Si contrato a alguien por hora sin ser autonomo, sin nada, y sufre un accidente "caida por ellas misma" que puedo hacer?
Ser tan rastrero y tan miserable como para defender que tú no habías contratado a nadie, que lo que estuviera haciendo era por voluntad propia.
Pues rezar para que no te denuncie, porque si prueba que está trabajando para ti sin ningún contrato te comes un marrón.
Asegurar no es tan caro, ¿cuantas horas vas a contratar alguien y para qué? Que igual por pagar 100 y pico euros extras al mes por media jornada... a veces la gente se pasa de rata, hacer las cosas bien no es tan caro y es mejor para todos y si no te puedes permitir pagar más horas pues pagas algunas menos y ajustas.
También pasa al contraio, hay gente que no quiere que la asegures para cobrar ayuda familiar o paro o alguna cosa del estilo e incluso los que te dicen que no quieren que los asegures y que prefieren que les pagues algo más a cambio y luego cuando ocurre algo y están descontentos te denuncian por estar en negro... que ratas y pillos de mierda hay por todos lados.
PD: Tu o quien sea que haya contratado a esa persona... sois unos ratas.
Introducción, nudo y desenlace.
Y explicar las cosas con un mínimo de sentido común, imagina que eres tú el que tiene que leerlo.
He tenido una visión muy heavy de una señora con la cabeza medio abierta, chorreando sangre, atada y amordazada y alguien preguntando en un foro que hacer...
#10 Estaba muy concentrada intentando entenderte?
Al fin puedo meterme contigo sin remordimientos ahora que te has quitado la careta.
Hombre, pues yo que sé, llevarla a urgencias y después preguntar en un foro a unos cuantos desconocidos.
Espero que hayas seguido ese orden.
Pues sin contrato ni relación laboral en caso de accidente no tendrías protección ni cobertura alguna.
Ahora, el alta es un deber activo por parte del empleador, que es el sujeto obligado por lo que, en caso de accidente laboral el trabajador podría interponer una demanda o bien una denuncia en la inspección de trabajo (diría que esta vía es más adecuada) para que se reconociera la relación laboral, por la vía de la ITSS se abriera expediente liquidador por parte del, por el cual el empleador debería pagar las cantidades debidas en concepto de cuotas de la seguridad social, con 4 años de retroactividad más un recargo por la infracción, para que asi, satisfechas las cuotas y se conociera la base de cotización del trabajador, pudiera el INSS reconocer la contingencia laboral y así abonar la empresa/empleador la prestación por accidente laboral, que es un 75% desde el primer día y la mutua se encargase del tratamiento par ala recuperación del trabajador.
Edit: Si se trata de una trabajadora del hogar, va con un régimen diferente al General de la Seguridad Social, y es otra cotización y otra normativa, a ver que mire.
He encontrado un resumen del INSS, con esto te puedes hacer una aproximación de lo s tramites que deberías haber realizado.
Depende de lo que haga ella. Si te denuncia lo niegas, si no qué problema hay? Que vaya al hospital y diga que se lo ha hecho limpiando en su casa.
Es que es la primera vez que veo esto. Y no tengo ningun conocimiento de esto. Logico que hay que preocuparse, enviarla si hace falta a un hospital. En total se le ha puesto hielo y dijo que medicamento necesitaba.
Es que ni se te entiende @BLACKXILL , si vas a hacer fakes... Al menos que se entiendan macho.