#2756 hablas con mucha ligereza y afirmas muchas cosas sin tener ni idea del asunto
http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2016-12-12/caraanchoa-video-bofetada-consecuencias-abogados_1302247/
"Una vez interpuesta la denuncia, es el juez quien evalúa si hay un delito de lesiones, teniendo en cuenta otros factores, como si hay o no provocación"
Pixelar no es suficiente
Además, dentro del propio vídeo existe un problema: el reconocimiento del sujeto víctima de la broma. "Que una imagen esté pixelada no significa que no se pueda reconocer a la persona en la imagen. Pese a ello, se reconoce su aspecto físico —se ve que es un hombre alto y con barba—, la voz no está distorsionada, se ve y se dice que trabaja en una empresa de mensajería...", afirma la abogada.
"Para grabar, hay que pedir permiso, pixelar a una persona no es suficiente", afirma Borja Adsuara, abogado experto en derecho y estrategia digital, "pues grabar y difundir un vídeo sin permiso no es un delito en sí, pero sí es una intromisión ilegítima (civil)", puntualiza, además de considerar que el repartidor también podría denunciar por "injurias", que "sí pueden ser delitos leves y también son intromisiones civiles contra el honor", asegura.
"Todo lo que dice en el vídeo posterior a la broma", en el que explica que ha puesto la denuncia, "puede ser calificado de injuria con publicidad", como asegura Adsuara, por el lugar público en el que se graba el vídeo. Y es que utiliza calificativos como "desequilibrado mental, prepotente, estúpido o delincuente" para calificar a esa persona. "Para subir un vídeo así, tiene que haber autorización. Normalmente, si no la hay, se procede al borrado y punto. Pero, en este caso, está editado y subido a YouTube", afirma Adsuara. El Confidencial ha intentado ponerse en contacto con MrGranBomba, que no ha respondido a este diario.
Así, los expertos intuyen que se producirán "demandas cruzadas" por ambas partes, según asegura Adsuara. "Evidentemente, la grabación del vídeo supone una vulneración de la Ley 1/1982 sobre protección civil del derecho del honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen, y también podría hacerlo sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos", confiesa Miriam García. El lío está servido: una broma de un 'youtuber', al llamar 'caraanchoa' a otra persona, ha acabado, de momento, con un tortazo recogido por las cámaras