#632 no puede ser.
Supongo que hablas del anteproyecto, aunque ya se dijo que ni se inventaban penas ni se invertía la carga de la prueba.
Lo que es la legislación vigente, sobre la ley de 2004, pásate por el #607 y verás que no se agravan las penas, solo en uno de los casos leves la mínima para ella es de 3 meses y para él de 6, lo cual se explica en la sentencia que a continuación pongo de 2018.
Si lees la sentencia o uno de los 1000 análisis puedes criticarla a gusto.
Respecto del hecho que como consecuencia traiga lesiones y como podrás ver, la mujer tendrá una horquilla de pena sustancialmente más agravada, ya que se le es aplicable el agravante de parentesco.
Todo esto no significa que necesariamente sean por norma condenados a "lo mismo" ya que el Juez gradúa dentro de esas horquillas.
Nunca dije "las mujeres son colectivo vulnerable", dije que física y estadísticamente y supongo que culturalmente, en ese ámbito (agresiones en las relaciones de pareja y sexuales) el legislador así lo considera (para confirmar puedes leer la exposición de motivos de 2004).
Sobre lo último, no digo que deba o no hacerlo, digo que no se pone en la perspectiva de la ley y así poco se puede criticar o desarmar dicha perspectiva.
Y la verdad, es difícil de cojones decir que la mujer no está en "desventaja" en este tipo de delitos. Pero si no te parece que justifique la especialización legislativa puedes combatirlo como mejor consideres, sin inventarte penas mejor.