El anteproyecto no delimita qué tipo de datos podrán ocultarse, por lo que el 'secreto oficial' abre la puerta a que prescriban casos de corrupción.
La futura Ley de Secretos Oficiales contempla que el Consejo de Ministros pueda clasificar como "alto secreto" y "secreto" información de "cualquier ámbito", cuya "salvaguarda", a ojos del Gobierno, "requiera de la más alta protección".
Así consta en el anteproyecto de la norma, que, de no sufrir cambios en este sentido, no prevé, en ningún caso, delimitar qué tipo de datos podrán gozar de esta protección reforzada.
Es decir, por el momento, el articulado de la futura ley no impide que el Gobierno pueda correr un tupido velo sobre cuestiones espinosas, como las relativas a casos de corrupción política u otros delitos graves; especialmente, aquellos vinculados a malas praxis de la Administración Pública. Y ello abre la puerta a que estas conductas puedan quedar prescritas con el paso de los años.
La norma, además, ha sido tramitada por la vía de urgencia, que reduce sustancialmente los plazos para que pueda salir adelante. Y el Gobierno tampoco ha solicitado un informe al Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno, el organismo independiente que vela por el acceso de los ciudadanos a la información pública.
Además del genérico "cualquier otro ámbito cuya salvaguarda requiera de la más alta protección" que menciona el anteproyecto, la nueva Ley de Secretos contempla que el Ejecutivo pueda clasificar información que afecte a la soberanía e integridad territorial, a intereses industriales estratégicos, al orden constitucional, la seguridad nacional, la de los ciudadanos y la de las Fuerzas Armadas y la que pueda resultar delicada para las relaciones exteriores de España o "situaciones de tensión internacional".
El Consejo de Ministros tendrá capacidad exclusiva —es decir, no delegable— para clasificar datos como "alto secreto" o "secreto", las dos categorías superiores que prevé la ley para la información clasificada.
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