La DGT está ultimando detalles de la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Si pasa todos los trámites en el Congreso de los Diputados excederse en un un mísero killómetro a la hora en cualquier vía será motivo de sanción.
Velocidad
Se reducen los excesos de velocidad sobre el límite permitido a 1 km/h. A 121km/h seremos multados en autovía, a 51km/h en ciudad y así para el resto de límites. La multa será de 100€ y no restará puntos.
Conservación de la matrícula:
Se acabó eso de llevar la matrícula sucia o deteriorada, salvo que queramos pagar 200€ y perder cuatro puntos de carnet. Este delito también restaba puntos antes (3 puntos), pero realmente no se vigilaba demasiado. Ahora si que se tendrá muy en cuenta.
Antiradar:
Aquel que lleve detector de radar pasará de perder 2 puntos a perder 6.
Igualmente la DGT dejará de quitar puntos por infracciones que se ha considerado no han causado accidentes graves. Ahora aparcar en carril bus, túnel o curva sin visibilidad ya no resta puntos. Tampoco lo resta el circular por autovía con vehículos no aptos (ciclomotores, bicicleta…¿vehículos agrícolas?). Tampoco será un problema para nuestros puntos el llevar más ocupantes de lo permitido.