El hilo de los ERE/ERTE del lunes negro 16/03/20

cabron
#2850Nekko:

Y la supervivencia del estado de que depende.

del rescate de la UE encubierto como "ayudas"

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FUNnn

#2851 La UE, más que sacar fondos, imprime billetes y listo

madaleno

.

MigueLuno

Si esto se alarga hasta diciembre, los ERTE de fuerza mayor que pasen a ERTE X pasarán a cobrar el 50% de la base reguladora no??

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Von_Valiar

#2854 Si. De hecho, de aquí a un mes empezarán a caer los primeros ertes al 50%.

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mrbeard

#2855 y el 25% restante lo pagaría la empresa no?

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L

#2856 Supongo que te referirás al 25% de esa 50%, no?

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mrbeard

#2857 Me refiero, 50% empresa 20% estado.

Me explique mal, las prisas. O es que se reduce la prestación del ERTE al 50%?

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L

#2858 Cuando un trabajador cumple el séptimo mes de ERTE, solo podrá cobrar el 50% de su base cotizada durante los últimos 180 dias.

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mrbeard

#2859 Pero eso sería la situación ordinaria de un ERTE, esto es distinto, aquí no necesitabas tener el año cotizado para estar cobrando el ERTE xD por eso no me entero de nada.

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TheDamien

#2860 Pero creo que aplica igual lo del 50%, vamos que si estabamos en la mierds ahora ya gl XDD

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Von_Valiar

#2856 Salvo que la empresa quiera, no.

Te quedas con el 50% como buen desempleado.

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MigueLuno

#2862 Pues estará bien complicado la cosa, aguantar más así al menos para mí unidad familiar será un poco chungo. El colchón de ahorros ya está por bajar de las 4 cifras...

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Von_Valiar

#2863 Quién no tenga ahorros lo pasará muy muy mal.

Conozco a varios que se acordarán de sus viajrcitos a Egipto y Tailandia de los 2 años anteriores, y además, dentro de muy poquitos meses.

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MaTrIx

#2864 no hace falta eso, simplemente hay gente que no puede ahorrar y está muy jodida ya mismo. Gente que cobra 1000 euros pelados y va al día.

Luego hay otra gente que si que vive muy por encima de lo que debería y va a estar muy mal aún con trabajo. Ayer mi hermana me dijo que la suben el alquiler 150 euros hsta los 700, que en Valladolid es una animalada. Tiene dos perros que no se lo van a aceptar en ningún lado, también cogieron hace año y pico un coche por el que pagan casi 400 euros al mes. Acaban de tener una niña y gana 1600 aproximadamente.si mete algún sábado o domingo sube algo más, pero no mucho.

Ahora están jodidisimos. Tiro yo mejor ganando 400 euros menos que ellos

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L

#2865 1.100€ entre alquiler y coche. Joder. Si yo fuera ellos, buscaros un piso más lejos.

Lo del coche si lo veo una cagada el pagar 400€ al mes, la verdad

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Hiervan

#2865 Mucha gente está en esa tesitura. Yo cuando algunos amigos me dicen que han tenido hijos me agobio, porque justamente es gente que no tienen trabajos súper estables.

MaTrIx

#2866 mi, si ellos viven en las afueras pero se han alquilado un ático con una terraza de la leche. Si que ew verdad que les han subido en unos 6 años que llevan alli, casi 300 euros, que es una animalada.

Lo del coche para mi es la gran cagada. Todo por la puta mania que les a dado ahora a muchos de que hay que tener un coche grande para poder llevar a la niña y a los perros. Una tontería como una catedral.

Von_Valiar

#2865 400e por un coche, algo que solo pierde valor con el tiempo.

Para matarlos.

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mrbeard

Por mi parte tengo ahorros y aún con la reducción del ERTE podré ahorrar algo, aun que sean migajas xD. En principio empezaré a currar el 1 de octubre.

MaTrIx

#2869 es que eso lo entiendo de quien tiene un sueldo muy alto y puede permitírselo, no de quien gana un sueldo medio.

El dia que tenga que cambiar las ruedas va a llorar por que ya le han dicho que le va a valer como poco 500 euros.

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Von_Valiar

#2871 Opino igual. Pero la gente tiene una obsesión con los coches que no me entra en la cabeza. Sin casa propia, sin trabajo estable o de sueldo medio bajo y pensando en coches que suponen entre 1 año y medio y 4 de sueldo íntegro.

En fin.

