#147 La situación era la que era: había un impuesto que se pensaba que tenía que pagar el cliente, y por ende los acuerdos hipotecarios se realizaban sobre esa premisa.
Ahora dicen que no, que lo tiene que pagar el banco, pues perfecto, el banco lo pagará y hará los acuerdos futuros sobre esta nueva premisa, aplicando unos términos diferentes.
Si se hubiese obligado a los clientes a pagar el impuesto en contra de lo que claramente decía la ley me parecería bien, pero si no estaba nada claro, y no lo estaba hasta el punto de que los jueces ya habían dicho anteriormente que era responsabilidad del cliente, entonces lo que estáis reclamando es aprovecharos de la ambigüedad legal a vuestro favor. Lo cual os parece perfecto siempre que salgáis ganando, claro.
Me imagino que diríais lo mismo si ahora el TS dijese que hay un error al aplicar el impuesto de sociedades y tenéis que haceros cargo vosotros de una parte del que han pagado todas las empresas con las que habéis contratado productos o servicios en los últimos 4 años. O a lo mejor os daríais cuenta entonces de la burrada que estáis defendiendo.