Usufructo en parejas de hecho inscritos en Registr

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Buenas

Sabéis cómo funcionan los registros de parejas de hecho en Castilla o Andalucía.
Cuando tienes hijos y mueres, existe derecho de usufructo para el que queda como en el caso de matrimonio o por el contrario no existe en ningún caso y sólo existe la nuda propiedad para los herederos (hijos)?
Gracias

TheDamien

No lo sé. Preguntale a ChatGPT

El funcionamiento del régimen de parejas de hecho y los derechos sucesorios en caso de fallecimiento varían según la comunidad autónoma en España. A continuación te detallo las diferencias y cómo afecta a los derechos del sobreviviente y de los herederos (hijos):

  1. Castilla-La Mancha
    • Registro de parejas de hecho: Es necesario inscribirse en el registro autonómico correspondiente y cumplir con los requisitos establecidos (convivencia mínima, no estar casado, etc.).
    • Derechos sucesorios:
    • En Castilla-La Mancha, la pareja de hecho no tiene derechos automáticos de herencia como en un matrimonio, salvo que se estipule en un testamento.
    • En caso de no haber testamento, los hijos (o descendientes directos) heredan la totalidad de la herencia y el sobreviviente no tendría usufructo, salvo que se haya estipulado previamente en escritura pública o testamento.

  2. Andalucía
    • Registro de parejas de hecho: Similarmente, hay un registro específico para formalizar la unión. En algunas circunstancias, la inscripción puede ser obligatoria para acceder a derechos específicos.
    • Derechos sucesorios:
    • En Andalucía, las parejas de hecho tampoco tienen derecho automático a la herencia en ausencia de testamento, salvo que se haya previsto en un documento legal.
    • El usufructo no está garantizado por defecto para el sobreviviente. Si no hay testamento, toda la propiedad pasa a los herederos legales (generalmente los hijos).

Testamento para garantizar derechos

En ambos casos, para garantizar derechos de usufructo al miembro sobreviviente de la pareja de hecho, es imprescindible:
1. Hacer un testamento que establezca el usufructo universal (o parcial) para la pareja sobreviviente.
2. Considerar el posible impacto en la legítima de los hijos, ya que no se puede disponer de esta por completo (según el Código Civil Español).

Alternativas legales:
• Formalizar un matrimonio si se busca equiparar derechos.
• Establecer acuerdos de convivencia con cláusulas específicas sobre derechos sucesorios.
• Contratar seguros de vida o herramientas financieras que beneficien directamente a la pareja sobreviviente.

¿Quieres que busque información más específica para tu situación?

n40k1

¿Has probado a llamar al Registro de Uniones de Hecho de esas comunidades o al ayuntamiento? O visitar las respectivas webs.

Hobbes

Cásate y haz separación de bienes, así estás cubierto.

KinachO

Valiente mierda lo de las parejas de hecho, mi mujer y yo lo intentamos en su día y nos dieron tanto porculo que preferimos casarnos xD

alfema

Personalmente lo de la pareja de hecho me parece una tontería, si tengo pareja estable me caso y me ahorro problemas, lo puedes hacer incluso ante notario, rápido y barato.

Si no estoy confundido, la pareja de hecho no tiene validez fuera de la CC.AA. donde te hayas registrado, tampoco fuera de España, como te han comentado, en caso de fallecimiento no hay heredero forzoso, hay que hacer testamento, no se puede realizar declaración conjunta de IRPF si saliera más favorable, hay que reclamar la pensión de viudedad, ...

1 respuesta
n40k1

#6 Eso es, lo de la validez funciona así.

TheFiskal

Creo que en Andalucía y en las 2 Castillas no existe derecho de usufructo para la pareja supérstite registrada en el Registro Autonómico de Parejas de hecho.

En cambio, hay legislaciones forales (como en Galicia o Cataluña) que equiparan los efectos de inscribir la pareja de hecho en su registro autonómico a los efectos mismos del matrimonio. Por lo tanto, en estas comunidades sí tendría derechos sucesorios la pareja que le sobrevive a la persona fallecida.

El truco está en saber si las comunidades que tienen un registro autonómico de parejas de hecho equiparan los efectos del registro de la pareja de hecho a los del matrimonio o no; algunas comunidades lo hacen y otras no. Depende

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Europe0

https://chatgpt.com/g/g-1HyF4d8fI-abogado-y-asesor-legal-espana

De nada.

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