IAE, RETA, 037, 390, y todo lo demás...

bLaKnI

Buenas!

Vuelvo a las andadas con el temita de las narices...

Vamos a ver, en Octubre de 2012, empecé a trabajar con una gente.
Con esta gente, hicimos una factura única por un valor correspondiente a un pago de 3 meses de trabajo. Lo hicimos así y ya.
Entonces, se hizo una sola factura por un valor X en Octubre de 2012.
Me pidieron que la pusiera con fecha de Septiembre para ayudarles. Bien, eso llevo a un problema, porque entró en 3r trimestre de 2012, cuando en realidad hubiera entrado en cuarto y los movimientos los hicimos post día 20 de Octubre, así que implicaba sanción con recargo del 5%. A pesar de todo, presenté a día 26 de Octubre y parece ser que Hacienda hizo ojos grandes... veremos.

Bien el caso es que, para poder facturar, me di de alta en Hacienda (censal) vía modelo 037 (036 simplificado). Esto en teoría, y por mi epígrafe de ingeniero, esto me dio de alta en el IAE y me dio "derecho" a presentar el IVA trimestralmente y tal. Cierto?

Bien. No me di de alta en el RETA (autónomos, SS), ya que decidí que se trataba de una aportación concreta y esporádica. Así debía ser.
Ahora la cosa cambia, y seguiremos mas tiempo juntos, y a nivel mensual. No me contratan, seguimos como freelance.

Luego ahora SI debo ser autónomo ya que se presume que no se trata de algo "temporal" (esa famosa habitualidad de la que todo el mundo habla... que si 3000 € máximo, que si salario mínimo interprofesional...) ya que facturaremos mes a mes. Cada mes presentaré una factura por otro valor X. Como si fuera una nómina, vamos.

Dicho esto, durante 2012 no presenté ninguna factura mas aparte de la ya citada, ya que en realidad si que generé una otra factura este Diciembre, pero decidimos presentarla este Enero, para evitar salirse de la "no habitualidad" y pretender evitar problemas con tener que darme de alta en Autónomos. Ok? Esta factura, se ha hecho con fecha 1/1/2013 y ya la he cobrado. Bien explicado todo esto, ahora presento las preguntas:

1) Darme de alta en RETA. Me han dicho que debo darme de baja en hacienda primero. Y darme de alta de nuevo y entonces luego darme de alta en RETA. Ya que sino, contará como inicio de actividad ese Octubre de 2012 y me cobraran todas las cuotas de autónomos de golpe desde día 1 de Octubre con los respectivos recargos y sanciones.
Es cierto? Que debo hacer y como debo hacerlo? Puedo hacerlo todo este mes de Enero y sin problemas para esta factura ya recibida?

2) Este cuarto trimestre de 2012, no facturé nada (no presenté factura alguna). Luego el 303 a presentar este Enero, debería ser 0€ (pasaré del soportado). Me han dicho que IGUALMENTE hay que declararlo ya que sino, caput. Es cierto? Pero claro, si lo hago, donde lo presento? Ya que no puedo ir al banco a pagar 0 euros, no? Debo ir a hacienda?

3) La anual para 2012, se presenta en el mismo momento que este 303 de enero. Ok. Pero claro, para mi el primer y segundo trimestre de 2012 no existen, no estaba para nada currando en eso. Eso se indica de algún modo? Debo hacer los dos 303 correspondientes?

Lo mas importante y lo que mas me preocupa es cuadrarlo todo.
Debo darme de baja en IAE y hacienda, entiendo que solamente con un 037. Supongo que no debo usar el 840, no?
Luego darme de alta de nuevo inmediatamente después. El mismo día? Puedo ir a Hacienda mañana jueves por la mañana, darme de baja y darme de alta inmediatamente? O debe pasar un tiempo? Porque si debe pasar un mes mínimo, caput para este Enero, no?
Una vez dado de alta de nuevo, entiendo que con el 037, voy a la Seguridad Social y me doy de alta en autónomos, no? Pero presento el 037 ultimo realizado cierto? El de la nueva alta, ya que sino, me caparían...

Tíos, esto es un calvario. Podéis echarme un cable por favor?

Merci! :_(

iroNBiN

Eres un estafador del país, y lo acabaras pagando.

Suerte

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iAtlas

No me gustaría estar en tu situación, lo tienes chungo amigo :/

1 respuesta
PocketAces

¿Pero cómo te vamos a echar un cable si ni entendemos lo que dices?

Ve a una asesoria fiscal o algo, porque vamos...

1
rayka

#1 Te respondo a los punto 2 y 3.

Efectivamente, tienes que presentar el modelo 303 del 4T/12, simplemente marcando la casilla de sin actividad. Lo llevas a Hacienda y te lo sellan.

