#1770 12 creo que eran pero hay que entender que el hombre malo malísimo iba a dejarla, eso es maltrato emocional
#1769 Si no me equivoco el mismo dijo que la mató, lo cual sin cuerpo es un error gravísimo en mi opinión, tirando de declaraciones, reconstrucción de hechos, otras pruebas etc se puede llegar al convencimiento sin cuerpo, peeeero no la violación por ejemplo ni otros posibles delitos o circunstancias.
#1774 Creo que debería estar entre rejas de por vida, aún así no va a ser un progre quien me diga que pensar o a quien defender
#1770 Habría que ver las características del caso, no es lo mismo matar a alguien premeditadamente a que te de un arrebato por temas pasionales y eso, puede haber atenuantes por ahí etc
#1777 Tampoco es lo mismo matar a alguien y recibir una felación consentida de una chica de 15 años.
Sin embargo unos se comen 38 años de cárcel y otros no pueden pedirle perdón a la víctima porque esta muerta.
A mi ni me va ni me viene el caso pero lo que me da miedo es que alguien pueda ir 38 años a la cárcel sin pruebas materiales de una agresión sexual, violación, como queráis llamarla, sin más testigos que el de una chica que ha ofrecido diferentes versiones y que tenía una carpeta en su teléfono con sus conquistas sexuales y que en ningún momento presentó ninguna denuncia ni fue ella la que quisó acusar a nadie hasta que sus padres la pillaron. Entonces cambió su versión a violación.
El que no vea que cuanto menos este caso es cuestionable por la información que sabemos es que igual es un poco talibán.
Soy el primero que colgaría a los violadores o los tiraría por un puente pero este caso se me presenta cuanto menos estrambótico.
#1778 Lo se, no estoy de acuerdo PARA NADA, fíjate si no lo estoy que bajaría la edad de consentimiento a 14 y con muchas mas restricciones para poder penar como que se demuestre que la persona se ha aprovechado y eso si ha mediado consentimiento de la chica. Es decir el simple hecho de tener sexo con una chica de 15 años para mi no debería de ser delito, considero que una chica de 15 años y mas en nuestras circunstancias históricas y sociales sabe perfectamente lo que hace. Yo sabia lo que hacia y con quien hacia que cosas, las chicas que conocía igual y muchas con mayores de edad etc
#1778 Me pregunto si en lugar de 15 tuviera 10 años seguirías defendiendo la misma línea de argumentación.
Porque lo que parece que algunos os negáis a entender es que para la ley y por lo tanto, para quién ha juzgado el caso, la situación es exactamente la misma con 15 que con 10. EL CONSENTIMIENTO NO ES VÁLIDO de nada sirve que hables de consentimiento cuando quien lo "da" tiene 15 años y por lo tanto no es válido.
Que ojo, soy el primero que ve dudoso tratar a alguien de 15 igual que a alguien de 10. Pero tampoco sé donde poner la barrera, en 12? en 13?, en 14?
sinceramente creo que cada caso es un mundo y para mi lo ideal es que se valorara la madurez o no de la "supuesta vícitima" en cada caso. Pero ese es otro debate creo yo.
Me has pillado soy un progre de la Ser.
Tus frases me parecen contradictorias por un lado dices "Pues bien que le han cascado 20 años" y luego dices que no quieres que salga de la cárcel.
Decídete.
#1781 No sé de qué hablas porque no he hablado de ese tema en ningún momento, el debate no ha estado ahí jamás por mucho que os empeñeis algunos.
EDIT: Cuando hablo de consentimiento no hablo de consentimiento judicial-técnico, hablo de que la chica a todas luces sabía lo que hacía y no la forzaron en ningún momento. Hablo de sentido común y moral humana, no de aspectos tecnico-juridicos, ahi ya esta claro que <16 no es consentida.
También pareces no diferenciar entre las leyes y lo moral ni sobre la proporcionalidad de penas con respecto a los delitos.
¿Eres de esos que le meterían cadena perpetura o pena de muerte si hubiera, verdad?
Yo busco justicia, proporcional y un tratamiento justo, y es ahí donde está el debate, no desvíes.
#1783 mi respuesta venía a este comentario: "Es lo que tiene que no haya cuerpo del delito y no se puedan probar bien las cosas."
Mi respuesta es que me parece que había suficientes pruebas como para condenarle si le han caído 20 años, y que pocos me parecen comparados con los 38 de estos tres.
#1784 no, estoy diametralmente en contra de la pena de muerte porque entiendo que es imposible garantizar que no se le fuera a aplicar a un inocente por pura estadística. (tal y como demuestran muchos informes y estudios.)
