Estáis defendiendo que una persona se cohiba y tenga "cuidado" con lo que hace en su vida personal para mantener un empleo. Siendo cosas legales, naturalmente.
Cuidadito. Que eso es bastante peligroso.
Para todo lo demás, #87
Estáis defendiendo que una persona se cohiba y tenga "cuidado" con lo que hace en su vida personal para mantener un empleo. Siendo cosas legales, naturalmente.
Cuidadito. Que eso es bastante peligroso.
Para todo lo demás, #87
Segurisimo que si fuera un ogro de mordor y saliese en tetas bailando el violador eres tu y generalizando sobre la maldad del genero masculino (entre los cuales seguramente tenga alumnos del genero del que desbarra) no pasaba nada. En mas, salian un monton de seres de luz a aplaudirla.
Bonito mundo nos esta quedando, donde no somos capaces de diferenciar la vida privada de la profesional.
#77 Pues lo estoy buscando y leo cosas dispares: https://www.abogado.com/recursos/ley-del-trabajo/-puedo-ser-despedido-del-trabajo-sin-raz-n-.html
Justo lo he comentado con mis compis de rrhh y me han dicho que sí. Sería hacer un despido improcedente y pagar el máximo de indemnización.
Por ejemplo, si su patrón quiere despedirlo para que la hermana del patrón tome su lugar, entonces puede hacerlo sin consecuencias.
#13 a mí me parece más grave que esos padres permitan a los niños meterse a redes sociales, que es donde han encontrado a la profesora
No me parece motivo para despedirla tampoco, pero también tenía que tener dos dedos de frente y no dar sus redes a los alumnos si quiere publicar cosas personales de todo tipo.
Yo también he dado clases a niños de hasta 18 años y claro que te intentan sonsacar tu Instagram y hasta enterarse de tu vida entera pero entiendo que a ellos no les interesa ver lo que publico ni a mí lo que publiquen ellos, porque al final todo lo cuentan y hay mucho padre a la caza de a la mínima buscar polémica.
Cambiad mujer por hombre. ¿Qué habría pasado? ¿Qué habría opinado @varuk? Ahí está la respuesta.
Qué pasaría si se normalizase despedir a gente sin mas motivo que haber publicado en internet tu ideología, fe o por ser de un equipo de fútbol?
Entiendo que si te dedicas a dar clase 1 vez por semana y das la clase esa vez por semana bien, no deberían despedirte. Tengas la vida que tengas fuera de esas 4 paredes.
#83 La captura de whatsapp no demuestra nada, ya que solamente la invita a una reunión personal en el ámbito laboral. No le dice que la vayan a sancionar por ese vídeo. Además de que no es el único vídeo que tiene subido a la cuenta.
La empresa, por ejemplo, podría alegar que ha roto su código interno, o acumular varias faltas graves a lo largo del tiempo que trabaja allí. O siemplemente dejar que el contrato acabe y no renovar; entonces no tendría que pagar ninguna indemnización y la chica tendría que aguantar un ambiente enrarecido con sus alumnos a raíz de la publicación de dicho vídeo.
Eso o que siga subiendo vídeos para que siga demostrando que ya no tiene complejos.
#88 Pues bueno, pero esa no es la cuestión, es un debate aparte.
Aquí se pregunta si está bien despedida y si hay quejas, sin duda lo está.
#75 Aquí hay un caso similar
Es cierto que el empleado se tomó fotografías desnudo en el baño del centro de trabajo, pero lo hizo fuera de su horario laboral y en un espacio de absoluta privacidad, en el que prevalecen sus derechos fundamentales a la intimidad y a la propia imagen, por lo que solo este hecho no constituye un ilícito laboral merecedor de la sanción de despido.
Y aún así, resultó improcedente. No nulo.
#94 los de RRHH de tu trabajo no tienen ni idea entonces.
Pregúntales si puedes despedir por hacer algo en tu vida privada, algo que atente contra tu libertad . A ver qué te dicen. Nulidad como un carromato
Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 55. Forma y efectos del despido disciplinario.
#101 Eso fue en el trabajo, lo que si que conlleva que la causa sea laboral. No comparen casos donde los hechos no se corresponden.
