Anti-mirones
#3 son respecto a pago de multas.
A mí no me han multado de nada, además que ese recibió la carta sin certificar ni nada xD
Te llaman para que cuentes tu version,luego te juzgan y te volveran a citar para la resolucion de la sentencia,¿algo pendiente?
#11 claro que te informan,la policia hizo su trabajo ahora toca a la parte administrativa,poniendote en lo peor una sancion economica por vender productos robados (a ellos se las suda q te lo diera un amigo,el caso es que lo vendistes tu) el tema que me preocuparia ami si el movil lo vendistes x mas de 300€
entonces ya estamos hablando de carcel,y bueno si no puedes pagar la sancion economica,que te meteran puedes hacer trabajos sociales,q ahora en navidad hay mucha hoja q recojer
#11 Puede ser cualquier cosa, de todos modos:
a) Es un juzgao de instrucción por lo tanto el asunto está relacionado con la jurisdicción penal.
b) No es para un juicio (al menos de momento)
c) ¿No te pone en calidad de qué debes comparecer? Como imputado desde luego que no, al menos de momento, si fueras como imputado deberían de informarte que debes de comparecer con abogado. Eso no quiere decir que entres como testigo y luego puedas salir de allí como imputado.
En principio tiene pinta de que te van a preguntar alguna cosa relacionada con alguna denuncia. Este tipo de citación es muy frecuente cuando ha ocurrido algún accidente de tráfico en el que estabas involucrado pero como ya he dicho... puede tratarse de cualquier cosa.
#15 al comprador no,porque el no sabe que es robado,si acaso el intermediario en este caso ebay , pero nose muy bien q pasaria relacionandose con un comercio electronico ,pero tu,tu vas preso! xD
Nah multita,expediente,y si no puedes pagar po a recoger hojas como ya te puse,suerte y ya nos comentaras!! no te comas el talento y reza para que se quede en un susto
#19 Si es por eso, que diga directamente que es del PP y le recibirán haciéndole la ola.
#20 no te da tanto glamour, mira Pio moa esta zumbado de la tarra pero es best seller vendiendo libros.
#15 No hagas ni caso al iluminado que te está metiendo miedo.
El asunto del móvil si ha habido un juicio de por medio tiene que estar zanjado. Una sentencia firme da lugar a lo que se conoce como "cosa juzgada" lo cual significa que no puede volver a reproducirse un proceso judicial sobre los mismos hechos que ya fueron juzgados anteriormente. Si lo hicieran atentaría contra el principio de seguridad jurídica y certeza del Derecho.
Si es cierto que ya hubo un juicio por el tema del móvil, descarta esta opción.
#24 iluminatis on fire,!!!
Quizas no tenga q ir por Hurto(q supongo q fue lo q ya "pago" en comisaria) pero ahora le queda vender articulos robados si no ,no iria al juzgado,entiendo
#27 Hurto? No identificáis correctamente lo que es un hurto. Existe un falso mito de que si lo que te llevas es menor de 400€ es un hurto y si es superior a 400€ es un robo. El término hurto o robo no hace referencia al valor sino a la forma en la que se realiza el apoderamiento ilegítimo de la cosa ajena, si interviene fuerza física es un robo y si no un hurto. Puedes robar un mechero de 50 céntimos y puedes hurtar 15 millones de €.
Sobre lo de #1. Cabe la posibilidad de que a #1 le reclamen ahora responsabilidad penal por vender un objeto robado pero si dice que ya hicieron un juicio por aquello.... es difícil que sea por eso. Es posible que el juicio que se celebró anteriormente tuviera que ver con un saneamiento por evicción (quien le compró el móvil a #1 se vio despojado de él puesto que el legítimo propietario no era #1 sino una persona a quien le habían robado el móvil) y que ahora le reclamen la responsabilidad penal. Es una opción, pero claro... #1 se explica como un libro abierto.... sin dar más datos poco se puede ayudar