B

Necesito ayuda de la sapienza comunitaria, si se tramita erte etop con origen en FM, el 70% de la prestación hasta los 180 días se reinicia o continua?

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Prava

#2873 ¿Te refieres a pasar de un ERTE FM a uno etop?

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B

#2874 MMM no me he explicado bien, y es que me resulta algo complicado.

Digamos que una empresa en marzo se acoge a erte FM, tras el decreto ley de 26 junio decide, en vez de prorrogar el erte FM, transiciónar a etop; supone esto un reinicio de los 180 días en los que se percibe el70% de la base reguladora o comenzará a percibir el 50%,sin importar la causa del erte

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Contractor

#2875 Ufff, toca meterse a fondo en los RDL de Marzo y Abril. Nosotros estamos en esa situación, tenemos firmado el etop, pero van a aguantar el FM todo lo que puedan. Si tuviera que decir, te diría que el 50%.

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B

#2876 yo lo creo también, porque el cambio de denominación tenía como objetivo desvincular el ERTe del estado de alarma y regular las cuota empresarial a aportar, no afectar propiamente a los efectos respecto del trabajador.

Pero no sé, muchas veces es mejor conocedor alguien que lo vive que alguien que lo lee xD

Prava

#2875 #2876 desde la barra de bar...

https://www.iberley.es/temas/reposicion-prestaciones-desempleo-caso-erte-8051

Las medidas de protección por desempleo previstas en los apdos. 1-5 del art. 25 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, resultarán aplicables hasta el 30 de septiembre de 2020 a las personas afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo Fuerza Mayor o causas ETOP vinculados al COVID-19

Entiendo pues que hasta el 30 de Septiembre de 2020 tanto si es FM como si es ETOP vinculado a COVID aplican las mismas normas, ya que en esos apartados 1-5 lo que indica es que cobras prestación contributiva sin consumirla (si la tuvieras) y sin tenerla (si no la tuvieras).

https://www.iberley.es/legislacion/rd-ley-8-2020-17-mar-medidas-urgentes-extraordinarias-frente-impacto-economico-social-covid-19-26532892

Repito, desde la barra de bar...

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B

#2878 déjate de barra de bar, gracias Tron, la historia está en que la cantidad a percibir del SEPE es del 70% de la base reguladora que corresponda los primeros 180 días, pasando después al 50% (como el desempleo a grosso modo)

Si se cambia la denominación, supone un reinicio total o se mantendrá la cuenta de los 180 días, y cuando e superen se pasará al 50%?yo entiendo que no se reinicia, pero claro esto se conoce mejor con el desarrollo de las cosas y no porque lo ponga escrito, porque me da a mí que eso no lo han regulado. Y de lo que expones podría entenderse que está suspendido o que no computa, por eso tengo mis serías dudas.

Pero ante todo gracias nigga, ni barra de bar ni leches.

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Prava

#2879 tal y como yo lo entiendo lo que hace que pases del 70% al 50% es el tiempo que hace que cobras la prestación contributiva, y no el motivo por el cual la estás cobrando. Es decir:

Artículo 25. Medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo en aplicación de los procedimientos referidos en los artículos 22 y 23.


  1. En los supuestos en que la empresa decida la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo por las causas previstas en el artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con base en las circunstancias extraordinarias reguladas en este real decreto-ley, el Servicio Público de Empleo Estatal y, en su caso, el Instituto Social de la Marina, adoptarán las siguientes medidas:

a) El reconocimiento del derecho a la prestación contributiva por desempleo, regulada en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, a las personas trabajadoras afectadas, aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario para ello.

b) No computar el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo de nivel contributivo que traiga su causa inmediata de las citadas circunstancias extraordinarias, a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos.

No dice que "tienes derecho a una prestación igual a la contributiva por desempleo" sino que, literalmente, te reconocen la prestación contributiva por desempleo. Por mucho que te pasen de un tipo de ERTE a otro, siempre y cuando sigas con tu suspensión de contrato... vas a seguir cobrando esa prestación por lo que no veo por qué se debería reiniciar nada. Y entiendo que sería lo mismo si te pasan de ERTE total a ERE. El tiempo que has estado de ERTE no has consumido prestación pero al entrar en ERE e irte al carrer no sería muy lógico que reiniciaran ningún plazo cuando te has llevado X meses de prestación por la cara.

Ahora bien, lo que me pilla en bragas es el tema del 30 de Septiembre porque ni idea de las implicaciones de los ERTE pasada esa fecha.

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