#87 Estaba limitado por ley, lo he dicho en plan cuñao fallando más que acertando, pero la ley lo deja muy claro, no es el 5%, es un mísero 3%, el cuál no ha sido de aplicación en ninguno de los años que han estado en el ejecutivo los que viven de los votos de los beneficiarios:
Artículo 4 Disposición de activos del fondo
La disposición de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se destinará con carácter exclusivo a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, y sólo será posible en situaciones estructurales de déficit por operaciones no financieras del sistema de la Seguridad Social, no podrá exceder en cada año del tres por ciento de la suma de ambos conceptos y precisará de autorización previa del Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales, de Hacienda y de Economía.
El artículo primero del R.D.-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social («B.O.E.» 1 diciembre), establece que durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014, no resultará de aplicación el límite del tres por ciento fijado con carácter general en el artículo 4 de la presente Ley.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l28-2003.html#a4