#99 Las empresas tienen que demostrar todo en vía laboral, la carga de la prueba se invierte. Si apareces con un whatsapp que contradice su carta de despido o que crea indicios va a aparecer por el juzgado hasta la Fiscalía para ver de qué vas xd.
Y no, los Códigos Internos no pueden utilizarse si no están publicados y se les explican a los trabajadores. Cosa que nadie hace.
pd: de verdad, que ser el trabajador en un juicio de estos es darle a nivel fácil.
#101 A eso me refiero. Un despido improcedente. Y al parecer se puede hacer.
Al menos así lo estoy leyendo.
#102 No no no... a ver.
Ya sé que eso que comentas es despido nulo. Yo te estoy poniendo el caso de despedir a un empleado simplemente porque quieres que trabaje tu hermana en ese lugar. En ese caso sería un despido improcedente, indemnizable, pero nunca nulo, no?
Estoy totalmente deacuerdo con la decisión de despedirla.
Nos olvidamos que un profesor tiene que ser un ejemplo a seguir por sus alumnos, son muy importantes en el desarrollo de la vida de un niño/adolescente.
Todos recordamos al típico profesor que nos motivaba y daba gusto estudiar con el.
Esta chavala por muy buena que esté a mi como padre no me gustaría que mi hija tuviera ese ejemplo a seguir. Y mucho menos para chavales de 14 años, un profesor debe aportar disciplina.
Ya me dirás tú qué disciplina puede impartir una chavala en tanga.
Y si. Tienes que cuidar tu imagen en redes sociales. O las haces privadas. Así aprende para la próxima.
Me alucina que la gente vea normal una tía haciendo fotos y vídeos en tanga xD pues no tronco, eso no se hace si eres una persona con un mínimo de decencia
#106 Claro, pero aquí no la despiden por eso. La despiden por haber subido un video a su red social. Es bien distinto
#91 Creo que hay que empezar a distinguir vida personal de vida pública.
No es lo mismo estar desnudo en tu casa que en la calle y tampoco es lo mismo hacer vídeos guarros que subir vídeos guarros a la red.
No creo que sea una línea tan difícil de distinguir.
#33 ya sabemos que os encanta imponer vuestra moral, que sois intransigentes con el que no actua como vosotros queréis y que no toleráis la libertad ajena.
Pero os consideráis demócratas.
Te tienes que reír.
#109 Ya, pero la realidad no la fija lo que diga la carta... nunca habría despidos nulos entonces.
Y de hecho ya han dejado claro por escrito en los whatsapps de qué va el asunto.
#109 En la carta hablará claramente del vídeo, pero en clave de ética del centro.
Yo he visto esta actuación en varias ocasiones y pese a saber que son improcedentes y que llegados a un arbitraje (si se llega) asumirán el despido, y finiquitarán.
Salvo que un juez diga lo contrario.
#71 siendo su twitter laura_tdo yo apostaria porque se lo dio a sus alumnos, no es que sea su nombre y apellidos o iniciales y que la puedan encontrar fácilmente... a si que, ya se lo diera ella directamente o porque se lo pidieran, casi seguro que les dio su twitter. Fijo que un tio hace una foto del paquete y lo sube a internet donde sabe que lo van a ver sus alumnas, y aunque fueran mayores de edad, teniamos esto hasta en la sopa.
#114 ojalá todos tuvieran ideas tan maravillosas como tú.
Luego vienen los lloros. Los despidos declarados nulos conllevan indemnización por daños y el pago de los salarios de tramitación, es decir, los años que duran los juicios te tienen que pagar y cotizar.
Un tío que lleve bien RRHHs debería huir de cualquier cosa que medio huela a nulidad, porque te hundes
#79Letalius:Supongo que a ti no te ha tocado readmitir a nadie.
En otra empresa que estuve nos comimos una nulidad muy graciosa.
Se despidió a un empleado porque se le pilló que estaba trabajando para otra empresa (estando en nuestra empresa y haciendo uso de los equipos y herramientas de nuestra empresa). Estuvo así 2 años.
Resultado? Despido nulo porque no se le informó debidamente al empleado en el momento del despido.
xdddddd