Que la vecina sea gilipollas y no haya educado a su perro no te exime a ti de educar al tuyo, es decir, la responsabilidad está en uno mismo y no en el otro, si tu perro reacciona, edúcale, para que no lo haga, ni ante el perro ni ante la vecina, primero por su estabilidad emocional y segundo porque al ser un perro grande las de perder las tienes tú.
Las denuncias de perros pequeños sólo salen adelante si el perro pequeño ha mordido a un niño o causado heridas de gravedad por ejemplo en una mano a una persona, entre perros (sobre todo de perro pequeño a otro perro) no van a ningún sitio, ya te lo aviso.
Pero no es lo mismo que si tu perro hace algo a la señora, si ahora también reacciona sólo con verla, no es plato de buen gusto que te cruces con tu vecino y su perro grande y que éste nada más verte te quiera hacer chocapic con la boca, pero para nadie, y se te puede escapar de la mano, perfectamente.
Es decir, la culpa inicial es OBVIA que es de ella porque es una señora que no a educado correctamente a su perro, pero tú tampoco has educado en absoluto a tu perro frente a eso y en este caso debes de ser tú (por las características del animal) el que debe de poner medidas, como ya te han dicho tu perro se consideraría PPP entrando en el Anexo 2, y si a tu vecina le da por denunciarte sólo falta que la policía se persone y vea el percal para que te digan ''Sí señor, su perro debe de llevar bozal''
Cúrate en salud y ponle bozal, y en todo caso educa a tu perro para que no vea a tu vecina ni a su perro como algo negativo y vaya a atacar/ladrar, así llegará un momento en que podrá ir sin bozal.
ANEXO II
Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes:
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Tu perro lo cumple casi todo (si no todo) y ojo que como haya denuncia y te lo consideren PPP te tocará sacarte la licencia, es mejor evitarse denuncias y simplemente ponerle el bozal porque si te hacen sacarte la licencia por eso además te obligan a tener un seguro de RC.
Consulta igualmente si en tu CA la raza de tu perro no entra directamente en el Anexo 1 ya que las CA pueden incluir razas a las ya dispuestas en el BOE.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-6016