@Soy_ZdRaVo Pregunta: Los 2 años que ya han pasado en prisión restan a los 9 años de la condena? Es una duda que tengo.
EDIT: Duda resuelta, gracias
@Soy_ZdRaVo Pregunta: Los 2 años que ya han pasado en prisión restan a los 9 años de la condena? Es una duda que tengo.
EDIT: Duda resuelta, gracias
#7061 Pues perfecto, si eso es lo que dice el juez y la sentencia, es lo que hay.
Gracias por tu oferta de paypal, no te preocupes, anoche en el casino fue bastante bien la cosa, me llega para unas cajitas
PD: Nos vemos en el siguiente juicio que tienen tus amigotes por toquetear a una tipa semi inconsciente.
habrá que ver en qué se basan para afirmar que existió ese abuso, pero de primeras les han metido la condena alta, cuando el mínimo por abuso son 4 años y el máximo 10.
Bueno, luego se puede ver la sentencia y lo explicaran bien seguro. Pero que vamos a mi personalmente me parece una sentencia muy lógica (que no quiere decir que sea la mejor, yo que se xdxd).
Me flipa como opina la gente sin conocer todas las pruebas y vídeos que hay. Cosa que sí conocen los jueces y por tanto hay que creer que la condena es justa
Supongamos que hubiesen quedado absueltos de absolutamente todo... que pasa con esos 2 años que han pasado en prisión? Les indemnizarían?
#7071 Se poco más que lo que he ido buscando y lo que explican en TVE (no solo se centran en decir que la condena es una mierda, parece, dan datos interesantes xD), pero vamos, viene a ser "aprovecharse de tu superioridad".
Sacado de internetelerete:
El prevalimiento consiste en que el culpable se aproveche positivamente de las ventajas y prerrogativas que posee con respecto a la víctima por razón de esa posición de superioridad general, para así lograr cometer o facilitar la comisión del acto delictivo
[...]
Dependiendo del carácter que posea la situación de superioridad, el modo de aprovecharse de ella será evidentemente distinto. Así, distinguimos cuatro supuestos generales que encontramos en el CP: 1) prevalerse de una situación de superioridad (física e instrumental), 2) prevalerse de la confianza otorgada al autor por la víctima, 3) prevalerse de un cargo o potestad públicos que el culpable ostenta y 4) prevalerse de una relación de parentesco entre víctima y autor.
Vamos, que por el simple hecho de ser 5 contra 1, estando en superioridad, sin necesidad de ejercer ningún tipo de violencia se puede generar intimidación. Pero como siempre, todo queda a manos de la interpretación de los jueces.
Lo que esto dice es que no se puede demostrar que hubo o no consentimiento (si hubiesen pruebas suficientes y no hubiese consentimiento, habría sido violación), pero que existen indicios de que debido a la situación se produjo cierto condicionamiento de ese consentimiento de la relación sexual. Vamos, que no hubo NO consentimiento pero que el consentimiento PODRÍA haber derivado de una intimidación no violenta por la situación de inferioridad en que se encontraba la víctima.
#7086 Lo estoy mirando. Uno de los tres jueces emite un voto particular a favor de la completa absolución al entender que no había tampoco pruebas de abuso sexual, así que tan evidente no ha de ser.
Supongamos que hubiesen quedado absueltos de absolutamente todo... que pasa con esos 2 años que han pasado en prisión? Les indemnizarían?
Ya se ha hablado varias veces de esto.
No, no te indendizan a no ser que demuestre que hubo mala praxis de algun tipo (que el juez te mando a provisional sin motivo o lo que sea).
Piensa que obviamente para meterte una provisional no tienes que ser culpable, por tanto que te manden a provisional y luego salgas inocente, no pasa nada, todo en orden xD
Lo estoy mirando. Uno de los tres jueces emite un voto particular a favor de la completa absolución al entender que no había tampoco pruebas de abuso sexual, así que tan evidente no ha de ser.
Ya, ya, tambien podria haber salido absolución. Como me jode eso de que cada juez diga una cosa contraria, puta justicia subjetiva, que cambien los jueces por IA ya xDD
Estoy viendo las protestas de la calle por la TV y está ocurriendo justo lo que dije: Una turba con antorchas berreceando. Voy a abrir una botella de cava, ahora vengo.
#7048 Vale me he puesto a mirar mejor el código penal y ya he visto mi fallo. Gracias.
Por cierto habla constantemente del acceso carnal vaginal anal u oral ¿pero es biderecional? Es decir, yo bajo los efectos del alcohol mantengo relaciones con alguien que sobrio jamás lo haría, y ese alcohol me lo ha proporcionado esa chica, y puedo denunciar a esa persona por abuso sexual? Estoy privado de sentido porque me han drogado y acceso carnal ha habido pero de mí hacia ella, ese tipo de acceso en esa dirección es válido de cara a la ley?.
#7088 No, es muy raro que se indemnice por prisión provisional, solo en casos en que los hechos por los que se te acusa ni siquiera se produjeron (ejemplo, estás en prisión acusado de asesinato y resulta que la persona supuestamente asesinada está viva) y casos similares.
Esta condena va a ser un efecto llamada, que sale gratis abusar de una chica
¿Se unen 4 mediaveros conmigo para abusar de una chavala? Solo son 9 años de prision, unas pocas multas y 5 años de libertad vigilada
#7020 Como el Garzón, pero en el caso Alsasua seguro que no opina lo mismo. Usan a la fiscalía como autoridad cuando les viene bien, cuando no, es que es una vergüenza.
Cuando la vergüenza la dan ellos.
#7100 Eso se ha discutido mucho en casos de laboratorio (porque en la practica no se ha dado nunca o casi nunca) y la respuesta en que no, eso no se considera acceso carnal (de ella a ti).