Que pasa si tu casera se pasa la ley por el forro?

Dase

Si firmaste contrato de alquiler posterior al 6/marzo/2019 inclusive, la revisión de la renta ha de ser expresamente pactada en el contrato, y solo es posible hacerla en la fecha de cada año de vigencia del contrato.

Si no hay cláusula de actualización en el contrato, te puedes agarrar a que no se pactó y que no te lo puede subir.

Si hay cláusula, debe atenerse a ella, con el máximo del 2% si se cumple el año de vigencia en el contrato entre 1/abril y 31/dic de este año.

vuvefox

También puedes gastarte un dinerillo y consultar a un abogado para enviar las cosas correctamente. Ahora, el año que viene buscate otro piso porque no te va a renovar

Shooket

Estoy en tu misma tesitura.

Contrato firmado el 30.09.2021 por 1.200€.

El 24.09.2022 manda un email indicando que el IPC de Agosto22 es del 10.5% y por ende reclamando un alquiler de 1.326€.

El 25.09.2022 respondo que PerroSanxe ha limitado el 2% y que por favor actualice la cifra al % limitado.

Sigo esperando respuesta, si hoy no responde le mandaré los 1.200€ habituales y que se apañe.

Googleando no he visto claro que pueda decirle NO a la subida en un año por comunicarlo tarde (6 días antes de la anualidad), no tiene sentido que estén obligados a comunicarte con 30 días de antelación y a la vez aplicarte el IPC de cierre de mes (simplemente porque no está aún calculado oficialmente). Si alguien tiene claro este punto que avise, pero parece que como mucho me podría ahorrar este mes, me puede meter la subida el mes que viene y fuera.

1 respuesta
Xoid

Hoy me han contestado que solo me suben el 2%.

Que hijos de puta son.... Si cuela cuela...

Grimmer8

Encontré ésto.

"Para evitar que los inquilinos tengan que asumir grandes subidas en sus alquileres, el Gobierno ha decidido limitar de manera temporal que este aumento no sea de más de un 2% desde abril y hasta finales de diciembre de 2022 a través del conocido como «Plan de choque de respuesta a la guerra«. Este límite del 2% se ha decidido en base al Índice de Garantía de Competitividad, la media de la inflación de todos los países que utilizan el euro.

Límite máximo de la subida del alquiler a un 2%
Entrada en vigor a partir del 1 de abril de 2022
Finaliza el 31 de diciembre de 2022"

Zero_G

Tras 2 llamadas a la inmobiliaria

  • la primera me dijo que eso solo era una propuesta, que aquí todos somos amigos chico, 2% y todos contentos

  • segunda llamada para decirle que las subidas no son retroactivas y que se empieza a cobrar 30 días después de haberlo comunicado y lo mismo, sisi ha sido una equivocacion

Hijos de puta

#33 lo último que comentas es un charco que no me he querido meter pero a mí también me lo han hecho DESPUÉS de cumplir el año. Eso sí, me he ahorrado el primer mes de ese segundo año por lo de los 30dias

pardier

si se la pela te sale a cuenta pillar un abogado que lo tienes ganado, y puedes decir abogadooo como en la peli esa de deniro