Torbe detenido por violacion de una menor.

B

A mi lo que me da la sensación es que con el avance tan rápido de la tecnología y la repercusión que tiene ahora cualquier subnormal en esta el código penal lo deberían enseñar en el colegio porque te la pueden colar por donde quieran.

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alepe

#269 ¿Y cómo sabes si es sólo para ti o no?
Por el contexto de la situación. Hay casos que son demasiado evidentes. Por ejemplo, si una chica te envia una foto en bolas dudo bastante que quiera que la compartas con nadie. Debería darte permiso para que puedas difundirla.

¿Hasta qué punto es ilegal compartir con amigos y sin ánimo de lucro una foto X? Hablo de fotos +18 obviamente
No es ilegal. Solamente si es menor de edad. Sería ilegal si sois conscientes de que tiene un origen ilícito. Algo dificil que saber cuando las imágenes van rondando por whatsapps y demás. Siempre que sean desconocidas blabla

¿Qué pasa al compartir fotos de actrices porno y amateur con tus amigos?
Nada, siempre que no sea menor de edad.

¿Y si al pasar esas fotos cortas la cara y no se identifica a la susodicha es positivo de cara a las repercusiones legales?
Buena pregunta, el derecho a la intimidad engloba todo el cuerpo, no solo la cara. Si una chica te envía esta foto solo para ti, bajo ninguna circunstancia puedes tu enviarla a nadie, aunque sea con la cara recortada.
Y da igual como pases la foto de la menor de edad, sea cortando la cara o cortando sus pies, estás cometiendo un delito.

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B

#272 Y si dices cualquier gilipollez como por ejemplo que cuando tu "amiga" te pasó la foto en pelotas estabas sin gafas y no distinguiste que era ella o cualquier cosa así?

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alepe

#273 Pues que la acusación particular, el fiscal y el juez se reirán de ti mientras se les ilumina la cara al ver que te van a crujir vivo.

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B

#274 Joder, pues puede ser verdad que haya pasado eso, o que te la mande un amigo y no sepas que es su novia, yo que sé de si esa foto la puedo mandar o no si no está implicito en el mensaje, la culpa sería de la chica por no dejar las cosas claras y por mandar la foto.

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alepe

#275 Presunción de inocencia, la parte que acusa debe probar que tu conocías su origen ilícito blabla, si tienen algo sólido contra ti es cuando debes defenderte con las pruebas que puedas valerte.

No hay mas.

B

#272 Vale pero por lo que escribes estás hablando siempre de menores de edad, si son mayores de edad hay barra libre ¿no? (Siempre cuando las fotos no se consigan de manera digamos ilegal).

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alepe

#277 Entiendo que si.

Al menos penalmente hablando.

El término ilegal no solo abarca el origen ilícito que comentábamos antes, también pueden haberse prestado con consentimiento pero forzadas mediante violencia o intimidación. Que anula el consentimiento o este está viciado.

Luego esta el tema del 197.7, que se obtiene con consentimiento, pero tampoco se pueden difundir sin el consentimiento expreso de la misma.

Pero si lo que te preocupa son los video y fotos guarrras del whatsap, no hay problema.

Edito para que se entienda bien: Pero si lo que te preocupa son los video y fotos guarrras RANDOMS del whatsap, no hay problema.

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B

#278

Gracias. Francamente y yendo al grano me preocupa que esté incurriendo en una ilegalidad mandando determinadas fotos personales (no mías) y haciendo backups de las mismas. Todo sin ánimo de lucro por supuesto.

cabron

#278

Te equivocas, por mucho que a ti te pasen un vídeo de forma voluntaria y sea mayor de edad, no puedes hacer lo que te de la gana y pasarlo a quien quieras, se pena hasta con un año de cárcel.

Se cambio la ley a partir de lo de la Hormigos

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alepe

#280 -> #244

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cabron

#281

Pues entonces no entiendo el consejo que le das ahora diciendo que sí que puede pasarle sin problemas a los colegas las fotos que le mande las guarrillas que conozca.

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alepe

#282 Lee el transcurso de la conversación y entenderás la diferencia entre un hecho y otro.

197.7 Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.

