#153
Esto es lo que dice el Reglamento del Parlament:
"la Mesa del Parlamento debe establecer los criterios generales para delimitar los supuestos que permiten la delegación"
Y esto dijo Llarena en su Auto, adjudicándose una errónea función ponderadora en este caso:
“se aprecia una incapacidad legal de que los investigados en situación de prisión preventiva -que no otros-, puedan ejercer su derecho de representación de manera prologada e indefinida”
Y concluye diciendo:
“declarar la incapacidad legal prolongada de estos investigados para cumplir el deber de asistir a los debates y las votaciones del Pleno del Parlamento de Cataluña, por lo que, si los investigados lo solicitaran, corresponde a la Mesa del Parlamento arbitrar -en la forma que entienda procedente y si no hay razón administrativa que se oponga a ello-, el procedimiento para que deleguen sus votos en otro diputado, mientras subsista su situación de prisión provisional”.
Lo que está haciendo es privarle a la Mesa del Parlament de su función de decidir si es delegable o no el voto de estas personas, está haciendo el trabajo de la Mesa por adelantado. Y aunque al final la decisión sea de la Mesa, no cabe duda de que el que un Magistrado del Supremo diga esto en un Auto tiene importancia.
#155 Pues si hay otro motivo desde luego yo no lo encuentro en el Auto.
#154 Lo que está haciendo es alterar el normal funcionamiento de un procedimiento judicial como es una euroorden con la excusa de que así pediría el voto delegado.
A mí que le nieguen o no el voto delegado me da igual. Lo que me preocupa es que una decisión judicial se base en una estrategia política.