#1860 y 33 días por año trabajado. Básicamente hacen que despedir sea más caro. Pero si la empresa quiere echarte, y tiene pasta...
#1862 probablemente la tendrás, pero depende del tipo de despido, y de si se declara improcedente por acuerdo o por sentencia:
Si te despiden con causa objetiva si: 20 días año con límite de 12 mensualidades.
Si te despiden disciplinario (le pegas una hostia al jefe) sin indemnización.
Si impugnas el despido y se califica como improcedente por este 33 días año con límite de 20 mensualidades.
#1864 en realidad es que es una pregunta que tiene muchas variables y siempre me resulta difícil de contestar xDD
#1863 despido disciplinario no creo, ganas no me faltan de arrear guantazos pero no xdddd
Podrían modificar mi jornada laboral? Quiero decir, hacer que eche menos horas o que cobre la mitad? Para ello habría que tener un acuerdo entre empresa y trabajador o pueden imponer por los loles?
#1865 si ya es difícil de por si, con los RDL ya es un “escoja su propia aventura”. Y lo diver que va a ser cuando saquen los Erte de FM del estado de alarma, y muchas empresas (mi caso), ya tengamos negociado el Erte productivo... el encaje va a ser precioso.
Una pregunta, en la empresa que actualmente estoy, no han hecho erte ni nada, pero somos muchos que tenemos contrato por obra o servicio, están finalizando contratos desde hace dos semanas cada día a varios, se puede rascar algo por ahí? Si es improcedente que te finalicen el contrato en estado de alarma digo. No se si me tocara, pero tengo el miedo encima cada día que pasa.
#1866 podrían si, ya sea vía modificacion sustancial de las condiciones de trabajo, cosa que sería definitiva o mediante un nuevo erte con causa productiva.
En ambos casos lo ideal es finalizar con acuerdo, aunque de puede articular sin el, pues dos ley obliga a negociar no se convenir.
#1867 se aplica un nuevo erte o se mantiene el anterior, las declaraciones de la ministra Ribero? Van por la vía de la segunda opción.
#1868 por razones de falta de producción. Ertes hay de varios tipos (ya existían desde hace años).
Por ejemplo, una compañía aérea. Se quita el estado de alarma, pero sigue habiendo muchas restricciones de todo tipo debido al covid. La fuerza mayor ligada al estado de alarma ya ha decaído, pero la realidad es que de una flota de 100 aviones (por ejemplo), solo hay vuelos para 10 durante varios meses. Pero sabes que tu producción se va a ir recuperando conforme pasen los meses, con lo cual, no puedes volverte loco y despedir al 90% de tu plantilla. Así que aplicas un Erte por razones productivas debido al Covid.
#1870 nosotros tenemos un FM por fuerza mayor y acto seguido al decaimiento del estado de alarma, el productivo por 6 meses. Pero si lo que hacen es continuar con la FM aunque no haya estado de alarma... ¿what?
#1871 pero ahí la causa que motiva la restricción persiste, ya que como sennintuye, no es la fuerza mayor propiamente, sino restricciones en materia de transporte civil de personas
#1872 te copio de nuevo, que respondiste Antes de que me diera tiempo XD
nosotros tenemos un FM por fuerza mayor y acto seguido al decaimiento del estado de alarma, el productivo por 6 meses. Pero si lo que hacen es continuar con la FM aunque no haya estado de alarma... ¿what?
Una duda si la empresa se declara en quiebra te toca ir a fogasa no? y de la antiguedad y eso pues adios no?
#1873 es que, sin conocer obviamente los términos, no me detengo tanto en la denominación de la causa, sino en su esencia.
Si la FM del EA es porque cierran los corredores aéreos, ahí hay una causa de FM, porque? Porque la misma se origina en una voluntad externa a la empresa y además diferente a las causas etop (las típicas)
Por lo que, si decae el EA, pero se mantienen las restricciones aéreas, la FM persiste.
Todo ello con independencia de que vaya al no en origen dentro del paquete de medidas del EA.
#1874 bueno en principio vais a concurso de acreedores. El FOGASA vendría como garantía de ciertos salariales cuyo percibo se vuelve imposible y con un límite.
Por lo que, si decae el EA, pero se mantienen las restricciones aéreas, la FM persiste.
Eso es lo que quiero yo ver, porque hasta que no decaiga la FM, no comienzo el otro. Algo que en teoría me beneficia.
#1876 es que el estado de alarma puede decaer y mantenerse las restricciones fronterizas, porque en ese caso además, dependerá de España (por el tránsito interno) y del resto de países en consonancia con España (respecto del externo).
Por eso no te calientes con el EA, en ese ámbito es muy concreto lo que afecta.
#1877 ya, si de lo que realmente estoy atento es de “la desescalada”. Y de a ver cuando se abre Schengen, como mínimo.
#1879 pero estan en el sistema del SEPE? Si es así en apartado de nóminas te pondrán que tienen como máximo para pagarte el 15 de mayo
#1850 Cuando pase el estado de alarma te cambiarán de un ERTE a otro y arreando (suponiendo que puedan). O eso o despedirán a media España porque de un día a otro no se va a recuperar la actividad económica, por lo que no harán falta la mitad de los trabajadores.
#1860 ¿Las empresas no pueden pasar de un ERTE a otro cuando acabe el estado de alarma?
#1881 Ya estan pidiendo los ertes flexibles curraremos a media jornada o que se yo pero vamos que peor de lo que estabamos seguro
#1881 claro que pueden, todo depende de la causa que se alegue.
Fuerza mayor por covid, si, siempre que te impida desarrollar tu actividad total o parcialmente
Causa etop (económica, técnica, organizativa y d producción) pues aquí varía un poco pues no es tan simple como fuerza mayor y para alante, aquí se analiza la causa y se articula el erte en atención a la misma y a los resultados a esperar.
#1883 ya, tengo claro que tendrán que justificar una caída de ingresos suficiente o similar... pero es que esa caída de ingresos se va a dar en muchísimas empresas.
#1885 No creo que puedas ni hacerlo ni te interesa porque:
a) El ERTE de fuerza mayor es más barato para la empresa.
b) No sabes cúando dejarás de aplicar este tipo de ERTE
c) No sabes lo mal que quedará tu sector cuando el estado de alarma se levante.
Demasiadas incógnitas. Como cuando me llama un cliente: "quiero hacer una reserva pero que sepas que te la voy a cancelar si no hay vuelos, o no abre ESTE chiringuito, o hay poca gente, o...". Y le digo: "¿Entonces para qué narices quiere que le haga una reserva?"