[MV-Abogados]Accidente de Tráfico

D4Rk0T1k0

Buenas abogados de Mediavida. Os cuento de que va el tema.
Mi hermano fue ayer a la Fiesta de la Primavera de Granada. Se emborrachó bastante y se quedó solo allí, sus amigos supongo que se irían a acostarse y mi hermano querría quedarse más tiempo o algo de eso, cuando bebe se pone muy maniático.
Entonces tuvo la brillante idea de coger el coche a las 6 de la mañana para volver desde Granada a Lorca(Murcia) que mas o menos viene siendo un viaje de 2 h y media estimo. El caso es que volviendo a la altura de Guadix pegó una cabezada o algo y tuvo un accidente, se salió de la vía.
A mi hermano no le ocurrió nada referente a temas de salud, ni un razguño ni contusión.
El coche se ha quedado bastante dañado y mi hermano llamó al seguro para que viniese una grua para recoger el coche, pero mientras estaba esperando hasta que esta viniese, un coche de la guardia civil vio el accidente.
La guardia civil se detuvo y lo hicieron soplar y salió una tasa de 0,69 por lo que lo denunciaron. La denuncia en estos casos es una multa económica de 600 € y la retirada de 6 ptos. del carnet y la suspension temporal del carnet. El próximo lunes tiene que ir a juicio a Guadix.
Y bueno aqui vienen mis preguntas ¿sabéis que puede pasar en el juicio?, ¿cuánto tiempo te retiran el carnet? y ¿sabeis si los dias que te quitan el carnet los puedes hacer durante los fines de semana?. Lo de los fines de semana es lo más importante. He escuchado algo al respecto sobre lo de cumplir la suspension durante los fines de semana. Esto es de importancia ya que mi hermano trabaja fuera y necesita el coche para el trabajo.
Bueno espero que podais responder mis dudas.

PD: No fui yo quien tuvo el accidente.

p1ns

Pero en qué quedamos, ¿hermana o hermano?. En el primer caso foto plz.

kakarikez

a- lo primero y ante todo, que se joda, por conducir borracho.

b- le llegara una multa economica muy maja que tiene que abonar.

c- si te quitan el carnet un mes, como mucho, puedes separarlo en 2 tramos de 15 dias seguidos.

d- no se libra ni de coña, haga lo que haga y diga loq ue diga

Dj-Lopez

si no me equivoco q lo confirmen los abogados(si esque los hay en mv) con la reforma del codigo de circulacion tu hemano va a ir a la carcel un tiempo ;)

Personalmente opino q se podria quedar ahi en la carcel y pudrirse porque por gente tan, y perdon por la expresion, subnormal como pintas a tu hermano mueren y matan a muchas personas cada dia p.e. un familiar mio.

encima 0.69 cuando llego la guardia civil, a saber como iba cuando cojio el coche, q no son precisamente 2 cubatas ;)

D4Rk0T1k0

#2 Me he confundido la última vez. Ya está editado. Es mi hermano.

XaPu69

Con 0.69 y dice 'echó una cabezada o algo' xDDDDD

ChaRliFuM

Vamos por partes xD:

Ha tenido suerte de dar 0,69 a partir de 0,70-0,75 se consiera delito y viene a ser juzgado por lo penal.

La multa que le caera le rondara los 600€ euros supongo y la retirada de carnet oscilara entre 1 mes si es la primera vez y hasta 1 año si es reincidente.

Los puntos puede hacer un cursillo que pagando unos 150-200€ recupera 4.

El tiempo que tiene de retirada de carne, puede elegir el cuando cumplirlo pero no se si tiene que ser seguido o por partes

Por lo demas que espavile por coger el coche moñas

D4Rk0T1k0

#4 A la cárcel como va a ir, xd. La reforma esta del código penal si no me equivo es para los excesos de velocidad. El tuvo el accidente a una velocidad bastante baja ya que el no se ha hecho nada y el coche dentro de lo que cabe, segun dice él, tampoco se ha hecho tanto. Pero bueno tampoco estoy seguro de eso.

eagLe__

A la cárcel!

Subnormales como el hermano de #1 tienen que estar alejados de la sociedad.

p1ns

#5 :(
#6 Con 0.67 todo habría sido distinto.

Ga1a

#3 Te lo ha dicho todo.

Y espero, de paso, que alguien le haga entrar en la cabeza lo que podría haber pasado si se hubiera chocado con alguien.

guiye

Alcohol: Conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, cuando la tasa sea superior a los 1,2 gramos por litro o una tasa de alcohol espirado superior a 0,60 miligramos por litro.

