Okupación sin okupas

Blue_ogre

#43 Te parece bien que las personas particulares tengan que pagar los problemas de gestión del gobierno? si se quiere garantizar la vivienda el estado es quien debe garantizar ese derecho, evitando atrocidades como la venta de viviendas de alquiler social a fondos buitre y garantizando seguridad jurídica a todos por igual.

Si nos ponemos así también podríamos ponernos a expropiar a todo el que superara X patrimonio e invertirlo en garantizar la sanidad ya que es un derecho fundamental.

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doogie780

#60

Cómo que no sale?

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=FIS-Q-1985-00003

Sin embargo, el artículo 428 no se agota en la interpretación que pueda extraerse del elemento gramatical, sino que deberá ponerse en relación con las normas que, en el campo del Derecho Privado, regulan la incapacitación por enfermedad deficiencia mental. De esta manera podremos asignar un contenido más exacto a la expresión incapaces que emplea el artículo 428, matizando si todos los declarados incapaces o sólo algunos de ellos están impedidos de prestar consentimiento válido para los actos dispositivos que forman su objeto. De entre las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter psíquico hábiles para declarar incapaz a quienes las padece que prevé el Código Civil en su artículo 200, aquí interesan por integrarse en el núcleo de la Consulta, las que tienen su causa en la propia personalidad anormal del sujeto, y, más en particular, las oligofrenias, deficiencia mental que como es notorio es variable presentante diversos grados (idiocia, imbecilidad, debilidad mental), y en las que más importante quizá que el puro diagnóstico psiquiátrico es la intensidad del trastorno y sus repercusiones en la conducta, pues estos datos van a influir en la extensión y límites de la declaración judicial de incapacidad.
imbecilidad
Tiene que ser un orgullo verte representado a nivel jurídico y saber que tienes garantías incluso con tu discapacidad.

Para la próxima no te metas en conversaciones de mayores.

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TheBrotha

#60 Ya que te has quedado sin argumentos aprovecho para preguntarle a #59 si una notificación por parte del casero es suficiente para que dejes de ser "inquilino"; entiendo que en el caso de que se acabe contrato es evidente que sí, pero si el contrato aún tiene tiempo pendiente no debería ser suficiente, verdad?

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GrimMcSlam

Qué pesados macho

Abrid Forookupas y dejadnos en paz.

B

#62 Felicidades. En el BOE sale imbécil. Molona la huida hacia adelante intentando desviar la discusión.

Aún no me has explicado como se le puede llamar inquilino después de la notificación que recibió hace 1 año y dos meses.

#63 Si, al ser por incumplimiento de contrato por parte del entonces inquilino y dando el tiempo que hay que dar.

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U

Entre esto y la Griso y la Negro Rosa que le han dado un programa hasta por la tarde va a estar curiosa la campaña, mientras tanto en mi ciudad han subido los alquileres +30% en poco más de un año y los pisos en estos últimos meses igual, pero oye, que el problema es que te okupen la casa, anda y que me coman la polla

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doogie780

#63

No tengo ni idea. Supongo que si el casero da el aviso y se ejecuta lo que sea a nivel jurídico, sí que puedes perder esa condición y te conviertes en "usurpador".

Que preste declaración dravo.

#65

Y tú aún no me has definido inquiokupa, ni okupa, ni pollas en vinagre. Huida hacia adelante es llamar imbécil cuando no respondes a ninguna de las 100 preguntas que te he hecho.

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B

#67 Porque la discusión antes de que te pusieras a hacer gimnasia era esta

¿por qué se llama okupas a los que en realidad son inquilinos jetas?

-No se les puede llamar inquilinos porque no lo son. Han incumplido el contrato y se les ha notificado con el debido tiempo que deben abandonar el piso.

-Se les puede llamar Okupas porque a pesar de que no sea una figura jurídica están ocupando el piso. Y esa es la palabra que usa la gente.

