¿Es correcto echarle del trabajo por subir ese vídeo?

Leoshito

Estáis defendiendo que una persona se cohiba y tenga "cuidado" con lo que hace en su vida personal para mantener un empleo. Siendo cosas legales, naturalmente.

Cuidadito. Que eso es bastante peligroso.

Para todo lo demás, #87

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AS7UR

Segurisimo que si fuera un ogro de mordor y saliese en tetas bailando el violador eres tu y generalizando sobre la maldad del genero masculino (entre los cuales seguramente tenga alumnos del genero del que desbarra) no pasaba nada. En mas, salian un monton de seres de luz a aplaudirla.
Bonito mundo nos esta quedando, donde no somos capaces de diferenciar la vida privada de la profesional.

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letee

#92 Tal cual!

AikonCWD

#77 Pues lo estoy buscando y leo cosas dispares: https://www.abogado.com/recursos/ley-del-trabajo/-puedo-ser-despedido-del-trabajo-sin-raz-n-.html

Justo lo he comentado con mis compis de rrhh y me han dicho que sí. Sería hacer un despido improcedente y pagar el máximo de indemnización.

Por ejemplo, si su patrón quiere despedirlo para que la hermana del patrón tome su lugar, entonces puede hacerlo sin consecuencias.

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Cukie

#13 a mí me parece más grave que esos padres permitan a los niños meterse a redes sociales, que es donde han encontrado a la profesora

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Sfirka

No me parece motivo para despedirla tampoco, pero también tenía que tener dos dedos de frente y no dar sus redes a los alumnos si quiere publicar cosas personales de todo tipo.

Yo también he dado clases a niños de hasta 18 años y claro que te intentan sonsacar tu Instagram y hasta enterarse de tu vida entera pero entiendo que a ellos no les interesa ver lo que publico ni a mí lo que publiquen ellos, porque al final todo lo cuentan y hay mucho padre a la caza de a la mínima buscar polémica.

M

Cambiad mujer por hombre. ¿Qué habría pasado? ¿Qué habría opinado @varuk? Ahí está la respuesta.

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LMTLMT

Qué pasaría si se normalizase despedir a gente sin mas motivo que haber publicado en internet tu ideología, fe o por ser de un equipo de fútbol?

Entiendo que si te dedicas a dar clase 1 vez por semana y das la clase esa vez por semana bien, no deberían despedirte. Tengas la vida que tengas fuera de esas 4 paredes.

XaViMeTaL

#83 La captura de whatsapp no demuestra nada, ya que solamente la invita a una reunión personal en el ámbito laboral. No le dice que la vayan a sancionar por ese vídeo. Además de que no es el único vídeo que tiene subido a la cuenta.

La empresa, por ejemplo, podría alegar que ha roto su código interno, o acumular varias faltas graves a lo largo del tiempo que trabaja allí. O siemplemente dejar que el contrato acabe y no renovar; entonces no tendría que pagar ninguna indemnización y la chica tendría que aguantar un ambiente enrarecido con sus alumnos a raíz de la publicación de dicho vídeo.

Eso o que siga subiendo vídeos para que siga demostrando que ya no tiene complejos.

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yooyoyo

#88 Pues bueno, pero esa no es la cuestión, es un debate aparte.

Aquí se pregunta si está bien despedida y si hay quejas, sin duda lo está.

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TripyLSD

#75 Aquí hay un caso similar

http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/13688-declaran-improcedente-el-despido-de-un-empleado-que-se-fotografio-desnudo-en-el-trabajo-y-despues-aparecio-en-facebook/

Es cierto que el empleado se tomó fotografías desnudo en el baño del centro de trabajo, pero lo hizo fuera de su horario laboral y en un espacio de absoluta privacidad, en el que prevalecen sus derechos fundamentales a la intimidad y a la propia imagen, por lo que solo este hecho no constituye un ilícito laboral merecedor de la sanción de despido.

Y aún así, resultó improcedente. No nulo.

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Soy_ZdRaVo

#94 los de RRHH de tu trabajo no tienen ni idea entonces.

Pregúntales si puedes despedir por hacer algo en tu vida privada, algo que atente contra tu libertad . A ver qué te dicen. Nulidad como un carromato

Estatuto de los Trabajadores.

Artículo 55. Forma y efectos del despido disciplinario.

  1. Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.

#101 Eso fue en el trabajo, lo que si que conlleva que la causa sea laboral. No comparen casos donde los hechos no se corresponden.

#99 Las empresas tienen que demostrar todo en vía laboral, la carga de la prueba se invierte. Si apareces con un whatsapp que contradice su carta de despido o que crea indicios va a aparecer por el juzgado hasta la Fiscalía para ver de qué vas xd.

