Los grandes streamers, al mismo nivel que las plataformas. Así lo ha decidido la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que hoy ha publicado su informe sobre el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual y lo hace con una conclusión bastante clara: los usuarios de especial relevancia (o vloggers) están incluidos junto al resto.
La ley define prestador de servicios audiovisuales a aquella "persona que tiene el control efectivo sobre la selección de los contenidos". Dentro de la clasificación se diferencia por la tecnología donde emiten, sea radio, satélite o IPTV; si es contenido abierto o de pago y el ámbito nacional o local.
Me parece que va a haber escasez de vivienda en Andorra próximamente