Este modelo lo presentas al mismo tiempo que el 390, y aquí no se pone los trimestres que has estado de alta o no, simplemente es el resumen de los 303. Como sólo tienes un mdelo 303 con datos, te coincidirá las sumas con éste.


Edito: lo que dices que el modelo 303 del 3T/12 se presentó fuera de tiempo, si no hay requerimiento de la AEAT no lleva sanción. Se trataría de una declaración extemporánea, con un recargo del 5%.

1
1 comentario moderado
bLaKnI

Vamos a ver, en la medida de lo posible, pediría que se ausentaran graciosos y demás personajes, digamos de #1 a #3 y #6.

Las preguntas no tienen nada en especial ni se trata de ninguna situación de nada, y estas además van dirigidas a autónomos que ya estén rodados y que puedan dar luz a los novatos como yo aquí, en MV. Nada mas.

Todos los demás en principio, simplemente deberíais ignorar el thread.

Gracias.

2
Soltrac

A ver, si yo no recuerdo mal, yo presenté solo los trimestres que estuve dado de alta, pero a mi me da que todo lo que te han dicho es así.

Si quieres un consejo, go asesoría/gestoría porque tu caso es muy especial.

1 1 respuesta
bLaKnI

#8 Ya, imagino que el tema gestor seria ideal. Pero la verdad, no debería ser tan difícil. No? Quizás en Hacienda mismo podrían explicármelo? Y por otro lado, a que asesoría vas y como?

1 respuesta
Soltrac

#9 Son funcionarios, si les coges de buenas te ayudarán y si no te mandarán a paseo. Por probar...aunque yo creo que merece la pena gastarte un dinerito en un profesional que te arregla esto en 0,2.

1 respuesta
bLaKnI

#10 Me recomiendas a alguien en especial o a algún "buffette"?
Alguna referencia?

Merci!

2 respuestas
Soltrac

#11 Por internet? Pregunta en tu ciudad mejor porque no conozco asesorias online la verdad.

Paginas amarillas - asesoría laboral.

rayka

#11 Existe un teléfono de información tributaria donde te pueden solucionar el problema de gratis: 901 33 55 33.

#14 Rarillo sí que es. No obstante, date cuenta que tienes un plazo de un mes para presentar el modelo 037 de cese de actividad, con lo cual, si lo presentas mañana día 10, puedes poner que la fecha de baja de la actiidad es por ejemplo el día 15/12/12. Así no va tan seguido la baja y la nueva alta.

Otro tema es la factura que has emitido el 01/01/13. Esta factura la tendrías que quitar y emitirla después de darte de alta, porque el alta en la actividad se daría con anterioridad al inicio de las operaciones.

2 respuestas
bLaKnI

#13 Ok, he llamado.
Bastante dificil hablar con ellos, ya que casi no hablan, se limitan a escuchar y a decir "si" o "no". Pero bueno...

Por lo que he podido sacar, puedo darme de baja del IAE/IVA mediante un 037 mañana mismo, y darme de alta el viernes (mañana también, pero el tio me ha dicho que seria como "muy raro..." ).
Luego eso me renueva el alta de actividad. Les he dicho que me equivoque, que debería haberme dado de baja cuando finalicé en octubre, y que me olvidé.
Entonces iré a ello. Baja mañana, alta el viernes y au!
Luego seguridad social, y ya debería estar...

Guapo ser autónomo en España... muy guapo!

2 respuestas
Kb

#14 seguramente toda respuesta que te den por telefono NO es vinculante

por lo que por tlf pueden decirte misa y que luego te la clave hacienda igualmente

suerte de todas formas que es un buen jaleo el que tienes entre manos xD

TeKaLe

problemón al canto, consulta con expertos mejor

bLaKnI

#13 Quieres decir que se daría con posterioridad al inicio de las operaciones nop?
Claro, esta nueva alta, seria posterior a la factura con fecha 1/1/2013... tambien podria haber puesto 31/1/2013 joder... vaya novato.
Como quito la factura? Es decir, el verbo quitar a que atañe? A pedirle a la empresa que tire la factura y me coja una nueva con fecha posterior al día en que me de de alta en el 037 nuevo?

1 respuesta
rayka

#17 No, no: primero presentas el modelo 037 y, una vez dado de alta, es cuando facturas.

El quitar la factura sería pedirle que tire esa factura como bien dices. Si está por la labor, es fácil de hacer: borra el asiento contable y renumera las facturas registradas en el libro registro de facturas recibidas. Si no está por la labor porque crea que tiene que hacer muchas pirulas para solventarlo, pues déjalo como está, porque a fin de cuentas el iva se va a declarar igualmente en el 1T/13.

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