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Soy_ZdRaVo
#28oppressed:

Vale tu dices que se te puede llamar inquilino sin pagar si firmas un contrato por 0€.

Si firmas un contrato por 0€ no eres inquilino, eres un precarista

En derecho tenemos nombre para todo

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TripyLSD

#61

Yo admito mis piruetas, pero al menos hablo del caso que estamos debatiendo

B

#69 Eso no lo sabia.

Ahora dime, siendo abogado y sabiendo lo de la notificación (sospecho que antes no lo habías leído) ¿Se le puede llamar inquilino?

doogie780

#68

Son inquilinos hasta que son desahuciados. Punto y final. Una vez te echen y blabla, ya vendrán las acusaciones de usurpación o allanamiento, pero la condición de inquilino (y sin tener ni puta idea me juego que hasta en el juicio te siguen llamando por esa condición) no la pierdes.

Qué vas a ser si no? Una sociedad anónima? Un fiador? Una asociación?

Ahora respóndeme tú a qué significa ser okupa o inquiokupa o un koopa, por favor.

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B

#72 De eso nada. Son inquilinos mientras exista un contrato de arrendamiento en vigor.

Te he respondido en #68.

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Leoshito

#66 Texplico.

¿Te acuerdas cuando hubo un boom inmobiliario de la hostia y se dio crédito a todo tonto que pasaba por la oficina? ¿Cuando se contrataba a gente y se le pagaba 3k por mover sacos de cemento?

¿Recuerdas de quién fue la culpa de que se cayera todo? Exacto, de los que "vivieron por encima de sus posibilidades". ¿Recuerdas a quién rescataron y quién se quedó limpito sin sufrir pérdidas? Exacto, los del "préstamo en condiciones ventajosas que no les iba a costar un euro a los españoles".

Pues ahora la jugada es la misma: ¿no puedes pagar el alquiler de tu casa porque no hay trabajo? ¿No puedes acceder a una hipoteca porque el euribor está por las nubes? Culpa tuya por comer tostada con aguacate. ¿A quién hay que rescatar y quién va a seguir sin riesgo? Los pobres propietarios ante la plaga de okupas y morosos.

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butthead

Gracias, estaba esperando el post ocupa de hoy.

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Seyriuu

#4 Soy el primero que cree que deberían intervenir el mercado inmobiliario para que no sea un mercado del que sacar beneficio, pero eso no quita que sea ridículo que finalice el contrato con una persona que además lleva un año entero sin pagar y no puedas ni recuperar tu piso, tengas que tirarlo a juicio esperando años para que al final esa persona se declare insolvente y lo pierdas todo.

La justicia necesita atender mucho mejor los derechos de los propietarios respecto a los impagos y desahucios de la misma manera que el estado necesita atender mucho mejor el problema de que un alquiler cueste más que una nómina modal de la zona donde están las viviendas.

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doogie780

#73

Es que el problema viene de llamar okupa a todo (de ahí mi #49)

Claro que dejas de ser inquilino cuando se termina el contrato (o te lo termina el juez), si te quedas dentro eres tú como persona física quien está cometiendo un delito de usurpación al no estar respetando el contrato.

Pero cuando hay varios tipos de "ocupación" y cada uno está ligado a diferentes especificidades legales, tienes que detallar.

Si tú no les llamas inquilinos porque han incumplido el contrato, no puedes llamarles okupas porque han cometido un delito de usurpación.

Si encima les llamas "inquiokupa" a la puta se va todo.

Lo entiendes ahora?

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KaSe

#4 thx memeshito

B

#77 Tu mismo has puesto antes sacado del boe que cuando se comete ocupación se resuelve mediante la figura jurídica de la usurpación. Así que están ocupando. Tio deja ya la puta mierda de desviar.

Para todo lo demás #68.

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SuperMatute

#66 Que nos coman la polla a todos!

A mamar pollas

doogie780

#79

Si tú no les llamas inquilinos porque han incumplido el contrato, no puedes llamarles okupas porque han cometido un delito de usurpación.

