#44 Bueno, interesante debate.
El empresario es el que se lleva el mayor margen de beneficios, pero también el que se lleva el mayor margen de pérdidas.
Las pérdidas se pueden delimitar a lo aportado o invertido, sin embargo los beneficios son, en principio, ilimitados. Sucede que que al emplear a una persona, lo que gasto en esa persona se que va a ser un salario fijo, mientras que el resultado de la explotación que sobre el ejerza no tiene límite.
Puede no ganar nada ese mes y puede ganar un 1000%, ese trabajador y los medios puestos a su disposición será siempre cien.
El empresario es el que realiza la inversión, el que proporciona los bienes que necesitarán los trabajadores para realizar su trabajo (local, transporte, mercancías...). El empresario asume el RIESGO, el trabajador no.
El empresario es quien pone capital para poner medios de producción, si. Pero el trabajador asume el mismo riesgo si la empresa se jode, perder su fuente de ingresos.
El empresario cuando monta un negocio se juega su capital, su patrimonio, si su empresa no va bien y quiebra (ya sea por mala gestión, o por factores externos como una crisis) el empresario se arruina y asume todas las pérdidas. En cambio los trabajadores pierden su trabajo y se llevan su indemnización, pero no pierden nada más, no tienen más que encontrar otro trabajo (dependiendo del paro, con mayor o menor facilidad).
Este párrafo tiene más miga, es más complicado y amplio. Para empezar, habrá que delimitar ante que tipo de empresario estamos. Si es un autónomo y no existe persona jurídica de por medio, no existe división de patrimonios y empresa y patrón son lo mismo.
Sin embargo, si existe persona jurídica de por medio, el riesgo viene dado solamente a lo aportado.
Ahora, y ojo que es peligroso, si una empresa quiebra y cierra, el trabajador se llevará parte de la indemnización y no toda, y todo previo paso de la declaración concursal y dependiendo del resultado de la liquidación de bienes. Los salarios debidos tendrán un orden prioritario respecto de otras deudas que tenga el trabajador (no estoy seguro ahora mismo si incluso por encima de acreedores, pero diría que si).
Para evitar esto, se creó el FOGASA.
Es bueno saber, que en caso de impago de salarios, tu tienes la obligación de continuar trabajando ya que de lo contrario se puede proceder a tu despido y que los tribunales lo estimen procedente (en caso de impugnación) por inasistencia al trabajo.
¿Sabías que en España el despido se configura como causal pero en la práctica es libre?
Criticáis al empresario como si siempre tuviera éxito, y hay un montón de empresarios que se han arruinado con la crisis y lo han perdido todo.
Y cuando cierra y tiene trabajadores que como consecuencia del modelo fordista de producción no saben hacer la O con un canuto, ese trabajador se encuentra en una situación similar, no sabe hacer nada y es posible que con 55 años no vuelva a trabajar, siendo el periodo más próximo para alcanzar la jubilación anticipada forzosa los 61 años.
Sobrevive 6 años, con una indemnización de 20 días por año trabajado con máximo de 12 mensualidades, 2 años de paro más 6 meses de subsidio, y vaya por delante que para mi no son las indemnizaciones la panacea. Yo las disminuía, pero a cambio establecía que en caso de declararse la improcedencia del despido fuere el trabajador quien tuviera en su poder la decisión de reingreso o abono de la misma.
He visto y conocido empresarios de todo tipo, autónomos que madrugan y curran hasta caer el sol, con una vida sencilla y que aunque ganen dinero no derrochan, teniendo una mentalidad previsora y cauta y otros, que con la empresa en pérdidas se iban al Rocío debiendo parte de las nóminas de sus trabajadores.
Obviamente hay de todo, pero entiendo que el acceso a los bienes de producción deberían ser público, pero esta es mi opinión.
Si alguien quiere meterse conmigo, con elegancia y corazoncitos, que es viernes de amor.
Edit: Vaya tocho.