Huele a que estando allí han fichado tu matrícula extranjera y buscado los datos del titular del coche en alguna base de datos, y están intentando meterte el timo del peaje por el ojete.
Un poco de info aquí:
https://www.motor.mapfre.es/consejos-practicos/consejos-para-ahorrar/ue-coordina-pago-peajes-extranjero/
La nueva directiva, que entró en vigor el 15 de mayo, señala que, cuando se abra un procedimiento, se debe informar también al propietario del vehículo o a cualquier persona identificada como conductor atendiendo a las normas de su país de residencia, indicándole las consecuencias jurídicas de la infracción en la nación en la que se cometió, y todo ello escrito en la lengua del documento de matriculación del vehículo o en alguna de sus lenguas cooficiales.
Para los expertos, esta directiva plantea dudas legales sobre la capacidad de aplicarla de forma compatible con el ordenamiento jurídico de cada Estado, ya que un país no tiene la capacidad ejecutiva para garantizarse el cobro de un peaje restando esa cantidad de las cuentas bancarias del residente de otro país. Otros lo ven como un primer paso en la dirección correcta, pero deficiente en algunos aspectos, ya que lo ideal sería implantar un sistema universal.
Aquí bastante más información:
https://drive-smart.com/es/blog/2021/08/12/multa-peajes-portugal-pagar/
Los expertos legales de DriveSmart son tajantes. En Portugal no pagar los peajes es una infracción tributaria, por lo que deberá ser la propia administración tributaria quien lo reclame de manera legal en España, es decir, mediante la correspondiente reclamación judicial. Algo que, siendo objetivos, es improbable que ocurra pues la cantidad a reclamar no justifica el gasto en letrados.
A los conductores les asalta la duda de si pagar o no pagar. La decisión, por supuesto, es personal, aunque nuestros expertos legales señalan que el documento amenazante no tiene valor jurídico por lo que, hasta que no se reciba una reclamación judicial, la recomendación pasa por ignorarlo sabiendo que estas sanciones prescriben a los cinco años, según la jurisprudencia portuguesa, de conformidad con el art. 34 del RGIT.
Lo cortés no quita lo valiente. Si bien es cierto que para exigirte abonar el pago del peaje y/o la sanción, la administración debe hacerlo siguiendo los procedimientos correspondientes, la realidad es que tu vehículo sí tiene asociada esa sanción en Portugal.
Por eso, si vas a viajar al país vecino, además de recomendarte instalar un dispositivo de telepeaje en tu coche para evitar que te vuelvan a sancionar, debes ser consciente que sería posible que te pudieran inmovilizar el vehículo en un peaje con lector de matrículas. La sanción en Portugal al ser una infracción fiscal (es de hasta 25 veces la cantidad no pagada), puede suponer que la Guarda Nacional Republicana (GNR), que es la fuerza de seguridad con funciones de policía en el país luso, podrían llevar a cabo la inmovilización de tu coche.