Explicame tu cómo funciona pues, pagando un porcentaje de mi sueldo todos los meses de IRPF para lurgo al final del año volver a pagar más de un 10% de mi sueldo sin haber llegado a 20k brutos?
#361 Tu tienes unos tramos, según que sueldo bruto cobres, te corresponde pagar un porcentaje u otro.
Si tus pagadores te han retenido mal ese porcentaje, en la declaración de la renta debes regularizar la situación y pagas lo que no has pagado mes a mes, o te devuelven lo pagado de más.
Si ahora te toca pagar X dinero es que las retenciones que te han estado aplicando no eran las correctas y ahora tienes que pagar lo que no has estado pagando mes a mes.
Felicidades, has conseguido que la aeat te financie
#340 Esto es lo mejor posible, te sale que no tienes que hacerla y te han retenido de menos... has pagado menos impuestos de los que deberías si no me equivoco.
alguien sabe como va la declaracion de menores de 3 años en primer ciclo? pone que no se desgravan y justo debajo que si :S
solo:
"Escolaridad" durante las etapas correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, a la Educación Básica Obligatoria y la Formación Profesional Básica, a que se refieren los artículos 3.3, 3.10, 4 y 14.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
y despues:
En el caso de hijos o descendientes que estén escolarizados en el primer ciclo de Educación Infantil a que se refiere el artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la base de deducción estará constituida exclusivamente por las cantidades satisfechas por el concepto de escolaridad que no se abonen mediante precios públicos ni mediante precios privados autorizados por la Administración.
Dime tu que retención tendría que tener al mes por ejemplo para no tener que pagar más de un 10% del sueldo neto anual y te comento una vez pueda ver todas las nóminas y te cuento
#367 Dime tu sueldo bruto y comunidad autónoma y te digo que porcentaje te corresponde. Con los datos que das pues a saber.
Me parece que retener "lo que corresponde" no hace más que confundir al que ya de por sí no lo tiene claro.
Lo que corresponde pagar solo se puede saber a final de año, una vez tienes en cuenta todos los ingresos, descuentos, desgravaciones y demás. Para eso está la declaración de la renta. La retención es simplemente una estimación que se hace un año antes para ir pagando poco a poco, en vez de tener que pagar todos los impuestos de golpe a final de año.
Hacienda no tiene una bola de cristal. No puede saber si a mitad de año tú vas a cambiar de curro, comprar una casa o alquilar una más grande. Por tanto, las empresas aplican una norma homogénea en función de tu sueldo bruto, número de descendientes y poco más. Pero incluso si la empresa te retiene "lo que corresponde", te puede salir a pagar o devolver, porque esa tabla está simplificada para abarcar a millones de personas con situaciones muy diferentes.
Evidentemente hay casos donde se está reteniendo de más o menos de forma evidente, pero lo que quiero decir es que incluso reteniéndote lo correcto según las tablas, el balance final variará en función de otros factores.
#361 Pues quizá tendrías que estar pagando un 8-10% todos los meses y pagabas un 2%.
Esa jugada está bien cuando tienes un único pagador, pero al tener 2 y estar obligado a presentarla estás jodido y tienes que pagar tu parte correspondiente que no habías hecho antes.
#367 si es muy fácil, buscas "calculadora IRPF" en Google, te metes a una de las mil que saldrán, pones tu salario, y te dirá, con 20k tienes que pagar un 11.70% de IRPF. Luego te vas a la nómina, ves cuánto te retienen, y piensas, uhm, me están reteniendo un 2%, joder en abril me van a dar y sin vaselina ni na. O si no, vaya, me retienen un 14%, en abril me da para pillarme la play5 toma!
Y ya está, no hay mayor misterio.
#215 mi novia tiene que hacerla, hay alguna manera de saber si está el alquiler en el avra, el casero está de vacaciones y no le va a preguntar esta semana.
Era por ir adelantando e informarme si se puede.
Leyendo este artículo de la Agencia Tributaria veo que pone:
desaparece respecto a la deducción aplicable en 2021 el requisito de que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza a que se refiere el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (BOE de 25 de noviembre), a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la normativa autonómica de aplicación.
Eso quiere decir que ya no es requisito estar en depósito en la junta? En los requisitos al menos no sale.
Por qué poner o no una plaza de garaje no me cambia nada?
Y por qué narices tengo que meter cada año la plaza de garaje y no se queda grabada? Todos los años igual.
#338 como digo, yo la añado cada año y no me dan nada por ello ni pago nada por ello.
Añades en bienes inmuebles otra referencia catastral, sin más. Pones el %, pones urbano o no, y el tipo. Ya está. No hay más.
Otro año a pagar, la proximas chochocharla invito yo. Bueno invito a la merendola que se meteran ahi nada mas
#338 Esto me interesa porque igual llevo haciendo la declaración de la renta sin añadir la plaza desde que pille el piso (los 2 comprados en 2012). Te puedo preguntar por DM?
#374, #375 Sisi, si imagino donde está el problema pero yo veía la retención de 4.70 llamado Cotización régimen general individual, pero claro, ahora ya se que eso no era el IRPF, eso sí, ahora lo que me acabo de dar cuenta es que mi IRPF era 0%, ya hablaré mañana con la empresa a ver.... Al menos para arreglarlo para el año que viene
#381 es que cuando te cambias de empresa eso es lo primero que deberias de revisar, tu y todos los que se cambian que luego parece que hacienda hace magia con los numeros y simplemente no estais con el % correcto.
Ya te digo, que vi que se me deducia de la cuenta un dinero que pensaba que era esa deducción del IRPF sino claro que hubiese hablado con la empresa, todo esto hay que sumar que he vivido bastante tiempo en UK y no estaba tan familiarizado con el tema aquí en España, nunca tuve que hacer la declaración obligatoriamente