Lo de acotar las horas o días en los que se puede tirar la basura no es nuevo...
HAGO SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza municipal de gestión de residuos municipales (BOIB núm. 181, de 21 de diciembre de 2004 y posteriores modificaciones) y la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente y la salud frente a la contaminación acústica (BOIB núm. 183, de 28 de octubre de 2004 y posteriores modificaciones) los horarios para la deposición de los residuos en los contenedores municipales son los siguientes:
- Fracción resto: entre las 20.00 h y las 23:00 h.
- Fracción vidrio: entre las 08:00 h y las 22:00 h.
- Fracciones papel y envases (excepto cartón comercial): sin limitación horaria.
Los establecimientos comerciales que de manera habitual generen cantidades de cartón importantes deben comunicar este hecho al Ayuntamiento y depositar este cartón de forma plegada y atada, de forma que ocupe el menor espacio posible, o bien en contenedores propios entre las 20:00 y las 22:00 h en el punto concertado previamente con el Ayuntamiento.
El incumplimiento de la normativa puede suponer sanciones de hasta 30.000 euros y pérdida de licencia del negocio para ejercer su actividad.