Susto conduciendo, ¿quién tendría la culpa?

G

#28 Solo hay que mirar el gps.
El mio (el coche) me marca unos 9 km de mas.
Asi es que en autovia con 120 de velocidad maxima voy tan tranquilo a 129-130.
El limite seria unos 135 km/h al sumar el margen de error de los radares.

DiSoRDeR

Tiene preferencia el que ya está en el carril, es decir tú. Él tendría la culpa.

TripyLSD

Recientemente se resolvió una disputa por un golpe que tuvo mi padre en ciudad que le duró varios meses de pelea entre las aseguradoras porque no estaba claro quien era el culpable.

Al final acordaron que fue culpa del otro, que circulaba por la izquierda.
La aseguradora le dijo a mi padre que al igual que existe la "preferencia de inocencia" al que circula por delante, también hay un supuesto similar para el que circula por la derecha.
Eso fue en ciudad, que se supone que hay más permisividad de circular por la izquierda. Así que imagino que en carretera será aún más común.

Y aparte de eso, a mi ver:

  • si circulas por encima de la velocidad máxima, no tienes excusa. Aunque si dices que ibas a 100 en una de 90,. meh, Tu ibas a 90
  • si ciculas por la izquierda en autopista sin hacer un adelantamiento, no tienes excusa. Cabría la excepción si hay una salida a la izquierda y estás ahí para cogerla (como ésta en la M30)
D10X

#1 Básicamente, si le das por detrás, la culpa es tuya. Cualquier golpe que des por detrás, será culpa tuya. Incluso si dan marcha atrás en un semaforo y te dan, como el otro no lo admita, es culpa tuya.

La única excepción sería el dar hacia atrás saliendo de un aparcamiento, q sería culpa del que sale del aparcamiento.

En tu caso, si os dais en el lateral sería la única manera de q puedas justificar q es culpa suya.

doogie780

#11 Es al revés chico, marcan siempre un poco más en el coche.

En BMW, Nissan y Mercedes al menos.

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Thunderhawk

#35 En mi BMW marca 130 y voy a 120 según el GPS.. talvez un pelín menos de 130. Pero vamos creo que has entendido mal, siempre marca el contador de más de 5/10km/h por eso puedes ir a 130 con calma de que no te multen aunque no os aconsejo arriesgaros con los radares fijos..

Y el golpe en principio sería culpa tuya siendo un poco difícil de demostrar por ambas partes.. Golpe lado izquierdo, sin terceras partes implicadas.. Eso con un poco de suerte se llama a la GC y rápidamente averiguan que ha pasado por que para empezar no sería normal un golpe de ese modo.. Lo único que se me ocurre del otro conductor es por evitar algún animal en la carretera pegó ese volantazo, si no es que te quería estampar aunque la verdad hay mucho dominguero suelto estos días.. xD

ManOwaR

#35 y es lo que he dicho, que marca por encima de la velocidad real.

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Kalgator

#15 El problema es que en españa no se puede usar como prueba eso, es mas, no puedes grabar nada desde dentro del coche

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Sinso

No es por hacer derail pero cuidado con decir eso de que todos marcan de menos porque es lo que creéis que pasa, y no tenéis la seguridad de que sea así.

De hecho el de mi mujer marca de menos. Lo he comprobado mil veces, a 120km/h marca 113/114.

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NigthWolf

#38 Pues no tenia ni idea de esto, sin sentido xD

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Kalgator

#40 todo es gracias a la AEPD que tenemos, donde no podemos grabar en zonas publicas (las carreteras lo son), y tampoco podemos grabar a nadie sin autorización, así que si grabas el accidente, al no tener consentimiento te van a rechazar la prueba XDD

empleando un criterio por el cual hacemos un uso particular de la cámara, "podríamos usar esas imágenes para un procedimiento judicial (demostrar la responsabilidad en una infracción, etcétera), pero no para ponerlas en internet o así. Los tribunales admiten como prueba las grabaciones en las que uno ha sido parte". Sin embargo, "con el criterio de la Agencia, tendríamos que considerar que las pruebas se han obtenido con vulneración de derechos fundamentales", ya que se han tratado datos personales sin autorización, por lo que podrían anularse en un juicio. "Es un asunto complicado y no especialmente bien resuelto", remata el abogado de Abanlex.

https://www.xataka.com/automovil/quieres-instalar-una-camara-en-tu-coche-esto-es-lo-que-dice-la-ley-sobre-ellas

Es muy fuerte esto de la protección de datos, pero luego a los ciclistas si que les dejan llevar una gopro en la cabeza :psyduck:

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House-

#39 Se podría decir que el 99% de los coches marcan más velocidad de a la que realmente van. Ya tengas un clio, m3 o lo que sea. En algunos la diferencia será más notoria obviamente.

Por curiosidad, de qué coche hablas? Nunca había escuchado que fuese al contrario.