Si que diferencio entre las leyes y la moral, es mas, en mi primer mensaje en este hilo expuse:
ya sin meternos en cuestiones morales que cada uno tendrá la suya... es un imperativo legal, UN ADULTO NO DEBE TENER SEXO CON UNA CHICA DE 15 AÑOS. PUNTO.
Yo creo que la pena impuesta no es proporcional al mal causado (moral), pero creo que si que es proporcional al ordenamiento jurídico (cuestión legal).
Veo que dices buscar justicia, se pone en cuestión frecuentemente si la chica debe ser o no responsable del consentimiento dado pero sin embargo obvias que está probado que los acusados eran plenamente conscientes de que cometían un delito y de los problemas que podrían tener y aún así tiraron para delante. Además de haber presentado un testigo falso y haber negado saber la edad, cuestión que ha quedado probado que sí conocían.
Es que su defensa les ha llevado directos a este veredicto, no se puede hacer peor.
#1786 Yo no les excuso, pero me gustaría que fueras igual de crítico para ambas partes, cosa que no veo.
Independientemente de la defensa, son los jueces los que permiten que se les imputen el mismo delito 3 veces, sólo utilizando un testimonio que a todas luces no cumple requisitos que se piden para darle validez, leo la sentencia y me quedo a cuadros, quizas tecnico-judicialmente este bien (y aun asi me extraña, me parece una absurdez) pero con respecto a la proporcionalidad del sentido comun es una puta locura.
#1787 es que no puedo ser igual de crítico con una persona de 15 años que con una persona de 22 y 24 años (ves, con el de 19 que además al parecer es medio lelo si que encuentro muchos matices).
A una persona adulta le debo exigir (moral y legalmente) una responsabilidad para con sus actos y declaraciones, sin embargo, tal y como entiende nuestro sistema legal, a un menor de edad no le puedo exigir responsabilidad de sus actos y declaraciones y si que entiendo porqué es así. Porque entiendo que una persona con 15 años tiene mil mierdas en la cabeza, un desajuste hormonal de tres pares de cojones y la mayoría son imbéciles (como lo fuimos todos a esa edad), por eso veo bien que se proteja.
Ahora, me gustaría que se hubiera sometido a una prueba de madurez a la chica para valorar mejor ese consentimiento y hasta donde era o no consciente.
Edit: No es verdad que solo se tenga en cuenta el testimonio. Hay vídeos de la relación, hay pruebas de que ellos conocían la edad y que los habían avisado y obviamente también está probada la edad de la chica y de los chicos en los hechos. Juridicamente es impepinable que cometieron varios delitos, entre ellos el encubrimiento y falso testimonio (con el tema del testigo falso y la declaración de que ellos no sabían la edad).
#1788Trasno:es que no puedo ser igual de crítico con una persona de 15 años que con una persona de 22 y 24 años (ves, con el de 19 que además al parecer es medio lelo si que encuentro muchos matices).
En ningún momento te he pedido que seas crítico ni con los chavales ni con la chavala, hablo de la pena.
#1788Trasno:Edit: No es verdad que solo se tenga en cuenta el testimonio. Hay vídeos de la relación, hay pruebas de que ellos conocían la edad y que los habían avisado y obviamente también está probada la edad de la chica y de los chicos en los hechos. Juridicamente es impepinable que cometieron varios delitos, entre ellos el encubrimiento y falso testimonio (con el tema del testigo falso y la declaración de que ellos no sabían la edad).
Te vuelvo a repetir, no es esto de lo que hablo, es de la desproporcion de las penas. Que hubo relaciones está claro que es cierto, no voy por ahí.
Una cosa es comerte una pena por "violacion" porque la chica era -16 años y otra comerte 38 años por una felación que ni fue forzada pero en la que los jueces hacen malabares constantes para meterla.
Joder, es que lees la sentencia y te quedas loco, el testimonio de la chica solo vale para meter penas, cuando no conviene no se le da veracidad/legitimidad.
Se le quita veracidad al testimonio o se le da según conviene para la pena. Por un lado dice que ella no era responsable y por otro le da total veracidad a su testimonio a pesar de que es obvio para todos que no lo tiene.
https://medium.com/el-saco-del-coco/la-sentencia-del-caso-arandina-explicada-3185de13b6d5
La sentencia del caso Arandina, explicada
9 min read
"Recordemos: estos hombres tuvieron contacto sexual con una chica de 15 años, y simplemente por eso, a dos de ellos les corresponderían entre ocho y doce años de prisión. Eso es justo y está bien."
#1781Trasno:sinceramente creo que cada caso es un mundo y para mi lo ideal es que se valorara la madurez o no de la "supuesta vícitima" en cada caso. Pero ese es otro debate creo yo.
Claro, y el que vaya a follar tiene que hacerle un examen psicologico a la otra persona para vez si es igual de madura que el, y si juzga mal a la otra persona, 38 años a la carcel igualmente.