Respuesta directa a #68

Creo que no te sabes expresar muy bien y por eso prefieres zanjarlo.

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B

#81 No, puedo llamarles okupas porque han Ocupado. Delito que se aborda mediante la figura legal de la usurpación

Como TU MISMO has dicho:

En el contexto legal, el delito de ocupación ilegal de viviendas se puede abordar a través de diferentes figuras legales, como el allanamiento de morada o la usurpación. El allanamiento de morada se refiere a la entrada ilegítima en una vivienda, mientras que la usurpación se refiere a la ocupación ilegal y permanente de una propiedad.

Y prefiero zanjarlo porque no paras de intentar irte por tangentes para desviar. Ya ni sabes lo que estas diciendo o lo que has dicho.

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PiPePiTo

#82 Pero es que en este caso no es ni uno ni el otro, porque de hecho el señor se ha ido, pero mientras no se le conozca morada no es tan sencillo entrar...

Además que cuando el señor entró en la propiedad es a mutuo acuerdo entre las dos partes, no porque el señor reviente la puerta y diga que se queda... Es que legalmente no son lo mismo ni comparados con este caso.

doogie780

#82

Que dejes de mezclar términos callejeros con términos legales. Como eres así de básico, has preferido llamar okupación a todo lo que sea entrar en una propiedad ajena y quedarte dentro.

Ahora con el tiempo estamos viendo distintos tipos de delitos de usurpación/allanamiento que nada tienen que ver con la palabra original, porque en su momento preferías tragar Antena 3 a leer un libro, de ahí #49 (te lo pongo más veces?)

Llevamos dando la turra 10 o 15 años para aclarar esto, porque no tiene las mismas repercusiones legales si okupas un edificio público abandonado que si allanas una casa y la usurpas.

Pásame el referido de securitas que necesito una alarma

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B

#84 Que si tu no eres abogado y el otro si, cuando el no sabia que ya no hay contrato en vigor.
Que si soy un básico.
Que si hago propaganda política y noseque de securitas.
Desviando la discusión todo con chorradas como buscar imbécil en el boe.

Ya paso de ti. Eres un charlatán de manual.
Ahora me buscas charlatán en el boe y me dices que no puedo llamarte eso.

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B2MM

#74 Yo lo tengo cada vez más claro, y el problema es que estamos lleno de vagos, no me jodas, si buscas curro tienes miles de ofertas de todas las opciones y condiciones.

Otra cosa es que no te rente partirte el lomo por lo mismo que recibes de ayuda…

Y el tema de los jóvenes putos vagos de mierda directamente, cuando yo tenía 18 te ibas algún verano a currar a la costa para sacar dinero y ahí aprendías lo que es la vida en estado puro, se te quitaban muchas tonterías, pero ahora, entre lo mimados que salen, blandos de la vida, que a la mínima dicen que tienen ansiedad, estrés o están cansados, pero de que vas a estar cansado subnormal, si tienes 20 años de mierda y no haces nada con tu puta vida.

Hay la misma precariedad laboral que vagos en la lista del paro.

doogie780

#85

No haces propaganda, te la comes sin saber, que es peor.

Para la próxima debatimos esto en discord y lo grabamos para mediavida, que si no te me piras como has hecho todo el rato.

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BuLLeT_AZ

#87
Ojalá una Velada Mediavidera...

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doogie780

#88

Los adhominem son uppercuts

B

#87 Ves como eres un charlatán. El único que se la come sin saber eres tú. Tengo que recordarte que hace 10 minutos te estabas inventando que hasta que no te desahucian no pierdes la condición de inquilino. Y te lo estabas inventando para salir del paso, porque dime de donde lo has sacado si no.

El arrendatario, también conocido coloquialmente como “inquilino” es la persona que tiene
derecho a usar un bien que pertenece a otra pagando una remuneración por ello.

https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/11_07_2019_guia_y_ejemplos_de_clausulas_0.pdf

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