#11729 Me gustaría aclarar que no estaríamos ante una agresión sexual "común", igual que el abuso sexual al que han sido condenados los acusados no es un abuso sexual "común".
La pena por agresión sexual es de 1 a 5 años, pero sube hasta 6 a 12 años si hay penetración. El problema es que hay más agravantes a tener en cuenta: por ejemplo, la violación en grupo se castiga con penas de 12 a 15 años. Pero la cosa no se queda ahí.
El problema de este caso, y que suele ocurrir en las violaciones en grupo, es que no nos encontramos ante una única violación, sino ante varias. La jurisprudencia entiende que por cada penetración que se realice estamos ante una violación. Así, si se ha penetrado a la víctima 5 veces (porque son 5 autores), existirían 5 delitos de agresión sexual, de la que serían autores todos los participantes (ya sea a título de coautores o de colaboradores necesarios).
Lo que ocurre, es que a la vez que por un lado considera que existen variso delitos, también se aplica una modalidad de concurso que es el delito continuado. El delito continuado se aplica cuando se infringen varias veces el mismo precepto jurídico (o similar), aprovechando una idéntica ocasión, siempre que no se trate de delitos contra las personas, excepto delitos contra la libertad sexual o el honor (que no entiendo porque exceptúa las violaciones, pero eso es otro debate). En estos casos, se aplica la pena en su mitad superior, pudiendo llegar a la mitad inferior de la pena superior en grado.
No voy a explicar que es mitad superior/inferior o pena superior/inferior en grado porque es muy técnico, pero la cuestión es que en este caso la pena que se pedía subía desde los 12 a 15 años, hasta los 13 años y seis meses a 18 años y 3 meses. Esa es la razón por la que la pena de violación se dispara, acercándose incluso a las penas de asesinato. Pero es que hay que tener en cuenta que se les está atenuando la pena, porque en realidad son 5 delitos de agresión sexual, no sólo uno (y en ese caso la pena subiría de los 60 años...)
Del mismo modo, se les ha castigado por un delito de abuso sexual continuado, por eso la pena de 9 años. No es un delito de abuso sexual sin más. La pena máxima para ese delito se situaba en los 12 años y 6 meses.
Luego está el tema del robo del teléfono. Si entendemos que es un hurto, al tener un valor inferior a 400€ y no concurrir más circunstancias, se trata de un delito leve que se castiga con una multa ridícula. Pero si entendemos que es un robo con violencia la pena puede subir hasta los 2 a 5 años. Sumado al delito contra la intimidad, es por eso por lo que la pena que pedía la fiscalía subía de los 20 años.
Perdón si he escrito un post demasiado técnico, pero quiero que quede claro: no es una simple agresión sexual por lo que están acusados. Por ello tampoco puede compararse con un asesinato sin más (y menos un homicidio).