Y no, los Códigos Internos no pueden utilizarse si no están publicados y se les explican a los trabajadores. Cosa que nadie hace.

pd: de verdad, que ser el trabajador en un juicio de estos es darle a nivel fácil.

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Cl0ud7

Si la echan los que mas pierden son los alumnos.

1
AikonCWD

#101 A eso me refiero. Un despido improcedente. Y al parecer se puede hacer.

Al menos así lo estoy leyendo.

letee

#100 Es legal despedir a alguien por su vida privada? ya no entro si es estico o no!!

AikonCWD

#102 No no no... a ver.

Ya sé que eso que comentas es despido nulo. Yo te estoy poniendo el caso de despedir a un empleado simplemente porque quieres que trabaje tu hermana en ese lugar. En ese caso sería un despido improcedente, indemnizable, pero nunca nulo, no?

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L

Estoy totalmente deacuerdo con la decisión de despedirla.

Nos olvidamos que un profesor tiene que ser un ejemplo a seguir por sus alumnos, son muy importantes en el desarrollo de la vida de un niño/adolescente.

Todos recordamos al típico profesor que nos motivaba y daba gusto estudiar con el.

Esta chavala por muy buena que esté a mi como padre no me gustaría que mi hija tuviera ese ejemplo a seguir. Y mucho menos para chavales de 14 años, un profesor debe aportar disciplina.

Ya me dirás tú qué disciplina puede impartir una chavala en tanga.

Y si. Tienes que cuidar tu imagen en redes sociales. O las haces privadas. Así aprende para la próxima.

Me alucina que la gente vea normal una tía haciendo fotos y vídeos en tanga xD pues no tronco, eso no se hace si eres una persona con un mínimo de decencia

Soy_ZdRaVo

#106 Claro, pero aquí no la despiden por eso. La despiden por haber subido un video a su red social. Es bien distinto

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AikonCWD

#108 Coño, pero entiendo que en la carta de despido pondrán otra cosa xddddd.

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Chico_Zombye

#91 Creo que hay que empezar a distinguir vida personal de vida pública.

No es lo mismo estar desnudo en tu casa que en la calle y tampoco es lo mismo hacer vídeos guarros que subir vídeos guarros a la red.

No creo que sea una línea tan difícil de distinguir.

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Akiramaster

#2

Ya ha quedado clara que clase de persona es

Una persona con twitter.

gogogo

#33 ya sabemos que os encanta imponer vuestra moral, que sois intransigentes con el que no actua como vosotros queréis y que no toleráis la libertad ajena.

Pero os consideráis demócratas.

Te tienes que reír.

spoiler
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Soy_ZdRaVo

#109 Ya, pero la realidad no la fija lo que diga la carta... nunca habría despidos nulos entonces.

Y de hecho ya han dejado claro por escrito en los whatsapps de qué va el asunto.

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AikonCWD

#113 Dejas pasar 6 meses y luego la despides por X.

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B

#109 En la carta hablará claramente del vídeo, pero en clave de ética del centro.

Yo he visto esta actuación en varias ocasiones y pese a saber que son improcedentes y que llegados a un arbitraje (si se llega) asumirán el despido, y finiquitarán.

Salvo que un juez diga lo contrario.

JoramRTR

#71 siendo su twitter laura_tdo yo apostaria porque se lo dio a sus alumnos, no es que sea su nombre y apellidos o iniciales y que la puedan encontrar fácilmente... a si que, ya se lo diera ella directamente o porque se lo pidieran, casi seguro que les dio su twitter. Fijo que un tio hace una foto del paquete y lo sube a internet donde sabe que lo van a ver sus alumnas, y aunque fueran mayores de edad, teniamos esto hasta en la sopa.

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Soy_ZdRaVo

#114 ojalá todos tuvieran ideas tan maravillosas como tú.

Luego vienen los lloros. Los despidos declarados nulos conllevan indemnización por daños y el pago de los salarios de tramitación, es decir, los años que duran los juicios te tienen que pagar y cotizar.

Un tío que lleve bien RRHHs debería huir de cualquier cosa que medio huela a nulidad, porque te hundes

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-OnE-

Con la tontería me da que se ha agenciado varios cientos de followers nuevos.

actionchip

#30 Osea que no es por el video de #1 solamente sino porque no para de subir videos subiditos de tono.

Pues ale, ahora a vivir de desnudarse en instagram

AikonCWD

#117

#79Letalius:

Supongo que a ti no te ha tocado readmitir a nadie.

En otra empresa que estuve nos comimos una nulidad muy graciosa.

Se despidió a un empleado porque se le pilló que estaba trabajando para otra empresa (estando en nuestra empresa y haciendo uso de los equipos y herramientas de nuestra empresa). Estuvo así 2 años.

Resultado? Despido nulo porque no se le informó debidamente al empleado en el momento del despido.

xdddddd