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Spiker

Que coño habláis de la velocidad?

Si vas por la ciudad a 150 y un tío se te salta un stop y te da quien tiene la culpa? Pues el tío que se ha saltado el stop da igual a la velocidad que vaya, este mal hecho o no que vaya a 150 pero eso al seguro se la suda.

Así que no le digáis lo de la velocidad porque si el otro tiene la culpa de igual que fuera a 200.

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Sinso

#42 Un Xsara hdi

YankoFarelli

Yo creo q la culpa es suya pero a la mínima q no esté claro los seguros pactan el tema a pachas

TripyLSD

#41 ... en el mismo artículo que has puesto hacen un comentario sobre las GoPro


"la clave está en si la dashcam realiza una grabación continuada o bien es activada y desactivada puntualmente a decisión del usuario".

En el primer caso, con una cámara que grabara incluso con el coche aparcado, hablaríamos de videovigilancia. En el segundo, hablaríamos de una cámara que grabara sólo puntualmente y a petición del usuario, como quien quiere guardar para siempre el recuerdo de una excursión. Ese uso de las cámaras a bordo "se asemejaría más al uso de una GoPro o unas Google Glass", detalla Muñoz.

La ley está bien que exista, si no tendríamos cámaras de particulares grabando 24 horas porque así hay cierta mesura.
No obstante dudo mucho que en un juicio no te acepten como prueba una grabación porque es ilegal hacer videovigilancia de espacios públicos. Si es ilegal o no es otro asunto por el que te deberían denunciar de ser necesario, al igual que las grabaciones de audio donde el otro no tiene conocimiento

Al final es un puto follón, porque cada vez hay más y más cámaras.
El otro día vi que los nuevos RangeRover tienen montada una cámara como retrovisor central.

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Kalgator

#46 Es que si tu grabas un momento por que te apetece y es en espacio publico (da igual que sea dentro del coche), no hay problema (por eso las de los ciclistas las aprueban, ya que es una mierda gopro en el casco), pero si tu te instalas una camara en el coche es para videovigilancia, la cual no puede estar apuntando a espacios publicos, y si lo está, tiene que estar señalizada, cosa que no puedes señalizar en un coche, por ello te tiran los videos en los juicios

Y hay muchisimos juicios donde los han tirado, busca y verás, pero bueno, yo soy partidario de que hayan camaras en cada esquina, si me quieren ver tirandome un pedo, pues allá ellos xD, no tengo nada que ocultar, y, como hacen en rusia, todos los coches deberían tener una camara, así se soluciona de un plumazo todos los problemas cuando tienes un accidente (yo, quiero, iba a echar para atrás para aparcar, pues estaba posicionado ya, no venia nadie detrás, y, a la que voy a echar para atrás me estampó un coche por detrás... al final, culpa mia, por que la otra persona decía que estaba echando marcha atrás, aun que el coche no estaba en movimiento, decir "estaba aparcando" hace que seas culpable de todo.. lo bien que me habría venido una camara en ese momento)

Edit: las camaras que tienen los coches son para aparcar/ver, pero no graban nada, así que están permitidas

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ArKan0iD

Otro hijo de puta que se duerme conduciendo o mira el movil sin saber seguir en linea recta. Pero lo que más me jode es que encima va por el carrel del medio cuando se debe ir por la derecha siempre que sea posible.

TripyLSD

#47 ¿algún ejemplo donde no admiten como prueba una grabación por ser ilegal? cuesta encontrar
Encuentro jurisprudencia haciendo divagaciones sobre unos supuestos y otros.. por ejemplo, aquí del 96 (!) que por un lado dicen que no, pero que si es por un delito si... no se puto aclaran

https://www.iberley.es/jurisprudencia/sentencia-penal-n-353-1996-ts-sala-penal-sec-1-rec-779-1995-19-04-1996-14912401
“2º. La validez de la prueba practicada con la filmación o grabación de cintas de video supone que, en la línea de lo explicado antes, no se vulneren derechos esenciales, tales la intimidad
[...]
3º. Es en consecuencia válida y correcta la captación en general de imágenes de personas sospechosas recogidas en la vía pública de manera velada o subrepticia, en los momentos en los que se supone fundadamente que se está cometiendo un hecho delictivo, pues ningún derecho queda vulnerado en estos casos

Sentencia Penal Nº 353/1996, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 779/1995 de 19 de Abril de 1996

Y que no graben, que sólo hagan emisión en vivo, podría tener el mismo problema que las cámaras de videovigilancia de negocios. Aunque no grabes con ellas, aunque las uses sólo como monitorización en vivo, no pueden apuntar a espacios públicos... es absurdo, porque puedes poner a un espejo apuntando al mismo lugar que no pasa nada, pero una cámara no :woman_shrugging: . En mi anterior empresa casi nos sancionan por eso

