#204 no veo yo que se pueda aplicar el art.128 de manera total a la economía, pues no toda iniciativa responde ahora al interés general.
Se ha aplicado este? Por supuesto, en el momento que se obliga al cierre de todo tipo de centro educativo, en el momento en que se empiezan a habilitar hoteles para meter enfermos o cuidar de personas en exclusión social, en el momento que se centraliza la distribución de mascarillas y gel desinfectante y en el momento en que al Mercadona no podemos entrar más de X personas porque dos guardias civiles se ponen en la entrada.
Se está imponiendo el interés general en aquellos ámbitos y sectores económicos que debe imponerse.
Luego tenemos el art. 21 de la LPRL, que en síntesis indica que ante un riesgo te puedes ir a casa y abandonar el centro de trabajo, de aplicación directa, sobre todo teniendo en cuenta la carencia de EPIs que está habiendo, pero ese derecho corresponde al trabajador ejercerlo.
Y hablo esto siendo profundamente estatalista y socialista, pero no estamos en ese escenario y aunque nuestra CE es socialdemócrata, no estamos en 1978.
El erte es la solución intermedia, el pretendido equilibrio entre lo público y lo privado y la herramienta que el estado dota al empresario para evitar riesgo con sus trabajadores, pues durante este periodo, si bien no sé retribuye al trabajador, si se abona el 100% de la cotización debita y otros conceptos de recaudación conjunta. Más un cuando el estado son todos los individuos, o personas físicas o jurídicas.
Creo que es la única solución viable, ojalá se suspendiera el trabajo y se siguiera cobrando, pero no estamos en un estado de ese calibre, y si está medida va a ayudar a que las empresas tengan viabilidad después del covid, que habrá un después, pues elijo el mal menor.