Penas de prisión de 6-12 meses o multa de 360 a 144.000 €
Trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días
Retirada del carné entre 1 y 4 años
Si se niega a someterse al test de alcoholemia o de drogas, 3-6 meses de cárcel

PD: El próximo cubata se lo puede tomar en la prisión de Sangonera

D4Rk0T1k0

#12 La de alcohol espirado, ¿es la prueba de soplar? Es que no estoy entendiendo muy bien el tema. Mi hermano "sopló" y dio 0.69

Dj-Lopez

Cito literalmente

Ahora, con el nuevo Código este delito se castigará, bien con una pena de prisión de tres a seis meses, o bien con una multa de seis a doce meses. De esta forma, será un Juez quien decidirá entre la pena de cárcel o la multa económica, que podría situarse entre 550 y 110.00 euros, dado que no se establece ningún límite objetivo de grados de alcohol en el articulado.

fuente
http://ania.urcm.net/noticia.php3?id=10849&idcat=14&idamb=2

Ara te busco en la dgt y te lo pego si kieres amigo.

que los guardia civiles q tan en los controles en la rotonda na mas salir del fabrik son to majos y te lo cuenta tooooooooooooooooodo y msa si vas en la parte de atras to pedo ;)

D4Rk0T1k0

#14 A la cárcel no creo que pueda ir ya que hemos consultado con una tia que es jueza y con dos conocidos que son abogados y de cárcel que quieres que te diga pero a nadie se la ha ocurrido ni pensarlo. Mi hermano tb os digo que no tiene ningun antecedente ni penal ni de conducción.

Dj-Lopez

eso no de pende ni de tu hermano ni de tu abogado, ni de nadie.

UNICA Y EXCLUSIVAMENTE DEL JUEZ

kakarikez

#15 lo que esta claro es que eso de conducir entre semana y no conducir los findes, olvidate.

le va tocar apechugar con una retirada jebi de carnet y mas vale que se busque o casa cerca de su curro o curro cerca de su casa. asi de facil

D4Rk0T1k0

#16 Sigo creyendo que no llevas razón pero bueno si alguien puede dar algo de luz al asunto se lo agradecería.

Dj-Lopez

toma sacado del boe por si tienes alguna duda

Tercero. Se modifica el artículo 379, que queda redactado como sigue:

«1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

  1. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.»

Jefatura del Estado (BOE n. 288 de 1/12/2007)

link

http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2007/20636

S

Como si no vuelve a conducir en su puta vida. Por irresponsable.

D4Rk0T1k0

#19 Pues todo el mundo que conozco o que he escuchado que ha tenido problemas como este. Ha sido 600 € , 6 ptos y lo de la retirada del carnet por un tiempo. Y ya te he dicho que hemos consultado a gente que sabe bien del tema. A lo mejor lo que pones tu es la teoría y despues es otra práctica la que se aplica.

kakarikez

#21 si tan bien lo sabes, pa que coño lo preguntas en mv?

D4Rk0T1k0

#22 Lo preguntaba por si a algun mediavidero le había ocurrido una situación parecida y para saber cuanto tiempo se le retiraba el carnet. Tb preguntaba lo de cuando podías cumplir los dias de retirada del carnet.

PD: Estaba ya esperando un post como el tuyo, enhorabuena.

kakarikez

te lo he respondido 2 veces, por si no te has dao cuenta. enhorabuena

Dj-Lopez

no se tus colegas borrachos estampados cuando lo habran echo, pero esto entro en vigor hace poco, q a tus colegas en 2007 se la piñaran y que el resto de humanos tengamos la desgracia de que sigan vivos y les callera una multa de 600 € pos como explicartelo.... las cosas han cambiado.

Sacado del mismo boe que te señalado antes
Disposición final tercera. Entrada en vigor.

La presente Ley Orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo el párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal, recogido en el apartado octavo del artículo único de esta Ley, que entrará en vigor el 1 de mayo de 2008.


Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.

Madrid, 30 de noviembre de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

D4Rk0T1k0

#24 No quiero que el post se centre en una discusión entre tu y yo. Te agradezco tus respuestas.
Si alguien tiene mas información o mas experiencias que no dude en comentarlo. El lunes si sigue vivo este post que supongo que no, os contaré lo que dictamine el juez.

iru_tx

o le da 0.67 en el alcoholimetro o no me rio.

D4Rk0T1k0

#25 Que no va a ir a la cárcel eso ya te lo aseguro. De todas formas como digo antes, ya comentaré lo que ocurre el Lunes en el juzgado de Guadix

Dj-Lopez

no estoy discutiendo contigo, al contrario te estoy ayudando con informacion REAL de como esta hoy en dia la ley en españa.

Creo que de todos los que te han contestado el unico que te ha dado algun tipo de prueba de lo que esta diciendo soy yo que te he dado informacion del BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO.

Si no no se para que abres este post. Para que te digamos

ANIMO CHAVAL TU PUEDES, NO TE PREOCUPES.

D4Rk0T1k0

#29 En el post que digo lo de la discusión me refiero a #24 no a ti.

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