#3 tienes una bonificación del 99% del resto. De sucesiones no vas a pagar mucho
Donde si te tocará es la plusvalía municipal
#3 tienes una bonificación del 99% del resto. De sucesiones no vas a pagar mucho
Donde si te tocará es la plusvalía municipal
#1 así son las cosas. Lo siento por la pérdida de tu padre (que es lo más importante). Vivimos en una sociedad de mierda con unos gobiernos que lleva históricamente expoliándonos a base de impuestos. Pero es lo que hay. Lo siento xiquet.
#15 es más caro todavía en su día lo miramos y había que pagar IRPF como cuando vendes la propiedad en un contrato de compraventa .
#31 Lo de bonificación del 99% no se porque tiene ese nombre porque realmente la bonificación es que de los primeros 100 euros de valor del inmueble estás exento de pagar el impuesto de sucesión pero del resto del valor del piso NO.
#33 no es así, cuando haces la liquidación de una herencia en la C. Valenciana los primeros 100.000€ están exentos y de lo siguiente que heredas te hacen una rebaja del 99% de la cuota.
De herencia vas a pagar poco.
Donde te viene el hachazo es en el impuesto municipal de plusvalía (que por cierto Pedro Sánchez lo ha subido ahora en 2025 porque dijo que iba a subirle el impuesto a las élites)
#27 Tu amigo no era Paco.
Nah, ahora en serio. Para estas cosas no hay que jugarsela. Es mejor dejarse unos euros en que te lo haga peña que sabe a luego pagar un pastizal.
#15 lo de hacerlo en vida solo funciona en zonas muy, muy puntuales de España. En Ibiza, por ejemplo, puedes heredar en vida a mismo "coste" tributario que si hubiera fallecimiento. Pero somos la excepción, y lo tenemos así porque era parte de nuestro derecho "tradicional".
#36 el impuesto es el mismo en casi toda España
Se llama impuesto de sucesiones y donaciones por algo.
Solo algunas CCAAs sangran tanto a sus ciudadanos que encima en vida les hacen pagar más que si muriesen
#34 ¿El 95% de la cuota no es hasta 150.000€? Sería la CCAA más barata del país si el 95% no tuviera límite ninguno...
Por adquisición vivienda habitual del causante:
95%.- Adquisiciones de la vivienda habitual del causante, con el límite de 150.000€, siempre que los causahabientes sean el cónyuge, ascendientes o descendientes o pariente colateral mayor de 65 años que hubiese convivido con el causante durante los 2 años anteriores al fallecimiento, y que la adquisición se mantenga durante los 5 años. (Art.10.1.c Ley 13/1997).
https://hisenda.gva.es/es/web/tributos/beneficis-fiscals-2024
#34 Según expones lo que me a llegado no es correcto no? Entonces se supone que del piso que está valorado en 160.000 de los primeros 100 no se paga nada y de los 60k tendría que pagar el 5% es decir 3000 euros ? Luego ya tendría que pagar el de plusvalía municipal .
No era su vivienda habitual el piso estaba cerrado la habitual es la que tenía al 50% con mi madre .
Es un atraco a mano armada, mi padre heredó hace un tiempo de mi tío, persona dependiente que no tuvo hijos, y claro al no ser el heredero un hijo te mete un palo del 15
#40 habría que ver que más bienes te dejó en herencia porque a mí los números no me salen.
Solo tenía un piso? No había ni coches, ni un euro en cuenta bancaria? No tenía otros inmuebles?
Algo falta
Era residente en la comunidad valenciana? Residía fuera?
#37 No es cierto, el impuesto es absolutamente distinto a lo largo y ancho del país, porque está cedido a las CCAA, que pueden aplicar básicamente lo que les dé la gana. Luego si quieres te muestro un gráfico con alguna diferencia, no en vano mi TFG era sobre la tributación de la vivienda, diferencias por CCAA...
PD: y no me gusta discutir sobre temas legales contigo porque tanto por oficio como por conocimientos generales me barres... pero en temas sucesorios las diferencias por CCAA están ahí y son asombrosas.
PDD: la plusvalía es sobre el incremento del precio de los terrenos urbanos. No grava el incremento sobre la propiedad en sí misma.
Siento mucho lo de tu padre.
En momentos como este (o en la enfermedad , etc) es cuando se demuestra realmente en que clase de país vivimos. Te patean la cabeza cuando estás en el suelo.
Yo iré preparando todo esto en vida para mis hijos. El próximo piso posiblemente que lo compraré a su nombre y me quedaré con el usufructo. Habría que hacer un hilo de recomendaciones para gestionar nuestro patrimonio xD
#46 Pues según tengo entendido el de referencia pero vamos que viendo lo visto ya no si está bien hecho o no .
Podrías crear tu propia religión y decir que la casa sirve para un propósito de fe. Además de meter alguna doctrina como imposibilidad de trabajar horas extras. No te pueden despedir sin que sea discriminación.
También podrías comprar algún título nobiliario y decir que la casa ahora es un bien cultural, artístico o histórico. Consigues la amnistía total de impuestos como aristocrático terrateniente.
Es lo que tiene que hasta la puta propiedad privada sea un "usufruto" normalmente vitalicio en este país.
Pagaron impuestos cuando se construyo, cuando se vendió, cuando se habitó anualmente, cuando se heredó, y así hasta el infinito, hasta que vuelva a manos del estado.
Crees que compras, pero realmente es un "alquiler" al estado.
Mucho ánimo.
#44 no estoy diciendo que no haya bonificaciones distintas en cada CCAA.
Digo que donar y fallecer y legar es el mismo acto jurídico y que en la mayoría de CCAAs se grava igual (dentro de la CCAA). Es decir, si tienes una vivienda con ciertas características y se la donas a tu hijo paga lo mismo que si la recibiera por herencia (en la mayoría de casos)
Me estaba cuadrando tan poco esto que he hecho una simulación en el propio programa de liquidación de herencias de la Generalitat valenciana y poniendo que heredas 160.000 euros de un piso y que eres el hijo del fallecido me liquida 70 euros con algo de impuesto. Algo falta
Eso es poco, hay que pagar sanchidad y educación, y las jubilaciones! Egoísta!
"Economía | Hacienda logra otro récord de recaudación de impuestos: más 200.000 millones hasta noviembre, un 3,7% más ➡ Los ingresos por IRPF y Patrimonio alcanzaron los 95.155 millones, un 4,8% superior al pasado año"
"Coman2Sueco#111d
10 Normal que no entiendas nada después te quejaras de que no tienes jubilación"
#40 La bonificación se aplica al resultado del porcentaje de impuestos sobre la base imponible, por lo que será mucho menos de 3000. Poniendo que el impuesto sea 15% por ejemplo, tendrías que pagar el 5% de ese 15%, no te va a llegar ni a 1000 pavos ni de cerca. La plusvalía ya es otra cosa.
#54 habrá mucho más patrimonio, no sólo esa vivienda, o eso o adquirió el padre por una cantidad muy muy baja, pero me parece de demasiado loco que corresponda toda esa diferencia de dinero únicamente a la plusvalía.
#54 Pero el simulador ese será del impuesto de Sucesiones que se pagw poco o nada.
Donde meten el hachazo es con la plusvalía municipal, que será lo que le reclama Hacienda seguramente. Yo hace poco me hice yo mismo una simulación a ojo de buen cubero con el piso de mi madre, y me tocará pagar en total unos 15k de plusvalía por piso y plaza de garaje...