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Kalgator

#49

#49TripyLSD:

Y que no graben, que sólo hagan emisión en vivo

Las que usan los coches por defecto no graban nada, solo muestran en vivo para ti mismo, así que no hay problema

Los videos que puedes subir tienen que tener las matriculas censuradas para que no te puedan multar (hasta 300.000€ pueden llegar a caerte)

Y segun estoy leyendo ahora, si recortas los videos solo en el momento del accidente pueden aceptarte el video si quieren

Las redes sociales están llenas de ejemplos. Imágenes impactantes de la carretera tomadas desde el interior de un coche. Conducción temeraria, excesos de velocidad, adelantamientos imposibles, intentos de fraude al seguro… Vídeos grabados por particulares y muchas veces difundidos en las cuentas oficiales de Twitter la Guardia Civil o la Dirección General de Tráfico. Habitualmente, eso sí, con las matrículas difuminadas para proteger la identidad de los automovilistas.

Instalar una cámara puede ser una idea muy atrayente, y hay un modelo, de hecho, que la integra como opción. Se trata de la Connected Cam del Citroën C3, pensada para el ocio (hacer fotos o vídeos cortos para compartir) y para la seguridad.

El dispositivo va constantemente grabándolo todo y eliminándolo pasados dos minutos. Solo almacena los archivos cuando se pulsa para hacer una foto o vídeo, y si se produce un accidente. En este caso, la cámara guarda los 30 segundos previos y el minuto posterior al percance, lo que puede resultar de ayuda para dirimir quién es el responsable. Pero aquí empiezan las dudas.

¿Qué dice la ley?
No existe en estos momentos ninguna normativa expresa sobre la posibilidad de llevar o no cámaras de grabación en vehículos privados. Así que, según la abogada de ARAG Míriam Montero, “se tendría que estudiar cada caso concreto para determinar la legislación que se debería cumplir”.

De hecho, desde la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dan una serie de directrices para valorar en cada situación qué debemos hacer. Montero comenta que “la Agencia valora que la cámara tenga una medida idónea, proporcional y equilibrada para la finalidad de la instalación”. Por regla general, eso sí, se necesita el consentimiento de una persona para grabarla.

En definitiva, ¿es legal tener una cámara de grabación en tu coche? Y la respuesta no es clara: depende del tipo de grabación, para qué la utilices y cómo.

¿Podemos reclamar al seguro?
En caso de accidente, las imágenes se podrían utilizar, pero siempre deberemos valorar cada caso. La última palabra, al final, la tiene el juez. Si son imágenes que muestran solo el momento del siniestro y se presentan únicamente como prueba documental del juicio para reclamar la culpabilidad del contrario, nos podrían ayudar en nuestra defensa.

¿Y en caso de infracción de tráfico?
Este caso es distinto y deberemos ir con más cuidado, ya que depende del tipo de grabación que tengamos y cómo la hayamos obtenido. Por ejemplo, si es una grabación continuada de la carretera en la que, además de aparecer nuestro vehículo, aparecen las matrículas de otros, podemos estar vulnerando la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Esto se considera una sanción grave y el usuario podría llegar a pagar hasta 300.000 euros. ¿Podríamos utilizar igualmente estas imágenes para defendernos de la infracción? Sí, pero vigila, porque podrían llegar a denunciarte ante la AEPD.

https://motor.elpais.com/conducir/ocho-dudas-legalidad-camaras-grabacion/

Ah y otra nueva xD, si te pillan tocando la camara (dandole al play o moviendola de angulo o algo), te pueden caer 200€ y 3 puntos xD

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Polak

#10 En realidad las llevan por obligación del seguro ya que mucha gente se lanza encima y pide indemnización por atropello.

TripyLSD

#50 Al final hay que aplicar el sentido común. Tu la llevas granbando y listo ¿que te para la polisía? no es videovigilancia, estás grabando puntualmente para una obra creativa. ¿Que tienes un accidente? Casualmente has capturado el video mientras estabas haciendo tu vlogging

N4-V1

tendrias que haberle hecho lo mismo, asi os parais en mitad de la autovia y os dais de hostias, seria un buen espectaculo xDD

Eustakiooo

Justamente venía a explicar lo de #11
A parte del % de margen que se "perdona"

#28 A mi me multaron por ir a 113 en zona 100, cuando de seguro iba a 130

Leddah

algo chungo estarías haciendo #1

margariskid

Los padres

doogie780

#37

Pues buena empanada llevaba que lo he leído completamente al revés xddd.

Z

Cámara panorámica puesta debajo del retrovisor y a grabar cada vez que sales con el coche. Te curas en salud.

B

Una diferencia de velocidad tan pequeña, (5-10 km/h) se puede investigar y averiguar a la velocidad real en la que ocurrió el accidente?

Yukinary

La culpa es suya por cambiar de carril.