Buenas a todos, despues de 2 meses y medio de busqueda y de desesperación, he encontrado un piso en barcelona, mañana tengo la firma del contrato y lo estaba revisando ya que me lo mando hoy la agencia, y hay un apartado me tiene inquieto, en mi antiguo alquiler se rompieron las tuberias del lavabo de la cocina y vino el casero y lo arreglo, el calentador goteaba y se oxidó vino y lo cambio, la mampara de la ducha se rompio y vino la arreglo... Pero en este contrato pone lo siguiente :
SEXTA.-Estado de la finca y reparaciones.- Los ARRENDATARIOS declaran conocer la finca, y reciben y se hacen cargo de la vivienda, así como de todas sus instalaciones, servicios, y accesorios, en perfecto estado de conservación. Se adjuntan fotografías como anexo IV del estado y mobiliario entregado. En igual estado y a plena satisfacción de la propiedad tendrá que devolverla a la finalización del presente contrato. En este sentido, de conformidad con el artículo 21.4 de la LAU, son de cuenta y cargo de la parte Arrendataria los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan por el desgaste por el uso ordinario de la vivienda tales como los desperfectos en cristales, cerraduras, persianas, cocina, fregaderos, elementos sanitarios, grifos, atascos en tuberías, desagües, calentadores, calderas, antenas de TV, calefacción, aire acondicionado y demás elementos propios de las instalaciones de que se encuentra dotada la vivienda. Los arrendatarios se comprometen a reparar elementos que se averíen (por el mal uso de estos) y a reponer los que desaparezcan o destruyan, así como a devolver todo ello en forma análoga al término del contrato, o en su defecto a pagar el importe de los desperfectos que existan.
Serán de cargo del ARRENDADOR, a tenor del artículo 21 de la LAU, aquellas otras obras de reparación que excedan del mero uso y desgaste por el paso del tiempo, siempre que el deterioro no resulte imputable a los ARRENDATARIOS, comprometiéndose éstos a permitir el acceso a la vivienda al arrendador, al agente encargado de la gestión y a los operarios o industriales que resulten necesarios para efectuar la reparación. Los ARRENDATARIOS se comprometen a notificar al arrendador la necesidad de ejecución de las anteriores obras en el plazo más breve posible.
Los ARRENDATARIOS se comprometen a facilitar el acceso, siempre que resulte preciso para la ejecución de las obras que puedan afectar al inmueble de que forma parte la vivienda.
Os parece normal y comun que en alquiler tengas que pagar por tuberias o lo que sea que pase?