor a la profesión, más que nada por los comentarios de los "ciudadanos", y que nadie me compare este sector con los charcuteros por que la gente carga con una virulencia extrema contra la autoridad ya sean jueces, policías, gente influyente... cuando hacen algo mal culpando a sector y no a la persona
PS: la excepción los políticos que para mí son unos hijos de puta todos
#282 No tiene mucha historia, son gente normal y corriente, les comentas los kilos que quieres, pruebas el material negocias el precio y ya esta, siempre manteniendo la calma y el respeto.
#279 Un juzgado de instrucción no sienta jurisprudencia. Podrás decir que las sentencias difieren entre juzgados, que es verdad, pero no son vinculantes.
#284 supongo que habla de jurisprudencia en el sentido de sentencia emitida por un determinado juzgado repetidas veces y no en el sentido que se le otorga como fuente del derecho.
#285 He estado dos años en el ejercito y te aseguro que el estado le da un arma a cualquiera que quiera llevarla. Recuerdo a uno en la instruccion que se piraba del cuartel, alucinaba cosas y contestaba de mala manera a los superiores, daba igual, el tio tenia su fusil y tiraba como si nada...
#289 Es que no es culpa de los superiores, es culpa de que una vez tienes algo firmado con el estado, aunque sea simplemente la instruccion, ya es casi imposible echarte, por supuesto no le renovaron, pero el tipo tiro con HK, MG, y lanzo granadas igual que todos.
Bueno yo hablo desde la pura ignorancia, solo he dado mi opinión de lo poco que sabía, hasta ahí no llego.
#290 vamos que han instruido a una persona poco estable, justo lo que necesita la sociedad que gente así tenga ese tipo de conocimientos xDDD
En situaciones de conflicto dialéctico donde los agentes de la autoridad estén sobrepasándose en sus formas y deberes, lo mejor es adoptar una posición fetal en el suelo al susurro de: caca
Deberías añadir este punto a la lista #1
De nada.
#294 Alli no había nadie que cogiese al subnormal ese y lo tirasen a la puta calle de una patada en los cojones?
#296 Por favor*
:qq:
#292 hombre, en el ET tampoco es que os enseñen a matar a millones de personas con un cordón de zapato... xD
#293 xDDDDDDDDDDDDD
Tambien sirve empezar a gritar tal que asi: AAAAAAAAHHHHHHH!! AHHHHHHHHHH!!!!! como si te estuvieran matando.
#297 no, pero a usar un fusil o un subfusil si, no creo que una persona desequilibrada tenga que recibir clases por parte del estado para utilizar lo que se cataloga como "armas de guerra".
Puede hacer mucho mas dificil el trabajo de los FCSS si se le va la cabeza definitivamente