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B

#283 #282

¿Pero qué es considerado origen ilícito? En cualquier caso cualquier foto que nos envían de una random no tenemos ni idea de su origen por lo tanto no entraría en esa definición. Y si enviamos una que nos han enviado lícitamente tampoco estaríamos incurriendo en ningún delito, ¿me equivoco?

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alepe

#284 Es que #282 habla de fotos que te envíe a ti una guarrilla.

Nada tiene que ver con fotos randoms de internet que es a lo que creo que tu hacías referencia todo el rato.

Lo que se castiga es recibir una foto de una guarrilla con su consentimiento, y tu pasársela a tus amigo.

Y lo que decía, si tus amigos conocen de que va todo el entramado y reciben las imágenes, tampoco pueden pasarlas, ya que son conscientes de ese origen ilícito que estamos hablando.

cabron

#283

Eso no es lo de la hormigos, en lo de la hormigos se habla de vídeos privados enviados con consentimiento, no de vídeos de origen ilícito

edit:

A ver por creo que no estamos hablando de lo mismo.... yo estoy hablando de que una tía que conoces, te mande un vídeo/foto para ti, y a ti te de por compartirlo con los amiguetes, que se te cae el pelo. No de guardar fotos randoms que encuentras por Internet que no sabes de donde han salido.

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alepe

#286

#286cabron:

A ver por como creo que no estamos hablando de lo mismo.... yo estoy hablando de que una tía que conoces, te mande un vídeo/foto para ti, y a ti te de por compartirlo con los amiguetes, que se te cae el pelo

Correcto.

Pero con fotos randoms de internet, 0 problema.

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intelntl

#248

Es un juegazo, pero cuesta mucho encontrarlo ya

cabron

#287

Vale, es que yo entendí que #284 preguntaba por eso, que tenía vídeos privados que le había mandado quien sea, y que los enseñaba a otras personas.

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B

#287 No no, pues yo estaba hablando de compartir fotos privadas de ligues. Joder vaya desastre. ¿Y si las fotos las haces tú y las envías y sale ella?

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cabron

#290

Da igual quien las haga, si ella se entera y se mosquea, te puede denunciar

alepe

#289 Tenías razón, #290 se refiere a fotos privadas.

Pues Noveno, eso está penado por ley. Aunque la foto la hagas tu y salga ella.

Pensaba que te referías a fotos de chicas random que nadie conoce, ni se sabe el origen de las mismas.

197.7 Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.

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Coman2Sueco

#290 es que si la hiciste tu esta aun mas penado todabia por que va con agrabantes creo yo xD

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alepe

#293 El agravante se aplica en este caso:

La pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa.

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B

#292 Vaya mierda, pero guardar esas cosas que te envían no está penado por la ley al menos ¿no? Igualmente si en lugar de enseñárselas por Whatsapp a un amigo se las enseñas en persona viene a ser lo mismo y es idemostrable que las has "compartido"

#294 #293 O sea que es "mejor" follarte a una puta grabarlo y compartirlo que no hacerlo con un ligue de cara al c.penal?
Francamente no le veo el sentido a que si haces tú una foto con consentimiento esté penado

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alepe

#295 Yo entiendo que el verbo "revelar" podría incluir el hecho de enseñarselas a tus amigos.

Otra cosa es ver como la parte acusadora lo demuestra en un juicio. Únicamente podría tirar de testigos, en principio, y su importancia en sede judicial es relativa.

Lo que se castiga es difundir revelar o ceder a terceros dichas imágenes. Tu puedes tenerlas en tú móvil sin problemas siempre que ella te las haya prestado con su consentimiento.

PD: Tampoco puedes grabar a una puta teniendo sexo con ella y difundirlo a terceros.

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Coman2Sueco

#295 hasta si grabas una puta y lo dilvugas sin consentimiento es delito y todo creo, y si esta penado por que esa persona te da el consetimiento a TI no a que la vean MIL personas

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Aegar

#297 Es que las putas son personas también sabes.

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Coman2Sueco

#298 no lo digo de mala manera aunque lo parezca es mas las respeto mas que incluso a las actrices X, por que las segundas no saben hasta donde puede llegar el que las hayan visto casi todo el mundo en el ambito privado y familiar

S

#297

Enserio? Grabar sin su consentimiento a una puta está penado?, joder que locurón de legislación? Cualquier día prohiben hasta pegarlas.

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