Me acabo de leer la sentencia y hay una cosa curiosa.
de la sentencia
Que el 21 de noviembre de 2017 realizó una llamada telefónica a
el cual se encontraba en compañía del resto de los
acusados, y poniéndola en modo de altavoz, en el que se dijo: “ hola
(dice L ) ( hola L : “eh y a mi me la dejas metértela
por el culo”yo soy L o,( si te dije que a los tres…(otro) yo paso
de hacer eso…L o.- entonces el viernes hacemos trío u orgía?
los tres…L .-Los tres?. “Dios que estrés…”Otro.- yo creo que
los cuatro “ más divertidito y nos tocaríamos entre nosotros, (risas)
Ello consta en el acontecimiento 760, Oficio atestado policial, anexo I
Wap nº 36.
Que no ha resultado probado que dicha conversación se realizase con
seriedad, por ninguna de las partes,
y claro ellos no se han podido escudar en que de verdad creyeron que la tia iba a hacer una orgia con ellos porque si no les pueden caer ademas de 1 a 3 años por proposición de encuentro con fines sexuales por medios tecnológicos a una cria de 15 años