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La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha informado de que está ultimando la negociación de un protocolo pionero contra el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral de la Administración General del Estado que además protege de forma clara al colectivo LGTBIQ+. Este acuerdo se rubricará previsiblemente los próximos días, tras la celebración del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Se trata del protocolo con el mayor ámbito de aplicación laboral en España, ya que se podrán acoger al mismo más de 230.000 de personas que trabajan en la Administración General del Estado, así como a las empresas externas contratadas del sector privado. El protocolo prevé sanciones que podrían llegar a despidos por conductas como flirteos, besos o abrazos no deseados o comentarios sexistas.
El Protocolo recoge varias categorías como «conductas verbales» como insinuaciones sexuales, flirteos ofensivos, comentarios insinuantes, sugerentes o desagradables, llamadas telefónicas o contactos por redes sociales indeseados, bromas o comentarios sobre apariencia sexual, entre otras.
Otros comportamientos tipificados son «Conductas no verbales: exhibición de fotos sexualmente sugestivas o pornográficas, de objetos o escritos, miradas impúdicas y gestos, cartas o mensajes de correo electrónico o en redes sociales de carácter ofensivo o con claro contenido sexual).
Asimismo, también se alude a «Comportamientos físicos»: contacto físico deliberado y no solicitado, abrazos o besos no deseados, acercamiento físico excesivo e innecesario y gestos obscenos.
En cuanto a las conductas constitutivas de acoso por razón de sexo, se incluyen el demérito de la valía profesional por el hecho de la maternidad o paternidad, conductas hostiles hacia quienes ejerciten sus derechos de conciliación de la vida personal, familiar y profesional, descalificaciones públicas y reiteradas sobre la persona, su puesto de trabajo y su implicación, por razón de género, ejecutar conductas discriminatorias por ser hombre o mujer, utilizar formas denigrantes de dirigirse a personas de un sexo determinado o ignorar aportaciones, comentarios o acciones (excluir, no tomar en serio).
En virtud del protocolo, toda empleada o empleado público tiene la obligación de poner en conocimiento los casos de posible acoso que conozca. De esta manera, se establece un amplio listado de conductas como flirteos, insinuaciones, abrazos o besos no deseados, comentarios sexistas, despectivos o bromas vejatorias que podrán ser sancionadas, en el peor de los casos, con sanciones graves como el despido, separación de servicio o suspensión de funciones.
Durante la aplicación del protocolo se adoptarán medidas como la reordenación del tiempo de trabajo, cambio del lugar o de tareas administrativas encomendadas, sin pérdida de retribuciones. Además, se establecerán actuaciones para la completa recuperación de las víctimas, el restablecimiento de la dignidad y su reputación.n virtud del protocolo, toda empleada o empleado público tiene la obligación de poner en conocimiento los casos de posible acoso que conozca. De esta manera, se establece un amplio listado de conductas como flirteos, insinuaciones, abrazos o besos no deseados, comentarios sexistas, despectivos o bromas vejatorias que podrán ser sancionadas, en el peor de los casos, con sanciones graves como el despido, separación de servicio o suspensión de funciones.