Creemos una legislación mas relajada y pongamos a nuestra juventud de 25 años con mas sangre en la polla que en el cerebro haciendo de psicologos y jueces, que puede salir mal?
#992alepe:Tiene su lógica teniendo en cuenta que el tribunal utiliza el hecho de que fueran 3 personas, mayores que ella, más corpulentos etc para probar la intmidación ambiental y justificar la agresión sexual
Yo personalmente no veo lógica alguna en admitir que por el hecho de que "ellos" sean multitud equivalga a intimidación ambiental. Para que haya intimidación ambiental (como dice alguna jurisprudencia) es necesario que en el hecho se identifique un acto concreto y probado encaminado a producir tal intimidación. Lo que además supondría una consonancia absoluta con el principio de culpabilidad; a mayor desvalor en la acción, mayor reproche penal.
Afirmar que 3 hombres son intimidación ambiental per se es tanto como admitir un Derecho Penal de Autor en el que el hombre es culpable con base a características innatas en vez de ser culpables por sus actos propios. Se debe juzgar partiendo de esa base. Y a su vez supone admitir una ficción en el que los hombres deben ser culpables por la inacción de la mujer para negarse a mantener las relaciones sexuales. Una suerte de versari in re ilicita.
Cómo podían saber ellos que la estaban intimidando si ella no dice nada? Solo podrían saberlo si fueran conscientes de que son intimidantes. Lo sabían? Lo somos todos? Un claro error del tipo. Ergo exclusion de dolo en la acción. Por tanto no hay culpabilidad por "intimidación"
Pero eso no es problema, porque la sentencia dice (pág. 15) que no hace falta más para condenar. Simplemente aclara que “el testimonio de la víctima cuando se erige en prueba de cargo, como normalmente sucede en hechos como el enjuiciado, está sujeto a la hora de su valoración a unos criterios, que no exigencias, como son los de ausencia de incredibilidad, verosimilitud del testimonio y persistencia en la incriminación”.
El primer criterio es la ausencia de incredibilidad: si la mujer no sufre transtornos mentales, y además no tiene intereses personales que le puedan llevar a denunciar en falso, entonces su palabra basta para condenar.
En este caso la denunciante se había mostrado muy ansiosa ante la posibilidad de que los jugadores se fuesen de la lengua, y había difundido varios audios en los que usaba expresiones como “están advertidos y saben las consecuencias”; “como cuenten algo, te juro que temblarán”; “como saquen algo, se lía aquí padre”; “como se vayan de la lengua, mecagüendiez, yo sí que me voy de la lengua e incluyo cosas inventadas”; “como cuenten algo yo también hablaré de todo, todo, todo e inventando” y “estos se van a cagar, voy a empezar a mentir más de la cuenta”.El tribunal aclaró que efectivamente la chica había hecho esas amenazas, pero que luego ante el tribunal “negó que fuese a inventar nada que perjudicase a los acusados” (pág. 25). Decidieron que no había ningún posible interés en denunciar en falso, y dieron por cumplido el primer criterio.
Esto es BRUTAL
#1781 seguro que se aprovecharon de ella porque era menor y no porque estaba buena. malditos pederastas
#1793 El dolo tiene que abarcar la intimidación. Si el sujeto activo no "sabe" que está intimidando hay error de tipo, o dicho de otro modo, la conducta es atípica (en cuanto a la intimidación). Me preocupa que la gente en general no entienda lo que es la intimidación ambiental (un concepto completamente lógico), pero más preocupante aún es que algunos juristas tampoco parecen tenerlo claro.
En el caso que nos ocupa me da la sensación de que el Tribunal ha aplicado casi de forma automática la "intimidación ambiental", así como la modalidad concursal de entender que existen 3 violaciones en lugar de 1 al tratarse de una violación grupal con intimidación, por la misma razón. Y son 3 magistrados de una Audiencia Provincial a los que se les presupone experiencia y pericia.
#1796Celestine:El dolo tiene que abarcar la intimidación. Si el sujeto activo no "sabe" que está intimidando hay error de tipo, o dicho de otro modo, la conducta es atípica (en cuanto a la intimidación).
Exacto. Tan simple como eso. Pero no sé si me lo cuentas como si no lo supiera jajaja. Creo que es lo que he dicho en el comentario anterior.
#1798TheFiskal:que se dirige a vencer la voluntad de la víctima
¿Y no se supone que en la misma sentencian los jueces dicen que nadie la forzó? Es que no entiendo como pudieron no forzarla y admitir que ella consentía aunque no explicitamente (habrá que firmar un contrato o algo) y luego dicen que fue "intimidada" para realizar las felaciones.
¿Pero no dice también la sentencia que hablaron explicitamente de ir al piso para mantener relaciones?
Es que no acabo de verle sentido xd